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Ejemplo de un Aspecto jurídico de la demanda boliviana ante la Corte Internacional de Justicia

Enviado por   •  25 de Diciembre de 2018  •  1.748 Palabras (7 Páginas)  •  439 Visitas

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“Existe acceso al mar, un acceso fluido. El tratado de 1904 otorga a Bolivia acceso al mar por los puertos de Arica y Antofagasta.

Bolivia ha tenido 110 años de acceso al mar donde se han entregado beneficios , y concesiones en los puertos , que dan una suma entre 75 y 100 millones de dólares anuales ” .

¿ Es incompetente La Haya ? :

http://www.revistakawesqar.cl/es-incompetente-la-haya-el-argumento-de-chile-y-dos-escenarios-ante-una-demanda/

[Fecha de consulta : octubre 6 de 2014][c]

La cita mencionada demuestra que Chile ha permitido el acceso al mar para el comercio marítimo en beneficio del Estado boliviano mediante concesiones que si no existieran , significarían para Bolivia una alta suma de dinero . El acceso al mar existe . Lo que no existe es el ejercicio del comercio boliviano en dichos puertos producto de políticas nacionales que niegan dicho tránsito mediante acciones de victimización por sobre el ejercicio del acuerdo bilateral .

Dichos que revelan el verdadero sentir de Bolivia , más allá de la demanda ante el Tribunal de La Haya.

Bolivia mediante sus representantes , tanto en el gobierno como en las comisiones internacionales , exponen argumentos que distan de datos técnico-jurídicos , empleando posturas cercanas al revanchismo , victimización e incluso contradiciendo su demanda . Lo anterior revela , como se ha explicado anteriormente , la pobreza de los argumentos bolivianos , carentes de una base sólida , apelando a recursos emocionales que en el proceder de un país ante un tribunal limítrofe de carácter internacional resulta reprochable .

“Chile ha exportado cobre de minas bolivianas que nos usurparon en Antofagasta y Cobija por valor de 25.000 millones de dólares por año . Si ese territorio siguiera en manos de Bolivia ¿ se imaginan la cantidad de dinero que tendríamos?”

Álvaro García Linera y el reclamo de Bolivia por utilidades de exportaciones mineras:

http://www.emol.com/especiales/2014/actualidad/internacional/demanda-bolivia-ante-la-haya/frenteafrente.asp

[Fecha de consulta : octubre 6 de 2014][d]

Las palabras enunciadas por el Vicepresidente de Bolivia reflejan el verdadero sentir del país altiplánico que en declaraciones de esta dimensión muestran una faceta de víctima ante la comunidad internacional , culpando a Chile de su pobreza, evitando mencionar el acceso que el comercio boliviano tiene por vía marítima gracias a los puntos tratados en el acuerdo de 1904 . Por lo tanto, Bolivia no utiliza argumentos de corte jurídico en su política de Estado, sino que apela a negociaciones forzadas a causa del supuesto enclaustramiento generado por Chile que se aleja de la realidad jurídica, como se explica anteriormente.

“Debo insistir una y mil veces que Bolivia no está incluyendo en la demanda ni directa ni indirectamente el Tratado de 1904”

“ Bolivia ratifica su respeto riguroso al Tratado de 1904 y ratifica su respeto riguroso a la arquitectura internacional de los tratados ”

Dichos de Carlos Mesa y la posición boliviana ante el tratado:

http://www.emol.com/noticias/nacional/2014/10/02/683110/carlos-mesa-rechaza-argumentos-de-chile.html

[Fecha de consulta : octubre 6 de 2014][e]

La cita anterior corresponde al ex presidente de Bolivia y actual representante internacional de la causa marítima de dicho país, el cual declara su respeto por el acuerdo de 1904. Esto da a entender lo erróneo del planteamiento del Estado boliviano, ya que, si se reconoce dicho acuerdo, aceptan que Chile les otorga pleno acceso al mar por los medios ya nombrados. Los dichos del ex presidente muestran una demanda imperfecta en los aspectos del derecho, pero orientada a criterios emotivos, los cuales carecen de seriedad en una instancia donde están involucrados dos naciones soberanas y un tribunal de alto prestigio internacional.

Los representantes bolivianos han efectuado una serie de declaraciones que se alejan de la solidez necesaria en temas limítrofes, dado su afán de victimización ante la comunidad internacional, apelando a argumentos emotivos e ignorando la base teórico-jurídica que debe primar en esta delicada demanda. Por otra parte, el Tratado de 1904 ha dejado libre circulación al vecino país para comerciar por el mar chileno, lo que se ha garantizado mediante concesiones y líneas férreas que han estado inutilizadas por décadas, abandonado así la opción de comercio en los puertos mencionados, e igualmente el cuidado de la línea férrea que les corresponde mantener en aptas condiciones para su uso.

A lo anterior se suma el artículo constitucional de Bolivia que señala la reivindicación marítima como política matriz del Estado. Con ese acto, Bolivia ignoró un principio fundamental del derecho internacional que señala los límites del proceder de cada país, ostentando la Constitución, relevancia en una esfera interna , y no siendo base de una instancia de orden limítrofe ante un tribunal internacional .

Lo último reafirma que la demanda carece de argumentos jurídicos sólidos , por lo que , es infundada y su sentencia ,si llegase a perjudicar la Chile , debe ser rechazada [f], en virtud del acuerdo de límites de 1904 que se encuentra plenamente vigente y que deja sin argumentos los puntos señalados por Bolivia que criminalizan a la nación chilena por privarlos del acceso marítimo , cuando dicho tránsito está permitido sin trabas.

El presente ensayo busca dejar en el lector los riesgos de una demanda carente de solidez , como la boliviana , que desecha lo fundamental del aspecto jurídico en un caso de esta relevancia : la existencia de acuerdos bilaterales vigentes , como el tratado de 1904 entre Chile y Bolivia . Es necesario que se profundice en investigaciones sobre los asuntos diplomáticos entre Chile y sus vecinos , los cuales deben ser redactados con transparencia , argumentos fehacientes y conforme a derecho , sin utilizar medios como la victimización.

- (Artículo 268 , Segunda Parte, Título VIII, Capítulo Cuarto: Reivindicación Marítima, Nueva Constitución Política del Estado boliviano, p. 62)

- Álvaro García Linera y el reclamo de Bolivia por utilidades de exportaciones

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