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ANÁLISIS SOBRE LEY N°20.845 DE INCLUSIÓN ESCOLAR

Enviado por   •  28 de Febrero de 2018  •  1.714 Palabras (7 Páginas)  •  380 Visitas

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- Sin Selección. Aquí se propone realizar un proceso gradual y paulatino para terminar con la selección de los estudiantes en el ingreso a establecimientos que reciben aportes del estado. Tal proceso se iniciará a mediados del presente año y por etapas desde las regiones de menor población para terminar con la Metropolitana. Se espera con esta medida terminar con procesos abiertamentes discriminatorios que realizan muchos establecimientos y que pretende configurar una población escolar homogenea, que asegure un rendimiento académico mínimo en pruebas estandarizadas y que no presente complejidades de base que desafien el sistema interno del establecimiento o que “no encajen en su Proyecto Educativo” ( Carrasco y otros, 2014).El problema de esta medida es su laxitud en el tiempo de implementación, lo que da espacio para mantener el status quo en el sistema, pudiendo operarse cambios en las orientaciones políticas contingentes que matizen o minimicen los efectos de la misma (Foro Chileno por el Derecho a la Educación, 2015). En el caso que un establecimiento presente mayor número de estudiantes postulantes que el número de vacantes abiertas, estos deberán establecer un sistema de ingreso Aleatorio y que asegure eliminará el riesgo de discriminaciones arbitrarias. Riesgo siempre presente en un medio en que el binomio selección/segregación han configurado una cultura de los perfiles rígidos, de la homogeneidad identitaria y de adeción irrestricta a ciertos “Carismas” institucionales. Por lo que resultará esencial la supervigilancia de dichos procesos por parte de alguno de los organismos centrales, acción de no poca dificultad cuando se da por entendido que estos procesos particulares quedarán bajo el marco del Proyecto Educativo Institucional de cada establecimiento, diversidad tan amplia y compleja que la pesquisa y evaluación se avisoran como una tarea de largo aliento.

- Sin Lucro. Finalmente, abordaremos uno de los elementos de mayor discusión en el debate público sobre la reforma. El lucro en el sistema escolar estába permitido hasta la implementación de la presente ley. Esto, como ya señalamos mas arriba, fue uno de los elementos motivadores del impulso emprendedor privado en la provision de educación escolar. Muchos proyectos educacionales nacieron al amparo de sociedades privadas de diferente cuño, quienes entre sus estrategias de negocios estaba la oferta educacional, o bien nacieron como sociedades educacionales y que prontamente prosperaron al amparo del sistema, incluso derivando de ellas sociedades inmobiliarias y otras, que diversificaron los espacios de obtención de ganancias de las mismas. Si bien, muchas de estas sociedades lograron generar proyectos educativos sustentables, de cietta seriedad, no es menor cierto que otras apostaron por la obtención de ganancias en detrimento de la calidad de la enseñanaza impartida. La ecuación es simple, maximizar las ganacias y reducir los costos. El problema es que los costos fijos de los establecimientos no fueron reducidos sin un impacto directo en los estandares tanto de infraestructura, calidad de los recursos educativos y pedagógicos; y una creciente pauperización de las condiciones laborales de docentes y asistentes de la educación. La presente Ley de Inclusión intenta corregir este problema, prohibiendo de manera explicita el Lucro, creando condiciones para que las sociedades sostenedoras de estos establecimientos se transformen en sociedades sin fines de lucro, legalmente constituidas y asegurando que la ante la existencia de excedentes y recursos económicos, estos sean destinados de forma exclusiva con fines educativos. Esto para aquellos establecimeitnmos que reciben aportes del estado, el sector Particular Privado se mantiene como hasta ahora.

Sin duda, creemos que este es uno de los elementos de mayor impacto de la actual reforma, pues obliga a las institucines escolares a definirse con un objetivo plenamente social. Si se conforma una sociedad privada sin fines de lucro cuyo norte sea el de levantar un proyecto educativo particular, no habrá espacio para segundas intenciones lucrativas, en donde el centro sean los aprendizajes de los estudiantes y no la generación de excedentes para sus sostenedores. No obstante, los plazos planteados y la complejidades de la implementación, generan incertidumbre del alcance e impacto de esta medidada, como ya habiamos planteado.

- Resumen. Para finalizar, creemos que el objetivo de transformación del sistema escolar chileno en uno mas Inclusivo, no segregador y generador de oportunidades para todos aun resulta incierto. Coincidimos con el Foro Chileno por el Derecho a la Educación, que la presente reforma, si bien apunta a los elementos centrales del modelo imperante, no plantea un cambio radical de estos, mas bien nos parece que acentua los niveles de control del sistema, reduce el margen de acción de la iniciativa privada y eleva los montos de aporte estatal para sustituir los aportes de las familias. La laxitud de los plazos establecidos posibilitan un margen de riesgo para estas iniciativas quedando expuestas a los vaivenes de la política contingente, pudiendose desviar, reducir o matizar su impacto. Como lo plantea Espacio Público, coincidimos que esta reforma adolece de un plan de fortalecimiento de la educación pública, que creemos debe proponer no solo una institucionalidad Inclusiva, si no que establesca claramente la provision estatal como el sustento de una educación con vision nacional y de futuro.

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