PROYECTO EMPRESA DE GALLETAS
Enviado por John0099 • 30 de Octubre de 2018 • 3.879 Palabras (16 Páginas) • 674 Visitas
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Cuarto: Plazo. El presente convenio deberá hacerse efectivo dentro de los 60 (sesenta) días de suscripto, bajo apercibimiento de tenerse por desistido.
Quinto: Jurisdicción. A efectos de toda cuestión emergente de este contrato las partes constituyen domicilios especiales en los mencionados en éste contrato, al tiempo que se someten a los Tribunales renunciando expresamente a todo otro fuero o jurisdicción.
Se firman dos (2) ejemplares de un mismo tenor y a un sólo efecto, en la ciudad de Los Teques a los 25 días del mes de Junio de 2017.
Redacción Acta Constitutiva
ACTA CONSTITUTIVA DE SOCIEDAD ANONIMA DECAPITAL VARIABLE
ESCRITURA No. 5624 VOLUMEN 548 FOJAS 21 a 27 EN LA CIUDAD DE Los Tequesc., a 27 de MAYO de 2017, Yo El Licenciado Pedro Luna Pérez Notario Público No 365, HAGO CONSTAR: ELCONTRATO DE SOCIEDAD MERCANTIL, en forma ANONIMA DE CAPITALVARIABLE, que otorgan los señores: Oriana Rincon, Kevin Vielma, Isabella Mangarre y Isarael Piñero, y que se sujetan a los estatutos que se contienen en las siguientes.
CLÁUSULAS:
DENOMINACIÓN, OBJETO, DURACIÓN, DOMICILIO, NACIONALIDAD Y CLÁUSULA DE ADMISIÓN DE EXTRANJEROS.
PRIMERA.- La sociedad se denominará “Galletas Valentino” nombre que irá seguido de las palabras “SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE”, o de las siglas “S.A. de C.V.”.
SEGUNDA.- La sociedad tiene por objeto:
a) La manufactura de “galletas”.
b) La distribución de “galletas”:
c) Ejecutar toda clase de actos de comercio, pudiendo:
1. Comprar,
2. Vender,
3. Importar,
4. Exportar y Distribuir toda clase de artículos y mercancías.
d) Contratar activa o pasivamente, toda clase de prestaciones de servicios, celebrar contratos, convenios, así como adquirir por cualquier título patente, marcas industriales, nombres comerciales, opciones y preferencias, derechos de propiedad literaria, industrial, artística o concesiones de alguna autoridad.
e) Formar parte de otras sociedades con el objeto similar de éste.
f) Emitir, girar, endosar, aceptar, avalar y descontar y suscribir toda clase de títulos de crédito, sin que se ubiquen en los supuestos del Artículo cuarto de la Ley del Mercado de valores.
g) Adquirir acciones, participaciones, parte de interés social, obligaciones de toda clase de empresas o sociedades, formar parte en ellas y entrar en comandita, sin que se ubiquen en los supuestos del Artículo cuarto de la Ley del Mercado de Valores.
h) Aceptar o conferir toda clase de comisiones mercantiles y mandatos, obrando en su propio nombre o en nombre del comitente o mandante.
i) Adquirir cualquier otro título poseer y explotar toda clase de bienes muebles, derechos reales, así como los inmuebles que sean necesarios para su objeto.
j) Contratar al personal necesario para el cumplimiento de los fines sociales y delegar en una o varias personas el cumplimiento de mandatos, comisiones, servicios y de más actividades propias de su objeto.
k) La sociedad podrá otorgar avales y obligarse solidariamente por cuenta propia, así como constituir garantía a favor de terceros.
l) Realizar y emitir toda clase de actos, operaciones, convenios, contratos y títulos, ya sean civiles, mercantiles o de crédito relacionados con el objeto social.
TERCERA.- La duración de esta sociedad será de CIEN AÑOS, que se contarán a partir de la fecha y firma de la escritura correspondiente.
CUARTA.- El domicilio legal de la sociedad será la de Guillermo Gonzales Camarena No. 316598, col Central, San Agustín Tenongo, y esta no exime la posibilidad de establecer agencias y/o sucursales en cualquier parte de la República o del Extranjero, y someterse a los domicilios convencionales en los contratos que celebre localmente.
Todos los accionistas, estarán sometidos en cuanto a sus actividades y relaciones ante la sociedad, a la jurisdicción de los tribunales y Autoridades correspondientes del domicilio de la sociedad, con una renuncia expresa del fuero en sus respectivos domicilios personales.
QUINTA.- Su capital es variable, el mínimo fijo es de 5.000.000.00 (cinco millones de Bs.), representado por CIEN ACCIONES, con valor nominal de 50.000.00 (Cincuentamil Bs.), cada una
SEXTA. .- Cuando exista intervención extranjera se tomarán como reglas de observancia obligatoria las siguientes:
1.- El capital social, se integrará por acciones de serie “A” y solo podrán ser suscritas por
a) Personas físicas de nacionalidad venezolana.
b) Inmigrados que no se encuentren vinculados con centros de decisión económica del exterior, y personas morales de Venezolana en la que su mayor capital sea nacional.
El porcentaje que deba ser suscrito por venezolanos se determinará de acuerdo con la clasificación venezolana de actividades y productos que señala el Reglamento de la Ley para promover la Inversión Venezolana y Regular la Inversión Extranjera. El porcentaje restante estará integrado por acciones de la serie “B” y será de suscripción libre. En todo caso y en cualquier circunstancia deberá respetarse el porcentaje de capital mínimo venezolano, en términos netos, y en caso de que la participación de la inversión extranjera en el capital social pretenda exceder el porcentaje fijado deberá cumplir con lo que establece el artículo quinto del Reglamento antes citado o solicitar autorización de la Comisión Nacional de Inversiones Extranjeras.
SEPTIMO.- El capital social fijo se podrá aumentar o disminuir bajo estas formas: En caso de aumento se requerirá de Asamblea General extraordinaria de Accionistas y éstos tendrán derecho preferente para suscribirlo en proporción al número de acciones de que sean titulares. Tal derecho de preferencia deberá ejercitarse dentro de los quince días siguientes a la fecha de publicación en el Diario Oficial de la Federación o en uno de los periódicos de mayor circulación del domicilio social, del acuerdo de la Asamblea que haya decretado dicho aumento, pero si en
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