DE LA ADJUDICACION EN UNIDADES AGRICOLAS FAMILIARES
Enviado por Albert • 27 de Diciembre de 2018 • 961 Palabras (4 Páginas) • 471 Visitas
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Esta Cooperativas Campesinas deberán de explotar las tierras por medio de sus asociados o coparticipantes. En el caso de que los coparticipes fuere insuficiente para la adecuada explotación de los predios, deberá de incrementarse con el fin de hacer innecesaria la contratación de mano de obra. Cabe mencionar que la contratación de mano de obra asalariada solo se podrá realizar en periodos del ciclo productivo; es de hacer notar que estos asalariados tendrán derecho preferente a cualquier otra persona para ser incorporados como nuevos asociados y deberán de recibir remuneraciones por lo menos igual a la que reciba el cooperativista o coparticipe que desempeñe labores semejante, además el alojamiento higiénico cuando tenga que residir en el predio.
En el caso de disolución de una cooperativa campesina el Instituto Nacional Agrario tendrá derecho preferente para la adquision de los bienes de la misma, el valor y la forma de pago se determinara de común acuerdo entre el Instituto Nacional Agrario y la Cooperativa, en el caso de que no se llegue a un acuerdo el Instituto Nacional Agrario lo determinara con arreglo al Reglamento correspondiente..
DE LA ADJUDICACION DE EMPRESAS ASOCIATIVAS CAMPESINAS
La Empresa Asociativa Campesina es la constituida por personas beneficiarias de la Reforma Agraria, las cuales acuerdan aportar en común su trabajo, industria, servicios y otros bienes, con el fin primordial de explotar directamente uno o más predios rústicos adjudicados por el Instituto Nacional Agrario, así como para comercializarlo o industrializar los productos y repartirse entre los asociados, en forma proporcional a sus aportes, las utilidades o perdidas que resulten. Toda Empresa Asociativa Campesina deberá de estar constituida legalmente con lo cual cuenta con personalidad jurídica lo que conlleva a obligaciones y derechos.
Para tal efecto al momento de constituirse se realizara por lo menos de cinco (5) socios y de los cuales deberán contar con personalidad Jurídica la cual deberá de inscribirse en el Registro de Empresas Asociativas de Campesinos que se llevan a cabo en la Secretaria de Agricultura y Ganadería (SAG). Cabe mencionar que de existir reformas deberán de inscribirse en tal registro .
La responsabilidad de los socios estará limitada a sus aportaciones, su responsabilidad ante terceros comprenderá el patrimonio total, con excepción de la tierra que se haya recibido como adjudicación. Los aportes de los socios constituirán esencialmente en su trabajo personal. Asimismo se podrá recibir aportes de los socios consistentes en especies siempre que guarden armonía con lo prescrito en la Ley.
previo dictamen emitido por el Instituto Nacional Agrario deberá de inscribí mplir con los requisitos establecidos por la Ley. Dicha p
El Instituto Nacional Agrario fomentara la constitución d empresas asociativas de campesinos los cuales serán adjudicatarias propietarias de las tierras destinadas a la Reforma Agraria.
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