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DERECHO CIVIL CLÁSULA PENAL

Enviado por   •  8 de Junio de 2018  •  5.294 Palabras (22 Páginas)  •  404 Visitas

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Su relación principalmente radicará como un tipo de garantía puesto que si las obligaciones no se cumplen o los derechos no son respetados, la cláusula deberá estipular el procedimiento que corresponda.

4. TIPOS DE CLAUSULAS PENALES

Así como asentamos que hay tipos de cláusulas, como lo son exonerantes de responsabilidad, la restrictiva y la de responsabilidad en la que se encuentra situada la cláusula penal.

Así mismo la cláusula penal se dividirá en dos partes, para hacer más entendible lo siguiente, su aplicación, ventajas, nulidad.

Clausula compensatoria

Este tipo de cláusula penal resalta y estipula que si la obligación (contrato) no es cumplido en su esencia esta será subsidiaria, la cobertura de la pena convencional la sustituye y la extingue.[5]

Cláusula penal moratoria

Será moratoria cuando el incumplimiento del co-contratante, sea estipulado con un cargo o se pacte pagar por un simple retraso en el cumplimiento de la obligación. Esta modalidad de la cláusula penal aparte de ser accesoria es adjunta dado que coexiste con la obligación principal y da derecho al acreedor a reclamar y obliga al deudor a cumplirla.[6]

Es importante detectar que tipo de cláusula se debe establecer y sea de mayor conveniencia para ambas partes, incluso para hacer certeras las consecuencias que traería para el contratante y co-contratante el incumplimiento de las obligaciones tanto de uno con respecto del otro y así poder conocer las sanciones aplicadas para los diferentes casos que se presenten durante el convenido lapso de tiempo que este tenga relación.

5.CARACTERISTICAS DE LA CLÁUSULA PENAL

La cláusula penal es, consensual, condicional y accesoria.

- Consensual.

La ley no ha exigido solemnidades de ninguna especie para la cláusula penal, aunque naturalmente le rigen la las limitaciones para la prueba testimonial. [7]

Se considera, eso sí, que la pena se refiere a bienes raíces o derechos reales construidos en ellos, deberá constar por escritura pública.

- Condicional

El derecho del acreedor a cobrar la pena depende de un hecho futuro e incierto: se ha resuelto que es eventual.

- Accesoriedad

Como caución que es la cláusula penal accede a una obligación principal que garantiza. No puede existir cláusula penal sin ella.

Esta obligación puede ser incluso natural siempre que la pena se la imponga un tercero.[8]

Como consecuencia de su carácter accesorio, la cláusula penal, se extingue conjuntamente con la obligación principal, puesto que como ya hemos mencionado, no existe sin obligación principal.

6.VENTAJAS DE LA CLÁUSULA PENAL

Una de las ventajas más visibles de esta sanción es que no es necesario probar el incumplimiento de la obligación, haciendo pues, de esta la estipulación de la pena convencional sumamente útil, porque además de que la estipulación exime a la victima de mostrar pruebas de daños y prejuicios ya mencionados anteriormente, también la cuantía de los mismo puesto que este monto fue fijado de antemano y estando de acuerdo las partes contratantes.

Y en efecto el Acreedor no está obligado a comprobar que sufrió algún tipo de perjuicio, ni el deudor podrá eximirse de ella probando que el acreedor no sufrió prejuicio alguno.

Simplemente será necesario al acreedor demostrar que:

- Existió el incumplimiento del cual es víctima.

Ejemplo: En un arrendamiento se puede demostrar si el arrendatario ha pagado o no de manera muy sencilla puesto que el recibo fiscal si este es solicitado, tendrá fecha y folio, así como datos personales tanto como del arrendador y del arrendatario incluso si es un recibo sencillo que solo es expedido por el arrendador de manera informal, pero que representa el pago sobre los derechos, este mismo debe llevar la firma del arrendador así como folio y datos personales. Es realmente fácil demostrar el incumplimiento revisando el número de recibos expedidos a la fecha de inicio de la obligación principal (el contrato)

- Que se convino una pena en la que dicho incumplimiento seria sancionado.

En esta parte, poniendo el mismo caso de un arrendamiento es conveniente siempre guardar la copia del contrato firmado por ambas partes en el cual se comprobara que se estuvo de acuerdo y se dio consentimiento por arrendador y arrendatario para aceptar la cláusula para así evitar conflictos futuros.

La utilidad de la cláusula penal es enorme y conviene emplearla siempre que se tenga la menor duda de que una de las partes incurrirá en el hecho ilícito de incumplir las cláusulas de un contrato, y si se trata de una declaración unilateral de la voluntad cobrara está mayor seriedad ante el público; si va seguida de una cláusula penal, pero en síntesis su utilidad se puede concretar en estos puntos:

Con ella se elimina la dificultad de tener que demostrar el daño y el prejuicio sufrido con el hecho ilícito al pedir la pena el acreedor no está obligado a probar que ha sufrido perjuicios ni el deudor podrá eximirse de satisfacerla probando que el acreedor no ha sufrido perjuicio alguno.

7.EFECTOS DE LA CLAUSULA PENAL

Enunciación. El efecto fundamental de la cláusula penal es permitir al acreedor cobrarla en caso de infracción al contrato por parte del deudor.

Para de este efecto y los condicionales que pueden producirse nos referiremos a los siguientes aspectos:

- cuando tiene el acreedor derecho a cobrar la pena

- casos del incumplimiento parcial

- cobro de la pena obligación principal a indemnización y

- pluralidad de acreedores y deudores

- Para que el acreedor cobre la pena deben concurrir los requisitos de la indemnización de perjuicios menos éstos, Para que el acreedor puede en situación de cobrar la pena estipulada es necesario que

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