CONTRATO DE CUENTA CORRIENTE, CONTRATO DE CUENTA BAMCARIA,PRENDA MERCATIL.
Enviado por Helena • 28 de Junio de 2018 • 8.553 Palabras (35 Páginas) • 508 Visitas
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Las sociedades adquieren personalidad jurídica, las cuales son capaces de ejercer derechos y contraer obligaciones, siendo el fondo de aportes el capital social y la prenda común de los acreedores de la sociedad,independientemente al de los socios. Su personalidad jurídica es un reconocimiento de la ley a la suma de voluntades de las personas naturales que la constituyen, a la libertad de asociación y contractual que tienen las personas de asociarse, de constituir y comprometer un patrimonio común para un fin económico colectivo determinado y para la participación en los dividendos en proporción a los aportes efectuados.
EL CONTRATO ELECTRÓNICO
Este comprende los negocios celebrados a través de los medios de comunicación y por medios informáticos. Este concepto abarcaría los contratos concluidos por medio de telex, del fax, de la videoconferencia, de la radio o del teléfono; es decir de todos los medios de comunicación, y los perfeccionados por medios telemáticos (Las computadoras), bien se traten de redes abiertas o cerradas,
En los contratos de ventas electrónicas, el consumidor tiene un conjunto de derechos que incluyen información previa del oferente, confirmación documental y registro de la transacción efectuada, derecho de resolver no cancelar el negocio y atribución de la carga de prueba al predisponerte. La forma de prestar el consentimiento incluye un plazode reflexión que esta regulado por la ley de protección al consumidor y al usuario.
Los contratos electrónicos son, por regla general contratos de adhesión, están amparados por un derecho exorbitantes con respecto al derecho común, el derecho deretratarse, que concede al los consumidores y usuarios.
La regulación de protección al consumidor se aplica solo a una clase de contrato electrónico, a los que tienen a un consumidor individual como destinatario final, no a los concertados entre empresas que están en la cadena de producción y distribución.
A pesar de la pretensión de globalidad de la ley de mensajes de datos, el verdadero campo practico de acción de esta en la contratación consensual al cual a sido legalmente trasladado recientemente el contrato de seguro, el perfeccionamiento electrónico no esta excepto de dificultades. La contratación electrónica ha pasado a ser la regla, tal como ocurre en algunos países con los contratos turísticos y de transporte en los cuales el formato electrónico ha sustituido el soporte documental.
La contratación a través de Internet (red abierta) y los contratos celebrados por medios de redes cerradas o con acceso limitado son contratos electrónicos. El contrato de condiciones de acceso y uso de pagina wed, el contrato de condiciones generales de tratamiento de datos en Internet, el contrato de condiciones generales de adhesión a tiendas virtual, el contrato de condiciones generales de venta electrónica directa y el contrato de condiciones generales de venta electrónica indirecta.
CONTRATO DE COMISIÓN
Es una especia de mandato por el cual se encomienda a una persona que se dedica profesionalmente a ello, la ejecución de negocios en nombre propio o por cuenta ajena. La Comisión es un mandato sin representación, en el que las partesse denominan Comitente que ejecuta los negocios y Comisionista quien recibe el encargo pero actúa a nombre del Comitente. Como Ejemplo tenemos: las bolsas de Valores, venta de bienes raíces.
Otros autores lo define como el contrato por el cual una parte, llamada comitente, encarga a otra, llamada comisionista, la conclusión de uno o más negocios por su cuenta y riesgo, pero de naturaleza mercantil.
La comisión mercantil es un mandato que tiene por objeto un acto u operación concretamente de comercio donde existen 2 sujetos que son el comitente (que es la persona que otorga la comisión) y el comisionista (que es quien la desempeña) y como mencionaba la comisión mercantil es un contrato de mandato, solo que con características especiales frente a los demás mandatos de derecho común, debido a la naturaleza del negocio encargado y a las partes involucradas por lo tanto la diferencia con un mandato civil radica en :
• Razones Objetivas (que tiene por objeto un acto u operación de comercio)
• Razones Subjetivas (que el comitente y el comisionista sean comerciantes)
Siendo la comisión mercantil una forma de mandato mercantil, muy parecido al mandato civil ya que sabemos que un mandato se puede referir a varias actividades, pero las principales son comprar o vender por cuenta ajena por esto en la comisión mercantil el comisionista mantiene en su poder fondos y valores del comitente, de los cuales solo puede disponer apegándose a las instrucciones de este, incurriendo en acción penal en caso de destinarlos a sus propios negocios.También es preciso tener en cuenta lo que es la definición de mandato civil, para tener una idea de la esencia del contrato de comisión mercantil entonces quedaría:
"Por el mandato el mandatario (comisionista) se obliga a realizar uno o más actos jurídicos, por cuenta y en interés del mandante (comitente)"
De esto rescatamos 2 elementos esenciales que deben estar presentes en todos los contratos de mandato:
1.- La realización de determinados actos jurídicos
2.- Que sean realizados por cuenta y en interés de un tercero
Teniendo en cuenta esto puede decirse que "el contrato de comisión es un contrato de gestión de los intereses de otro, por el cual una persona denominada comitente encarga a otra denominada comisionista la conclusión de un negocio a su nombre o en representación del comitente pero siempre a cuenta de este, a cambio de un premio o comisión".
CONTRATO DE COMISIÓN:
Artículo 376.- Comisionista es el que ejerce actos de comercio en su propio nombre por cuenta de un comitente.
Artículo 377.- El comisionista no está obligado a declarar a la persona con quien contrata el nombre de su comitente; pero queda obligado directa y personalmente hacia aquél, como si el negocio fuera suyo propio.
Artículo 378.- El comitente no tiene acción contra la persona con quien ha tratado el comisionista y, recíprocamente, ésta no la tiene contra el comitente.
Artículo 379.- Si el negocio encomendado se hiciere bajo el nombre del comitente, los derechos y las obligaciones que produce se determinan por las
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