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CASO PRÁCTICO. La Cdra. Alicia Paredes se desempeña como Directora de Contrataciones del Ministerio del Interior y Transporte.

Enviado por   •  4 de Enero de 2018  •  881 Palabras (4 Páginas)  •  414 Visitas

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Alega que el acto que ataca es nulo de nulidad absoluta e insanable, por lo que solicita se lo deje sin efecto, con fundamento en que ella no se encontraba en la Dirección en la fecha en que produjo el hecho, pues – según surge de una nota que acompaña- había solicitado su licencia anual.

Asimismo, manifiesta que no se presentó al sumario porque en realidad nunca recibió en su domicilio la notificación que la citaba a declarar y a ejercer su defensa, pues el domicilio al cual se notificó es erróneo y acompaña la copia de su legajo, donde figura la última actualización de domicilio denunciada por la agente. Finalmente, agrega se le reintegren los haberes que se le descontaron.

Por Disposición N° 3333/15, el Subsecretario del Interior rechaza el recurso de reconsideración por extemporáneo y ordena el archivo de las actuaciones. Decisión que es notificada el día 9/10/2015.

Atento lo resuelto por el Subsecretario, la Dra. Paredes el mismo día 9/10/2015 presenta un escrito de queja por ante el Sr. Ministro del Interior y Transporte, por defectos de tramitación del recurso planteado, en los términos del art. 71 y ss del RPA, por cuanto el recurso de reconsideración fue presentado en tiempo y forma, además, solicita se trate el recurso jerárquico implícito.

Ante esta presentación, el Sr. Ministro le da intervención a la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio para que aconseje el trámite a seguir en los presentes actuados.

En su carácter de asesor jurídico del Ministerio del Interior y Transporte elabore un dictamen jurídico aconsejando a la autoridad administrativa que debe resolver, teniendo en cuenta:

1.- Admisibilidad formal del recurso planteado.

2.- Examen de los antecedentes obrantes en el expediente en el que tramitó la sanción aplicada a la Cdra. Paredes.

3.- Análisis de los fundamentos de la Disposición 524/15 y 3333/15.

4.- Análisis de los fundamentos y pruebas aportadas por el recurrente.

5.- En su caso, análisis fundado de los posibles vicios que observa en el acto administrativo cuestionado.

6.- Finalmente, aconseje a la autoridad administrativa la conducta a seguir desde el punto de vista jurídico y, cómo se debe notificar a la señora Paredes el acto que en consecuencia se dicte.

Normativa aplicable:

Ley Marco de Regulación del Empleo Público Nacional N° 25.164

Decreto N° 1421/02 – Reglamento de la Ley 25.164

Decreto N° 467/99 – Reglamento de Investigaciones Administrativas

Ley N° 19.549 – de Procedimientos Administrativos

Decreto N° 1759/72 – Reglamento de la Ley de Procedimientos Administrativos

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