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ACONDICIONAMIENTO E HIGIENE DE LOS BAÑOS DE LA UNIDAD EDUCATIVA “EL DELEITE”.

Enviado por   •  12 de Febrero de 2018  •  2.824 Palabras (12 Páginas)  •  1.666 Visitas

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2007, Oropeza, Suarez y García realizaron un trabajo de investigación (proyecto) que lleva como Título “Optimización de los baños del L.S.B “Argenis Graterol Carmona” Dicho trabajo tiene un objetivo el cual es optimizar las condiciones de los baños de dicha institución, ellos concluyeron que la realización de este proyecto les dio a conocer la gran importancia que tiene el buen funcionamiento de un baño en el plantel la cual es mantener un ambiente limpio ano y libre de toda clase de contaminaciones.

En el 2008, Omar Ruiz, Gabriel Sánchez, Miguel Moran, Alberto Araiza, Irving aguayo, Gerardo Espinoza, Cruz Rivera Y Getzhe Díaz, Alumnos del 7º semestre de la licenciatura en administración, presentaron un proyecto titulado “W.C Access” Con el propósito de mantener los sanitarios de la unidad académica de contaduría y administración en perfectas condiciones con una alta calidad en la higiene y limpieza y al mismo tiempo con un estricto cuidado con las estimulaciones implementado un programa de educación sanitaria. Dejándole como conclusión la necesidad de implementar programas de acceso a los baños para garantizar un óptimo servicio.

En el 2010, Estudiantes del cohorte 2007-2 realizaron un trabajo de investigación (proyecto) que lleva por título “Acondicionamiento y ambientación del baño de damas de la Universidad Pedagógica Experimental Libertador del Instituto de Mejoramiento Profesional Del Magisterio. Ubicada en el sector aeropuerto, sector Mantecal Edo Apure. Dicho trabajo tiene como objetivo crear estrategias para llevar a cabo el plan de acción del acondicionamiento del baño de damas de la UPELIMPM. Dejándole a los alumnos como aprendizaje, el proponerse como individuos sociales y como personas capaces de resolver problemas, contando con una buena convivencia y trabajo en equipo, resaltando el espíritu de afectos sobre la institución y sus adyacencias, conservando y preservando sus áreas con dedicación y en armonía.

2.2 BASES TEÓRICAS

2.2.1 Historias de los baños públicos:

Según Wikipedia: “Las termas romanas son recintos públicos destinados a baños típicos de la civilización romana. En las antiguas villas romanas los baños se llamaban balnea o balneum y si eran públicos thermae o therma. Eran baños públicos con estancias reservadas para actividades gimnasticas y lúdicas. También eran consideradas lugares de reunión y a ellos acudía la gente que no podía permitirse tener uno en su casa, como los plebeyos o los esclavos. A veces los emperadores o los patricios concedían baños gratis para el resto de la población.

Los baños, tanto públicos como privados, han estado presentes en muchas de las civilizaciones a lo largo de la historia. Son numerosas las practicas, religiosas y sociales, que desde la antigüedad se han venido teniendo como acto principal el baño, asociado este a la limpieza, tanto del cuerpo como del alma o espíritu, a la purificación.

Hoy en Día hay religiones que mantienen las prácticas de la purificación mediante el baño o la limpieza de una parte del cuerpo. La religión musulmana tiene una serie de ritos conocidos como abluciones, que exigen de los fieles un protocolo de limpieza concreto en ciertas circunstancias especiales. De la misma manera los creyentes hindúes tienes prácticas similares.

La función social e Incluso medicinal, de los baños y temas se ha mantenido durante toda la historia hasta nuestros días. En la civilización romana la institución de los baños, las termas, era fundamental en los servicios que los ciudadanos debían tener. Las termas públicas romanas respondían a una función social y política. Fueron lugares ideales para la conversación relajada, el recreo y la relación social, con todo lo que ello significa. Se cuidaba el ambiente con una delicada decoración en donde no se escatimaban medios, llenando las estancias de maravillosos frescos, mosaicos y estatuas”.

2.3 BASES LEGALES

El Análisis de las normas legales se derivo del proceso de observación y registro de los documentos legales que permiten respaldar esta investigación en consecuencia se destacan las siguientes:

2.3.1 Constitución de la Republica Bolivariana De Venezuela (1999) Según En Sus Artículos.

Artículo 79: Los jóvenes y las jóvenes tienes el derecho y el deber de ser sujetos activos del proceso de desarrollo. El estado, con la participación solidaria de las familias y la sociedad, creara oportunidades para estimular su tránsito productivo hacia la vida adulta y, en particular, para la capacitación y el acceso al primer empleo, de conformidad con la ley.

Artículo 83: La salud es un derecho social fundamental, obligación del estado, que lo garantizara como parte del derecho a la vida. El estado promoverá y desarrollará políticas orientadas a elevar la calidad de vida, el bienestar colectivo y el acceso a los servicios. Todas las personas tienen derecho a la protección de la salud, así como el deber de participar activamente en su promoción y defensa, y el de cumplir con las medidas sanitarias y de saneamiento que establezca la ley. De conformidad con los tratados y convenios internacionales suscritos y ratificados por la Republica.

Artículo 84: Para garantizar el derecho a la salud, el estado creará, ejercerá la rectoría y gestionará un sistema público nacional de salud, de carácter intersectorial, descentralizado y participativo, integrado al sistema de seguridad social, regidos por los principios de gratuidad, universalidad, integralidad, equidad, integración social y solidaridad. El sistema público nacional dará prioridad a la promoción de la salud y a la prevención de las enfermedades, garantizando tratamiento oportuno y rehabilitación de calidad. Los bienes y servicios públicos de salud son propiedades del estado y no podrán ser privatizados. La comunidad organizada tiene el derecho y el deber de participar en la toma de decisiones sobre la planificación, ejecución y control de la política específica en las instituciones públicas de salud.

Artículo 85: El financiamiento público nacional de salud es obligación del estado, que integrará los recursos fiscales, las cotizaciones obligatorias de la seguridad social y cualquier otra fuente de financiamiento que determine la Ley. El estado garantizará un presupuesto para la salud que permita cumplir con los objetivos de la política sanitaria. En coordinación con las universidades y los centros de investigación, se promoverá y desarrollará una política nacional, de formación de profesión ales, técnicos y técnicas y una industria nacional para producción de insumos para la salud.

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