¿Explique cuál es el trámite que se sigue para lograr la notificación personal?
Enviado por monto2435 • 21 de Abril de 2018 • 1.288 Palabras (6 Páginas) • 382 Visitas
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¿En qué consiste el recurso de apelación y que diferencia tiene con el recurso de reposición?
5) La finalidad del recurso de apelación es que el superior del juez se pronuncie respecto a la providencia impugnada y decida al estudiarla si procede confirmarla revocarla o modificarla, el recurso de apelación lo podrá interponer la parte a quien le haya sido desfavorable la providencia. Se presenta ante el mismo juez y se sustenta hay mismo. El juez concede la apelación y lo decide el superior funcional.
Son apelables las sentencias de doble instancia.
A diferencia del recurso de apelación, el recurso de reposición, procederá contra los autos que dicte el juez, contra los del magistrado sustanciador no susceptibles de súplica y contra los de la sala de casación civil de la corte suprema de justicia, para que reformen o revoquen. Este recurso no procede contra los autos que resuelven un recurso de apelación, una súplica o una queja.
Se presentan en el mismo momento si es por estrado, cuando sea por estado se tiene 3 días para resolver, siguientes al día de la notificación.
Explique los siguientes ítems en los recursos de reposición, apelación, queja y suplica que se mencionan a continuación:
- Contra que providencia proceden
- Ante quien se presentan
- Ante quien se sustentan
- Quien los resuelve
6) El recurso de reposición procede contra los autos que dicte el juez, no susceptibles de súplica, contra la sala de casación civil de la corte suprema de justicia.
Se presenta contra el mismo juez que profirió la decisión, para que la revise de nuevo y la cambie o la modifique.
El recurso de apelación procederá contra las sentencias se primera instancia, salvo las que dicten en equidad. Se presenta ante el mismo juez y se sustenta hay mismo, el juez concede la apelación y la decide el superior funcional.
La queja contra el auto que denegó la apelación o la casación, salvo cuando este sea consecuencia de la reposición interpuesta por la parte contraria, caso en el cual deberá interponerse directamente dentro de la ejecutoria.
Después de expedidas las copias se remite al superior, quien ordenara al inferior que remita las copias la expediente.
La suplica este procede contra los autos que por su naturaleza serian apelables, dictados por el magistrado sustanciador en el curso de la segunda o de la única instancia, durante el trámite de apelación de un auto.
La suplica se interpondrá dentro de los 3 días siguientes de la notificación del auto al magistrado sustanciador.
Si pasan los 3 días la resolverá el magistrado que sigue en turno al que dicto la providencia, quien actuara como ponente para resolver.
¿En qué casos el juez declara desierto el recurso de apelación?
7) Cuando en la circunstancia de no haberse resuelto por el superior la apelación en el efecto devolutivo o diferido, no impedirá que se dicte la sentencia. Si la que se profiera no fuese apelada, el secretario comunicara inmediatamente este hecho al superior por cualquier medio, sin necesidad de auto que lo ordene, para que declare desiertos dichos recursos.
¿Explique en qué consiste la notificación por conducta concluyente?
8) Es aquella cuando la conducta de la parte pendiente por notificar realiza actos o actividades que le permiten concluir al juez que este conoce, la providencia que está pendiente por notificar. Se dan cuando una parte o un tercero manifiesta que conoce determinada providencia, verbal o escritamente en una audiencia, si queda registro de ello, se considera notificada por conducta concluyente de dicha providencia en la presentación del escrito o de la manifestación verbal.
¿Cómo se notifica el auto admisorio del llamamiento en garantía al llamado, cuando este ya es parte de un proceso o es un codemandado que ya contesto?
9)
¿Cuál es la finalidad del recurso de reposición y el de apelación?
10) El recurso de reposición interrumpe
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