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AMPARO ANTECEDENTES

Enviado por   •  12 de Enero de 2018  •  5.488 Palabras (22 Páginas)  •  359 Visitas

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Legitimación: es el nexo entre el individuo y la causa del hecho o acto.

Personalidad. Es el carácter con el cual se va a ostentar el gobernado ante la autoridad y el cual le va a ser reconocido por la autoridad.

Formas de representación.

- Quejoso: por propio derecho, un tercero en caso del artículo 15, un apoderado con poder otorgado antes del amparo, mandatario judicial con facultad otorgada durante el juicio (artículo ), autorizado que se contrae a las facultades del artículo 12 que debe ser el profesionista en derecho excepto en materia penal que será defensor,

- Autoridad responsable: Delegado

- Persona moral oficial. Representante legal.

Improcedencia: La obligación que tiene el juez de amparo para estudiar causas notorias e indudables que impidan darle tramite a la demanda de amparo, de carácter legal, constitucional o jurisprudencial.

- Contra adiciones o reformas a la constitución federal.

- Contra actos de la SCJ

- Contra actos del consejo de la judicatura federal.

- Contra resoluciones del Tribunal electoral del poder judicial de la federación.

- Contra actos de la legislatura federal en procedimiento de colaboración con otros poderes que objeten o no ratifiquen nombramientos o designaciones para ocupar cargos, empleos o comisiones públicas.

- Contra resoluciones de los tribunales colegiados de circuito

- Contra resoluciones de la legislatura federal y local en declaración de procedencia, juicio político así como en elección suspensión o remoción de funcionarios.

- Contra normas generales respecto de las cuales la corte haya emitido una declaratoria general de inconstitucionalidad

- Contra resoluciones dictadas en los juicios de amparo o en ejecución de las mismas.

- Litis pendencia

- Cosa juzgada

- Contra actos que no afecten el interés jurídico o legitimo del quejoso y contra normas generales heteroaplicativas de las que no haya acto de aplicación.

- Contra actos consentidos expresamente o manifestaciones de voluntad que entrañen ese consentimiento

- Contra normas generales o actos consentidos tácitamente.

- Contra resoluciones de autoridades competentes en materia electoral.

- Contra actos de imposible reparación

- Contra actos consumados de modo irreparable por cambio situación jurídica.

- Contra resoluciones de tribunales judiciales, administrativos o del trabajo, respecto de los cuales la ley conceda algún recurso o medio de defensa y este no haya sido agotado.

- Cuando este (sub iudice) pendiente de resolución el recurso o medio de defensa

- Contra actos de autoridades que no sean administrativas, judiciales y del trabajo que deban ser revisadas de oficio.

- Cuando hayan cesado los efectos del acto reclamado.

- Cuando deje de existir el objeto del acto reclamado

- Los demás casos que diga la ley y la constitución.

Sobreseimiento: figura procesal que cobra vida dentro del juicio por alguna de las causas previstas en la ley de amparo y que impide conocer el fondo del asunto, por lo que no estudia la constitucionalidad del acto reclamado.

- Por desistimiento de la demanda o por falta de ratificación cuando la ley lo requiera.

- Que el quejoso no acredite entregar los edictos para su publicación tratándose de la notificación del tercero interesado, cuando se desconozca el domicilio de este.

- Por muerte del quejoso cuando el acto reclamado solo afecte a su persona.

- Por inexistencia del acto reclamado, ya sea que de constancias de autos apareciere demostrado que no existe o bien que no se probare su existencia en audiencia constitucional.

- Que apareciere o sobreviniere una causal de improcedencia.

Términos Prejudiciales: es el periodo de tiempo que establece la ley para interponer el juicio de amparo. (Artículo 17)

- 15 días regla general

- 30 días norma general autoaplicativa y procedimiento de extradición.

- 8 años contra sentencia definitiva condenatoria en proceso penal que imponga pena privativa de libertad.

- 7 años contra actos privativos total o parcial, temporal o definitiva a los derechos agrarios de núcleos de población ejidal o comunal

- En cualquier tiempo hasta antes que se consuma el acto reclamado tratándose de actos que impliquen peligro de privación de la vida, ataques a la libertad personal, incomunicación, deportación o expulsión, proscripción o destierro, extradición, desaparición forzada de personas, incorporación forzosa al ejército, armada, fuerza aérea nacionales o algunos de los actos prohibidos por el artículo 22 constitucional.

AMPARO INDIRECTO.

Competencia: Juez de distrito especializado o mixto

O superior jerárquico: competencia concurrente

Apersonamiento en el amparo Indirecto: se le va a reconocer la personalidad que tenía ante la autoridad responsable, se acredita la personalidad desde la presentación de la demanda.

Formas de la presentación de la demanda:

- Por escrito

- Por comparecencia: solo bastará que se exprese el acto reclamado, la autoridad ordenadora (si fuere posible), autoridad que ejecute o trate de ejecutar el acto, lugar en que se encuentra el quejoso.

- Por medios electrónicos.

Procedencia del amparo indirecto.

- Contra normas generales auto aplicativas o heteroaplicativas que causen perjuicio al quejoso.

- Contra actos u omisiones que provengan

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