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Caso 1: Operación de exportaciones del programa IMMEX.

Enviado por   •  16 de Mayo de 2018  •  3.080 Palabras (13 Páginas)  •  1.658 Visitas

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Caso 4: Claves IMMEX

Una empresa IMMEX denominada Maquiladora Automotriz, S. A. de C. V., quiere empezar a producir un producto nuevo el cual consiste en un descansabrazos de vehículo automotriz que se utiliza también como un depósito para guardar los discos compactos, las monedas, entre otras posibilidades. Esta pieza automotriz consta de 15 partes: nueve tornillos y seis piezas de plástico, que se ensamblarán en la maquiladora. Casi todas estas partes se importan temporalmente, por medio del programa de maquiladora, salvo tres tornillos que son mexicanos.

El cliente, la empresa Automedida, que va a adquirir este descansabrazos pide a la compañía Maquiladora Automotriz que embarque el producto terminado con unos repuestos de partes, mismos que se embarcarían por separado, en una caja de cartón. Si se considera que la empresa IMMEX no le va a efectuar ninguna modificación a esas partes, ¿qué tendrían los productores que hacerle para no tener problema alguno en la aduana? El personal tiene las siguientes dudas:

- ¿Pueden efectuarse importaciones temporales al amparo del programa IMMEX de mercancías que no sufrieron ningún proceso? Fundamenta tu respuesta.

No, el programa esta diseñado para llevar a cabo procesos de elaboración transformación y reparación, por lo que un producto que no sea sujeto a alguno de los procesos anteriores no podrá importarse al amparo de dicho programa

- ¿Cómo y con qué clave (A1, RT u otra) tendrían que retornar la mercancía de repuesto?

Con clave A1

- ¿El uso de la clave afectaría el descargo? Fundamenta su respuesta.

Si, ya que la clave A1 corresponde a importación y exportación definitiva y la clave correcta qué se debe utilizar es un RT, sin embargo al no sufrir alteración alguna no procede dicha clave

Caso 5: Tratamiento, variables y diferimiento

Las empresas IMMEX que importan temporalmente insumos no originarios de la región del TLCAN y Europa, y posteriormente los transforman y exportan a esas regiones del mundo, deben pagar el Impuesto General de Importación (IGI) de los insumos no originarios. No obstante, los artículos 14,15 y 16 del decreto IMMEX permiten diferir el pago, es decir, en lugar de que paguen el impuesto de importación a la entrada a México, pueden hacerlo a la salida (o retorno) al extranjero o una vez que transfieran la mercancía a otra empresa IMMEX o Recinto Fiscalizado Estratégico (RFE), o bien, a la industria automotriz, lo anterior siempre y cuando se tramiten pedimentos virtuales (clave V1).

Por medio de la presente actividad tendrás la oportunidad de analizar con detalle las opciones con las que cuentan las empresas inscritas en este programa para el pago correspondiente de impuestos de importación.

- Consulta los artículos 14 y 15 del decreto IMMEX.

- Indica la tasa de impuesto que podrán aplicar las empresas IMMEX al momento de realizar una importación temporal.

1 tasa general (LIGIE)

2 tasa PROSEC

3 tasa de los TLC s

- Menciona brevemente los casos en los cuales se estará exento del pago de impuestos al comercio exterior.

Cuando la mercancía provenga de algún país con el que México tenga tratado de libre comercio o que la mercancía se encuentre exenta o a tasa 0% en la LIGIE

- Describe los procedimientos para diferir el pago del Impuesto General de Exportación, con base en el cuadro Procedimiento de diferimiento de aranceles que se encuentra en Anexo 3.

Para efectos del TLCAN se tendrá que aplicar lo establecido en el artículo 303 del tratado.

Para el caso de Europa se tendrá que pagar el impuesto general de importación al momento de exportar el producto terminado a alguno de los 28 países y la empresa contara con un plazo de hasta 60 días naturales para efectuar dicho pago

Caso 6: Exportaciones de platos de plástico a Canadá

Nota: para efectos de este caso, la abreviatura UM significa Unidad Monetaria, con lo cual puede suponerse que es válido usar cualquier moneda que elijan el docente/asesor o el estudiante.

Se exportan desde México 10,000 platos de plástico bajo la subpartida de exportación 3924.10 (manufacturas de plásticos) con un valor unitario de $7.00 UM y un total del embarque de $70,000.00 UM; se pagan un impuesto ad valorem en Canadá de 9%, es decir $6,300.00 UM.

Entre de los insumos que se utilizaron en México se importaron temporalmente diversos kilogramos de polietileno originario de Taiwán.

Pedimento

Descripción

Fracción arancelaria

Cantidad

Unidad de medida

Valor en aduana

Tasa del IGI %

Ad valorem (UM)

50002348

Polietileno

3901.10.01

5,000

kg

120,000

3

3,600

Por cada 1,000 platos producidos se requieren 250 kilos de polietileno.

Determina el monto del Impuesto general de Importación a pagar en México producto de la exportación a Canadá del insumo no originario incorporado en los platos de plástico.

Se recomienda que primero determines:

- Cuántos kilogramos de polietileno se requieren para fabricar 10,000 platos.

2500 kilos

- Cuánto correspondería al polietileno (incluido dentro de los 10,000 platos de exportación) del arancel determinado en el pedimento de importación a México.

$1800 M/N

- Llevar a

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