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Obligaciones de las Personas Morales México

Enviado por   •  2 de Mayo de 2018  •  1.771 Palabras (8 Páginas)  •  616 Visitas

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EJEMPLO 3: DELCARACIÓN INFORMATIVA MÚLTIPLE

La empresa Multiservicios en Seguridad S.C. está obligada a presentar la Declaración Informativa Múltiple en los plazos establecidos, de lo contrario se volverá acreedora a una multa.

FUNDAMENTO LEGAL

Artículo 86 LISR

Las personas morales tienen las obligaciones siguientes.

- Llevar los sistemas contables de conformidad al CFF.

- Retener y enterar el impuesto a cargo de terceros y exigir el comprobante respectivo.

Artículo 110-X LISR

Presentar, conjuntamente con la declaración del ejercicio, la información a que se refiere la fracción X del artículo 76 de la LISR.

Artículo 76-X LISR

Presentar, conjuntamente con la declaración del ejercicio, la información de las operaciones que realicen con partes relacionadas residentes en el extranjero, efectuadas durante el año de calendario inmediato anterior, que se solicite mediante la forma oficial que al efecto aprueben las autoridades fiscales.

RMF I.2.8.4.1

Los contribuyentes obligados a presentar la información correspondiente al ejercicio fiscal de que se trate, deberán efectuarla a través de la Declaración Informativa Múltiple.

EJEMPLO 4: IMPUESTO SOBRE NOMINAS

La empresa La Queretana del Marqués S.A. de C.V. debe presentar mensualmente la declaración y pago del Impuesto sobre Nóminas en la página de RECAUDANET, conforme a las disposiciones legales del Estado de Querétaro.

FUNDAMENTO LEGAL

Artículo 70 LHEQ

Es objeto de este impuesto, la realización de los pagos, en efectivo o en especie, por concepto de remuneraciones al trabajo personal subordinado; los pagos realizados a administradores, directores, comisarios o miembros de los consejos directivos, de vigilancia o de administración de cualquier especie o tipo de sociedades o asociaciones; y los pagos a personas físicas por concepto de honorarios, por la prestación de servicios personales independientes o por actividades empresariales, cuando no causen el Impuesto al Valor Agregado por estar asimilados a las remuneraciones por salarios, de conformidad con la Ley del Impuesto Sobre la Renta.

- Erogaciones por remuneraciones al trabajo: Sueldos y salarios, pago de tiempo extraordinario, bono, premios, primas de antigüedad, comisiones, ayudas de despensa o transporte o por cualquier otro concepto.

Artículo 71 LHEQ

Las personas físicas o morales que efectúen las erogaciones del artículo 70 de la LHEQ. Siempre que el servicio personal subordinado se presente en el territorio de Querétaro.

Artículo 73

Obligaciones:

- Empadronarse, para los efectos del presente impuesto, dentro de los diez días hábiles siguientes a la fecha de inicio de sus operaciones.

- Presentar un aviso, dentro de los diez días siguientes al en que ocurra, cuando se abra o cierre un local dentro de los cuales se presten servicios personales.

- Llevar un registro pormenorizado de las erogaciones que efectúe por concepto de remuneraciones al trabajo personal.

- Pagar el impuesto determinado a su cargo o el retenido, mediante declaración que deberá presentar ante la Secretaría de Planeación y Finanzas, a más tardar el día veintidós del mes siguiente al periodo al que corresponda el impuesto.

- Presentar anualmente una declaración informativa a más tardar en el mes de febrero de cada año, con los datos sobre el monto de las erogaciones que se señalan en el artículo 72 de esta Ley, efectuadas en el año inmediato anterior.

EJEMPLO 5: OBLIGACIONES SECRETARIA DEL TRABAJO

La empresa Información de Tecnología México S.A. el día 03 de octubre del 2016 recibió un una auditoría por parte de la Secretaría del Trabajo en el Estado de Querétaro, notificándole que no cumple con las especificaciones de Seguridad e Higiene de acuerdo a la norma y que serían acreedores a una multa, por lo cual se tuvo que tomar una asesoría con una consultoría experta en el tema para implementar una comisión de seguridad e higiene donde participan los empleados de la empresa. Los fundamentos para haberse hecho acreedores a esa multa fueron los siguientes.

FUNDAMENTO LEGAL

Artículo 509 LFT

En cada empresa o establecimiento se organizarán las comisiones de seguridad e higiene que se juzgue necesarias, compuestas por igual número de representantes de los trabajadores y del patrón, para investigar las causas de los accidentes y enfermedades, proponer medidas para prevenirlos y vigilar que se cumplan.

Artículo 512 LFT

En los reglamentos de esta ley y en los instructivos que las autoridades laborales expidan con base en ellos, se fijaran las medidas necesarias para prevenir los riesgos de trabajo y lograr que este se preste en condiciones que aseguren la vida y la salud de los trabajadores.

Artículo 511 LFT

Los inspectores del trabajo tienen las atribuciones y deberes especiales siguientes:

- Vigilar el cumplimiento de las normas legales y reglamentarias sobre prevención de los riesgos de trabajo y seguridad de la vida y salud de los trabajadores;

- Hacer constar en actas especiales las violaciones que descubran; y

- Colaborar con los trabajadores y el patrón en la difusión de las normas sobre prevención de riesgos, higiene y salubridad.

Artículo 7 Reglamento de la Seguridad y Salud en el Trabajo.

Son obligaciones de los patrones:

- Constituir e integrar la Comisión de Seguridad e Higiene, así como dar facilidades para su operación dentro del centro de trabajo.

- Designar a sus representantes.

- Apoyar la investigación de los

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