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Competencias del turismo

Enviado por   •  21 de Marzo de 2018  •  1.671 Palabras (7 Páginas)  •  237 Visitas

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NIVEL ESTADAL.

Por otra parte, la Carta Magna de la República Bolivariana de Venezuela, nos pronuncia que el Poder Estadal es independiente en el régimen que establece las jurisdicciones de un Gobernador, el consejo legislativo, y los demás órganos que la ley establezca, Sin embargo, en el artículo 30 del Decreto de rango, valor y fuerza de Ley Orgánica de Turismo, al estado le corresponde en un marco de contribución y combinación con el Poder Público Nacional, extender formas de interposición ciudadana en materia turística. Al Estado, según las normas legales en antes mencionada, se le atribuyeron las siguientes actividades:

- Hallarse y sugerir en materia turística a las entidades municipales y a las comunidades organizadas, concejos comunales y demás formas de participación popular.

- Socorrer la plaza con el Ministerio del Poder Popular con competencia en materia de turismo, en el desarrollo de espacios turísticos.

- Cooperación de los órganos públicos y privados, en las actividades del turismo regional.

- Compilar y mantener actualizadas las estadísticas de la oferta y demanda en su territorio, para de esta manera el Ministerio del Poder Popular con competencia en turismo, destine recursos financieros para tal fin.

- Resguardar la integridad física del turista y sus bienes, en sus regiones correspondientes, en correspondencia con los organismos de seguridad ciudadana.

- Promocionar el Estado como utilización turístico a través de estrategias de innovadoras: promoción, publicidad y relaciones públicas.

- Amparar la integridad física del turista y sus bienes, en sus regiones correspondientes, en reciprocidad con los organismos de seguridad ciudadana.

- . Manifestar los planes, programas y proyectos para la consolidación de la planta turística y hotelera del estado.

NIVEL NACIONAL.

En nuestra Carta Magna, hallamos las competencias del Poder Público Nacional; en el artículo 156, los numerales 16 y 23 que enuncia, que está encargado del beneficio pleno de las riquezas naturales del país, también de las creaciones de políticas y legislaciones correspondientes a la materia del turismo. Sin embargo, en los artículos 8 y 9 del Decreto con rango, valor y fuerza de Ley Orgánica de Turismo; el Ministerio del Poder Popular es el ente de mayor, jurisdicción de la actividad turística, enfocado a evaluar y coordinar todas las políticas en el territorio nacional como destino turístico. Entre sus competencias, se encuentran:

- Regular, formular, seguir las políticas, planificar y realizar las actividades del Ejecutivo Nacional en materia turística.

- Fabricar el plan Nacional Estratégico de turismo y los procedimientos generales que exciten los destinos y productos turísticos nacionales.

- Regular, formular, seguir las políticas, planificar y realizar las actividades del Ejecutivo Nacional en materia turística.

- Estudiar, analizar y realizar informes estadísticos, entre otros, sobre la actividad turística.

- Confeccionar el plan Nacional Estratégico de turismo y los planes generales que fomenten los destinos y productos turísticos nacionales.

- Sistematizar con los Estados, Municipios y otros integrantes del sistema turístico Nacional la elaboración de planes, programas y todo lo atinente a la política del sector turístico.

- Coordinar con los Estados, Municipios y otros integrantes del sistema turístico Nacional la elaboración de planes, programas y todo lo atinente a la política del sector turístico.

- Regularizar con los Estados, Municipios y otros integrantes del sistema turístico Nacional la elaboración de planes, programas y todo lo atinente a la política del sector turístico.

- Suscitar con los órganos y entes competentes la participación protagónica de las comunidades en la oferta y gestión de productos turísticos, mediante la constitución de formas alternativas de organización popular

- Sembrar con los órganos y entes competentes la participación protagónica de las comunidades en la oferta y gestión de productos turísticos, mediante la constitución de formas alternativas de organización popular.

Ahora bien, el Poder Público Nacional, es el principal asegurador de que se desenvuelva de modo efectivo el turismo.

CONCLUSIÓN.

Para el desarrollo de Venezuela en materia del turismo se requiere la servicio enlazada a nivel Municipal, Estadal y Nacional que se consigue mediante la intervención ciudadana y la atracción de iniciaciones propios para cubrir el gasto público en todos sus niveles, en cualesquiera de sus fachadas se pretende promover proyectos de progreso que sobrelleven a la nación a perfeccionamientos no solo monetarios sino además desde el punto de vista social, cultural y político. Así mismo, el Ministerio de Turismo, es el miembro rector y la autoridad administrativa, que se debe encargar de expresar, concebir, administrar, sistematizar, evaluar y controlar las políticas, planes, programas, proyectos y acciones principales destinadas a la fomento de Venezuela como destino turístico, asumiendo como propósito vigorizar las zonas turísticos y ofrecer nuevos productos, y Comercialización para así socorrer al posicionamiento de Venezuela en el contexto nacional e internacional como destino turístico, a través de métodos de mercadeo y actividades de promoción.

Sin embargo, actualmente el contexto política arbitraria en el país afecta marcadamente el turismo, agrupado a ello el agudo índice de inseguridad, las escasas infraestructura, de políticas económicas que activen la inversión, los inconvenientes derivados por el control cambiario entre otros. Cabe señalar, la importancia del poder adquisitivo que cada día es menor y la población solo obtiene ingresos para cubrir sus necesidades básicas posponiendo las necesidades de recreación.

BIBLIOGRAFÍA.

- Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999).

- Ley Orgánica del Poder Público Municipal (LOPPM).

- Ley Orgánica de la Administración Pública.

- Decreto con rango, valor y fuerza de Ley Orgánica de Turismo.

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