ARBITRAJE COMERCIAL. APOYO ESTATAL AL ARBITRAJE
Enviado por Mikki • 18 de Enero de 2018 • 10.972 Palabras (44 Páginas) • 314 Visitas
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Es entonces, que los estados no pueden desentenderse de esas problemáticas, e ignorar que, al amparo de las leyes extranjeras se constituyen relaciones cuyos efectos pueden trascender extraterritorialmente, las cuales, en tesis de principio, deben regirse por la legislación del país emisor, pues tampoco podría imponerse a un estado la obligación de aplicar leyes que estén en conflicto con el orden público interno.
ARBITRAJE COMERCIAL INTERNACIONAL.
El arbitraje comercial internacional, según la lectura del tema está dentro de los medios de solución de litigios, ya sea entre personas o sociedades residentes. El arbitraje es un medio rápido y eficiente para resolver disputas, sin que llegue a afectar la actividad comercial de cada uno. Aquí las partes encuentran un medio especializado para que se puedan analizar las circunstancias y condiciones de la materia objeto de la controversia, además del órgano que va a conocer, este debe de ser imparcial. Actualmente dentro del comercio se derivan tres opciones para la solución de conflictos: los tribunales estatales, los sistemas supranacionales de solución de conflictos y el arbitraje comercial. Esto es lo que pude comprender como una introducción de lo que es el arbitraje comercial internacional.
En el arbitraje comercial hay una clausula arbitral o clausula compromisoria, es un acuerdo entre las partes para someter sus diferencias al conocimiento de un árbitro, que las partes escogen. La solución que emite el árbitro es llamada laudo o sentencia arbitral y es obligatoria para las partes y si se niegan a cumplirla se puede hacer forzosa por medio de los tribunales estatales.
La lectura nos da una definición de lo que es el acuerdo arbitral que es un convenio en que las partes convienen las reglas a las que estas se van a someter , determinan cuantos árbitros serán, además definen el lugar sede y el idioma del arbitraje y la ley aplicable al asunto.
El arbitraje se nacionalmente o internacionalmente, en México, el titulo cuarto del libro quinto del Código de Comercio es el de lugar sede del arbitraje, hace referencia que si el lugar es nuestro país, este será mexicano, pero si esta en el extranjero se considerara arbitraje internacional. Esto es según la lectura.
La lectura nos marca cual es la historia del arbitraje y es esta; El arbitraje fue iniciado en 1892, cuando se fundó la Corte de Londres de Arbitraje Internacional y en 1923 se creó la Corte Internacional de Arbitraje de la Cámara Internacional de Comercio y este es el organismo no gubernamental más importante en el área de comercio. En nuestro país está la Cámara Internacional de Comercio, A.C. y la Comisión sobre Arbitraje Comercial. Cada institución administradora de arbitrajes tiene sus propias reglas, pero se apegan a las reglas de la UNCITRAL.
El arbitraje inicia cuando una institución administradora de arbitrajes recibe la demanda de una de las partes con base en el acuerdo arbitral, este notifica de ello a la parte demandada y le entrega la demanda, y se selecciona a los árbitros, que van desde uno a tres. Respecto a la selección de los árbitros, esta depende del tiempo que se le fijo a la demandada para que conteste la demanda y llegue a presentar la reconvención, cuando se paga el arbitraje y los honorarios se considera que el tribunal arbitral esta constituido.
El acuerdo internacional más importante en materia de arbitraje es la Convención de Naciones Unidas sobre el Reconocimiento y Ejecución de Laudos Arbitrales Extranjeros, se conoce también como Convención de Nueva York y esta mara que un laudo o sentencia arbitral es extranjero y es susceptible de ser reconocido por los tribunales nacionales de los Estados.
Entendí según la lectura del tema que hay diferentes tipos de arbitraje como lo son: el que se toma en cuenta la calidad de los litigantes aquí el arbitraje puede ser público o privado. Otro tipo de arbitraje toma en cuenta la naturaleza de la materia en el litigio que se resolverá, esto puede ser arbitraje. Otro tipo de arbitraje es el que se base en la voluntad de los sujetos, y este puede ser voluntario u obligatorio. Otro tipo de arbitraje es el que considera la generalidad o especialidad de las normas reguladores del arbitraje y este puede ser ad hoc o institucional. Otro es el que se basa según la resolución esperada, este puede ser de derecho o de equidad y de pende de si las partes acordaron que el árbitro, en el momento de resolver, se valga del derecho escogido por las partes. También nos marca la lectura que el arbitraje internacional tiene tres fuentes de derecho en nuestro país y estas son. Las del derecho convencional internacional (tratados internacionales), las normas del derecho interno, las que surgen por iniciativa de las partes en uso de la autonomía de su voluntad.
También comprendí que el acuerdo arbitral voluntario es el que se reconoce internacionalmente y que requiere la renuencia por escrito de las partes para que el litigio sea llevado a un proceso arbitral. Además de que en el acuerdo arbitral las partes renuncian a su derecho de recurrir a un tribunal judicial estatal para resolver su controversia. Y esto es que las partes se someten a un arbitraje por voluntad propia y así todas las controversias o ciertas controversias que hayan surgido o puedan surgir entre ellas respecto de una determinada relación jurídica.
Comprendí que el acuerdo arbitral tiene autonomía para resolver, además de tener algunas clausula y la manera de extinción del acuerdo arbitral. Además de cómo se eligen las normas del procedimiento, las partes las pueden crear directamente o indirectamente. Directamente es que las partes crean sus propias reglas de procedimiento, indirectamente es cuando se designan reglas ya establecidas de una institución administradora de arbitrajes, agrandes rasgos es lo que comprendí de la lectura.
ARBITRAJE COMERCIAL INTERNACIONAL.
TIPOS DE ARBITRAJE.
Hay 6 tipos de arbitraje que maneja Pereznieto Castro, los cuales son:
- El que toma en consideración la calidad de los litigantes, el cual puede ser de dos maneras, público o privado. El público dirime controversias entre los Estados. El privado es que inician los particulares, estos establecen sus propias reglas, por ejemplo en el arbitraje comercial y civil. En este tipo de arbitraje se da también el arbitraje mixto, este es cuando una de las partes es el Estado y la otra un particular, aquí es el particular quien demanda al Estado para dirimir sus conflictos.
- El que es conforme a la naturaleza de la materia en
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