COMPETENCIA DEL LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Enviado por Ledesma • 6 de Marzo de 2018 • 1.048 Palabras (5 Páginas) • 517 Visitas
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- Inconstitucionalidad de leyes federales o locales o de algún tratado internacional.
- Cuando en los conceptos de violación se haya planteado la interpretación directa de un precepto de la constitución política de los estados unidos mexicanos.
- COMPETENCIA DE LA SALA
Del recurso de revisión contra sentencias que en amparo directo pronuncien los tribunales colegiados de circuito:
- Cuando habiéndose impugnado la constitucionalidad de un reglamento federal expedido por el presidente de la república, o de reglamentos expedidos por el gobernador de un estado o por el jefe del distrito federal, o en los conceptos de violación se haya planteado la interpretación directa de un precepto de la constitución política de los estados unidos mexicanos.
- De los amparos directos que por su interés y trascendencia así lo ameriten en uso de la facultad de atracción.
FUNDAMENTO: LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN (ARTICULO 10 Y 21)
COMPETENCIA DEL PLENO Y LAS SALAS DE LA SUPREMA CORTE
AMAPRO INDIRECTO
- COMPETENCIA DEL PLENO
Promovido ante los jueces de distrito y en el que se hubiera dictado la sentencia recurrid en revisión donde el acto reclamado haya sido:
- Ley federal o local
- Tratado internacional por su inconstitucionalidad.
- Interferencia competencial ( art.103, fracción II y III) C.P.E.U.M
- Cuando se ejercite la facultad de atracción contenida en el segundo párrafo del inciso b) de la fracción viii del artículo 107 de la constitución
FUNDAMENTO: ARTICULO 10, FRACCION II (Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación)
- COMPETENCIA DE LA SALA
Del recurso de revisión en amparo contra sentencias pronunciadas en la audiencia constitucional por los jueces de distrito o tribunales unitarios de circuito, en los siguientes casos:
- Cuando subsista en el recurso el problema de constitucionalidad, si en la demanda de amparo se hubiese impugnado un reglamento federal expedido por el presidente de la república, o reglamentos expedidos por el gobernador de un estado o por el jefe del distrito federal, por estimarlos directamente violatorios de un precepto de la constitución política de los estados unidos mexicanos o si en la sentencia se establece la interpretación directa de un precepto de la misma en estas materias, y
- Cuando se ejercite la facultad de atracción.
FUNDAMENTO: ARTICULO 21, FRACCION II (Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación)
AMAPRO DIRECTO
- COMPETENCIA DEL PLENO
Corresponde al Pleno de la corte conocer del recurso de revisión contra sentencias dictadas por el Tribunal Colegiado de Circuito si en ellas se decidió sobre alguna cuestión de:
- Inconstitucionalidad de leyes federales o locales o de algún tratado internacional.
- Cuando en los conceptos de violación se haya planteado la interpretación directa de un precepto de la constitución política de los estados unidos mexicanos.
FUNDAMENTO: ARTICULO 10, FRACCION III (Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación)
- COMPETENCIA DE LA SALA
Del recurso de revisión contra sentencias que en amparo directo pronuncien los tribunales colegiados de circuito:
- Cuando habiéndose impugnado la constitucionalidad de un reglamento federal expedido por el presidente de la república, o de reglamentos expedidos por el gobernador de un estado o por el jefe del distrito federal, o en los conceptos de violación se haya planteado la interpretación directa de un precepto de la constitución política de los estados unidos mexicanos.
- De los amparos directos que por su interés y trascendencia así lo ameriten en uso de la facultad de atracción.
FUNDAMENTO: ARTICULO 21, FRACCION III (Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
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