Aspectos Normativos, investigación de accidente.
Enviado por Kate • 15 de Mayo de 2018 • 2.993 Palabras (12 Páginas) • 362 Visitas
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El proceso del año 2015 tiene por finalidad realizar la respectiva evaluación de la siniestralidad de su empresa, y así determinar la tasa que regirá entre el 1 de enero de 2016 al 31 de diciembre de 2017.
De esta manera, con la información proporcionada por el Instituto de Seguridad laboral, la Secretaría Regional Ministerial de Salud, envía a los empleadores a la dirección que registra en la planilla de declaración y pago de cotizaciones del mes de junio de 2015, el resultado de la evaluación de siniestralidad de la empresa. El resultado de este proceso genera las siguientes alternativas:
- No Aplicación
- Con Mantención de la Tasa
- Con Recargo de la Tasa
- Accede a Rebaja o Exención
No Aplicación: Si su empresa tiene menos de 2 años de cotizaciones previsionales, no se evalúa, y por ello Usted ha recibido una carta donde se le informa la Mantención de la Tasa de Cotización Adicional Diferenciada que regirá entre el 1 de enero de 2016 y el 31 de diciembre de 2017. En este caso, Usted debe revisar la información y, de existir errores u omisiones, debe acercarse a la mutualidad correspondiente.
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Tasa de frecuencia:
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Tasa de gravedad:
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Tasa de Accidentabilidad:
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Tasa de Siniestralidad:
1.5 Análisis de Causalidad.
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- Investigación de Incidente/Accidente.
- Accidente de trabajo leve: Es cuando la vida del trabajador no está en peligro.
- Si el trabajador sufre un accidente leve deberá informar a su jefe directo o supervisor.
- El prestador medico confirma adherencia y otorga atención medica según ley Nº 16.744/68.
- El empleador deberá formalizar la denuncia del trabajo (DIAT) llenada por el empleador o por quien tome conocimiento del accidente.
- Accidente de trabajo grave: Es cuando la vida del trabajador está en riesgo.
- El empleador debe suspender en forma inmediata las faenas donde ocurrió.(Cir-2345)
- El trabajador debe recibir atención médica.
- El empleador debe Notificar inmediato el accidente grave. Formalizar la denuncia de accidente de trabajo (DIAT) en el organismo administrador correspondiente.
- El prestador medico recibe orden de atención médica.
- Accidente de trabajo fatal: El trabajador muere en el lugar del accidente.
- El empleador debe restringir y suspender en forma inmediata las faenas donde ocurrió el accidente, dar aviso a carabineros, notificar inmediatamente el accidente.(Cir-2345)
- La empresa debe entregar el formulario de notificación inmediata de accidente de trabajo fatal o grave.
- El empleador de formalizar la denuncia de accidente de trabajo (DIAT) en el organismo administrador correspondiente.
- Documentos requeridos:
- Formulario de Denuncia Individual de Accidente de Trabajo (DIAT) llenada por el empleador o por quién tome conocimiento del accidente.
- Fotocopia del Contrato de Trabajo actualizado esto en el caso de trabajador dependiente que no sea funcionario público o trabajador independiente.
- Solo en caso que exista, además entregue el Certificado de Atención de Urgencia del lugar donde recibió la primera atención.
- Accidente de trayecto: Son aquellos accidentes ocurridos al trabajador en el trayecto directo, de ida o regreso, entre la habitación y lugar de trabajo. Asimismo, lo son aquellos que ocurren en el trayecto directo entre dos lugares de trabajo de distintos empleadores. Si el trabajador sufre un accidente de trayecto se debe:
- Informará su jefe directo o supervisor, solicitar atención medica.
- El prestador médico debe confirmar adherencia y otorgar atención medica.
- El empleador debe formalizar la denuncia (DIAT) en el organismo administrador.
- Documentos requeridos:
- DIAT llenada por el empleador o por quién tome conocimiento del accidente.
- Fotocopia del Contrato de Trabajo actualizado.
- Solo en caso que exista, además entregue el Certificado de Atención de Urgencia del lugar donde recibió la primera atención.
- Cualquier medio de prueba que certifique el hecho, tales como: declaración simple del trabajador o testigo, o parte policial (si lo hubiere) o cualquier otro medio de prueba.
- Enfermedad Laboral: Si el trabajador sufre una enfermedad que se presume laboral:
- El trabajador debe informar a su jefe directo, concurrir al organismo administrador.
- El empleador debe formalizar la denuncia DIEP en el organismo administrador.
- El prestador medico recibe la orden médica por denuncia de enfermedad profesional.
- Documentos requeridos:
- Formulario DIEP llenado por el empleador o por quién tome conocimiento de la presunta enfermedad.
- Fotocopia del Contrato de Trabajo actualizado.
- Certificado médico o cualquier documento que tenga relación con la enfermedad (solo en caso que ya haya recibido atención médica).
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