Proyecto de demanda, CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE JUNÍN
Enviado por Kate • 5 de Octubre de 2018 • 1.540 Palabras (7 Páginas) • 418 Visitas
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CUARTO.- En el caso en concreto, con Resolución número uno de fecha tres de noviembre del año dos mil quince, el Juez del Juzgado Civil del Módulo Básico de Justicia de Jauja eleva los autos en consulta, considerando i) Que, la resolución de fecha veintisiete de octubre del año dos mil quince que obra a folios seiscientos trece, emitida por la Juez del Juzgado Penal Liquidador de módulo de Justicia de Jauja, ha sido motivada defectuosamente. ii) Que, la resolución en comento que resuelve REMITIR en el día la causa penal al Juzgado Especializado en lo Civil de Jauja, no precisa la causal de impedimento contemplado en el artículo 305° del Código Adjetivo. iii) Que, la resolución número uno de fecha tres de noviembre del año dos mil quince únicamente sustenta su decisión en base a la resolución de fecha 06 de julio del 2012, (fs. 457 a 460),a través de la cual la Tercera Sala Penal de la corte Superior de Justicia de Junín, dirimió competencia a favor del Juzgado Especializado en lo civil de Jauja, para su avocamiento y conocimiento del presente proceso. iv) No se valoró que el Superior Jerárquico dispuso que la competencia a favor de su judicatura debía mantenerse siempre que continúen los impedimentos en los juzgados penales. v) Que, el juzgado de origen no ha emitido pronunciamiento alguno respecto que a la fecha aún persisten los impedimentos que imposibilitan continuar con su conocimiento, tampoco ha valorado que existen otros juzgados penales en la provincia de Jauja por la implementación del Nuevo Código Procesal Penal contando dos Juzgados de Investigación Preparatoria, un juzgado Unipersonal y un Juzgado Liquidador.
QUINTO.- Que, estando en grado el conflicto de competencia, debe tenerse en consideración que de fojas cuatrocientos cincuenta y siete a cuatrocientos sesenta, obra la resolución de fecha seis de julio del año dos mil doce, emitida por la Tercera Sala Penal, la misma que en la parte resolutiva DIRIME competencia a favor del Juzgado Especializado en lo Civil, es decir, que la competencia en comento ha sido debidamente resuelta por el Superior en grado. Por otro lado, si bien es cierto, que por la implementación del Nuevo Modelo Procesal Penal la jurisdicción de Jauja cuenta con dos Juzgados de Investigación Preparatoria, un juzgado Unipersonal y un Juzgado Liquidador, empero es de competencia del Juzgado en lo Civil de Jauja advertir
el Juzgado en lo Civil de Jauja debe tener en cuenta que si a la fecha los juzgados penales siguen
a fojas existe la Por lo que, en estricta aplicación de la resolución administrativa referida en el considerando anterior que determina la competencia por razones de turno y, por mandato superior se ha establecido la competencia natural del Juez después de haberse declarado nula una sentencia, correspondiéndolo conocer la causa al Cuarto Juzgado Penal de Huancayo, máxime si en el presente proceso se avoco a su conocimiento, dándole el trámite correspondiente.
SEXTO.- Entonces, estando a que el juez natural se halla referida al órgano jurisdiccional más no a la persona natural que desempeña la judicatura en aplicación de los principios constitucionales de tutela efectiva, debido proceso y encontrándose subsistiendo el mandato superior de imperativo cumplimiento, ya no corresponde conocer la causa al Sexto Juzgado Penal de Huancayo, pues no solo procedería al margen de lo acotado sino que también desnaturalizaría el cauce normal del proceso.
Por estas consideraciones estando a la votación producida:
III. DECISIÓN:
3.1. DECLARARON: PROCEDENTE la contienda negativa de competencia promovida por el Juez del Sexto Juzgado Penal en los seguidos contra Héctor Castro Pimentel y otros por delito contra la ecología en la modalidad de Incumplimiento de Normas Sanitarias y el medio Ambiente en agravio de Estado, en consecuencia ORDENARON que el Juez del Cuarto Juzgado Penal es el competente para el conocimiento de la presente causa.
3.2. ORDENARON remitir el expediente al Juez del Cuarto Juzgado Penal de Huancayo a fin de prosiga con el trámite del proceso respetando escrupulosamente los términos legales para su pronunciamiento bajo responsabilidad funcional. NOTIFICÁNDOSE con copia del presente al Juez del Sexto Juzgado Penal de Huancayo.
S. S.
Chaparro Guerra
Quispe Paricahua.
Tambini Vivas.
EXPEDIENTE Nº : 01618 – 2009 – 0 – 1501 – JR – PE – 06.
PROCEDENCIA : SEXTO JUZGADO PENAL.
DELITO : DELITO CONTRA LA ECOLOGIA.
CUADERNO : PRINCIPAL.
PROCESADO : HECTOR CASTRO PIMENTEL Y OTROS.
AGRAVIADO : EL ESTADO.
TIPICIDAD : ART. 306° del Código Penal.
RESULTADO : PROCEDENTE CONTIENDA DE COMPETENCIA NEGATIVA.
PONENTE : QUISPE PARICAHUA
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