Essays.club - Ensayos gratis, notas de cursos, notas de libros, tareas, monografías y trabajos de investigación
Buscar

ADOPCIÓN INTERNACIONAL.El Derecho Internacional Privado

Enviado por   •  14 de Mayo de 2018  •  19.180 Palabras (77 Páginas)  •  468 Visitas

Página 1 de 77

...

En la antigua Grecia, Roma, Egipto y otros países del Este Medio y Asia llevaban a cabo adopciones. En el caso de la antigua Grecia, sus normas estaban también dirigidas a proveer de un heredero a una persona que no podía tener hijos. Según las leyes de Solón (600 A.C.) y el Código de Gortryn (500 A.C.) sólo los hombres que no tenían descendientes legítimos y estaban en su sano juicio podían adoptar.

Las leyes de Solón establecieron tres formas distintas: La adopción podía ser inter vivos (vínculo contractual), mediante un testamento o, después de muerto el adoptante, de forma póstuma por un pariente de éste en su nombre. Estas dos últimas formas requerían la confirmación de una Corte. El fin de la adopción inter vivos era cuidar de los padres adoptivos mientras que la forma testamentaria buscaba continuar con la adoración de los ancestros. Los efectos de esta adopción era terminar los vínculos entre la persona adoptada y sus padres originales.

En Roma la adopción tenía como objetivo proveer de un heredero a un hombre sin descendencia para poder transmitir de propiedades y títulos. En su regulación contemplaron formas diversas de adopción. Las Institutas de Gayo (161 D. C) menciona dos formas de adopción: adoptio y adrogatio. Mediante la adoptio, la persona pasaba a estar bajo la patria potestad del padre. La persona adoptada era emancipada por su padre natural y otorgado al padre adoptivo. Podía aplicarse a niños y niñas de toda edad.

La abrogatio estaba destinada sólo para personas que no estaban bajo la patria potestad de nadie (sui juris). Tanto el adoptado como la comunidad eran interrogados para aceptar la adopción. Estaba limitada a hijos varones que pasaban la pubertad y generalmente sólo era realizada en Roma pues requería el voto del pueblo.

La abrogatio, a diferencia de la adoptio, implicaba la renuncia a la adoración de los dioses de su familia originaria para pasar a adorar los dioses de su nueva familia. Mediante esta figura, el padre adoptivo adquiría la patria potestad del hijo, su familia y su propiedad. La adoptio tenía un impacto menor pues los vínculos de sangre no se extinguían.

El Emperador Justiniano (527 – 565 D. C.) limitó la adoptio a la llamada adoptio plena de los ascendientes naturales. Introdujo también la adoptio minus plena para los padres adoptivos que no tenían vínculos de sangre. La adopción plena, la colocaba en la misma posición de un hijo nacido dentro del matrimonio terminando la relación con los padres originarios. La adopción menos plena o simple, no cortaba los derechos y obligaciones con el padre biológico, incluido el derecho a heredarle.

Las normas romanas también especificaban restricciones a quiénes podían heredar. Por ejemplo, una persona no podía adoptar a alguien mayor que él ya que ésta debía imitar la naturaleza. Y todo aquel que quería adoptar un hijo debía tener 60 años o más y ser al menos 18 años mayor que la persona que quería adoptar. Las mujeres no podían adoptar generalmente a menos que tuvieran autorización especial.

En la Edad Media la adopción formal cayó en desuso en mucho de las provincias del Imperio Romano. Aunque en algunas partes de Europa Medieval, como el Imperio Bizantino, mantuvo cierta similitud con la adopción romana para luego devenir en una figura más parecida a la adopción menos plena de la época de Justiniano. Los padres adoptivos no podían tomar posesión del patrimonio del adoptado y los vínculos de éste con su familia de origen no se extinguían por la adopción. Ya para la Edad media tardía (1300 a 1500 D.C.) los juristas de la Europa Occidental comenzaron a redescubrir el derecho romano antiguo y aplicaron las normas de las Instituciones de Justiniano. Además se llegó a la idea generalizada de que la filiación por adopción era inferior a la natural. Y surgieron prácticas como la población (niños entregados a conventos o monasterios por sus padres) y el abandono de niños en casas de expósitos que aparecieron durante los siglos XII y XIII.

En esta época predominaban los rituales en torno al proceso adoptivo que continuaron en civilizaciones posteriores e incluso dieron nombre a frases hechas como "meterse en camisa de once varas". "Este dicho procede de la Edad Media, cuando para simular la adopción se obligaba a que el niño se metiera por la manga de una camisa y saliese por la otra. En otros casos el niño se metía por debajo de la falda de la madre adoptiva y salía, todo para simular la filiación biológica"

En la era moderna temprana la adopción desapareció del derecho francés (siglo XVI) las normas galas defendían los derechos de sucesión de los hijos biológicos antes que las de extraños surgiendo la estigmatización de los niños adoptados. No obstante, los canonistas mantuvieron el concepto romano de adopción siendo que la Iglesia lo adoptó como suyo. Si bien la adopción formal desaparecía de los ordenamientos, los orfanatos e instituciones cobraban importancia en el cuidado de niños sin padres. Sin embargo, las adopciones procedentes de estos lugares eran infrecuentes.

Es con el código de Napoleón de 1804 que la adopción fue incluida en un cuerpo legal moderno. Este código se caracterizó por tener una posición restrictiva de la adopción ya que no se permitía la adopción de niños y adolescentes, sólo de aquellos adultos que durante su juventud fueron cuidados por los adoptantes por un mínimo de 6 años. Esta adopción era un contrato que debía ser aprobado por una corte. El adoptado mantenía todos sus derechos dentro de su familia original y sólo adquiría derechos de sucesión y el nombre del adoptante.

Por tanto, era una adopción menos plena o simple, según lo previsto en el Derecho Romano. Es sólo después de la Primera Guerra Mundial (1923) que se permitió la adopción de niños y adolescentes.

El código Napoleón influyó en distintos ordenamientos como el español que en 1889 introdujo la adopción menos plena en el Código Civil Español. Estos dos códigos sirvieron de ejemplo a países latinoamericanos como el Perú, que introdujo la adopción en el Código Civil de 1852.

Las normas modernas de adopción comenzaron en 1851 con la Ley de Adopción de Massachusetts como respuesta a la creencia de que la sociedad debía jugar un rol más importante en cuanto al bienestar de los niños. La adopción ya no sólo era considerada una forma de señalar un heredero sino que se empezó a promover los intereses de los niños y adolescentes. Sin embargo, en países como Alemania y Suiza se siguió prefiriendo los derechos de sucesión de los descendientes “legítimos”.

Después de la Primera

...

Descargar como  txt (122.1 Kb)   pdf (197.9 Kb)   docx (80.9 Kb)  
Leer 76 páginas más »
Disponible sólo en Essays.club