El Ius Puniendi, en el paradigma de la nueva concepción legal en el Ecuador
Enviado por Stella • 7 de Marzo de 2018 • 1.093 Palabras (5 Páginas) • 540 Visitas
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Vaellos,E.(2006) nos hace mención que el derecho tiene que establecer normas penales y aplicarlas ya que son derechos intransmisibles que no pueden ser compartidos con otras instancias ni tiene carácter limitado de lo cual debe quedar enmarcado es un poder social democrático no es absoluto y siempre esta precedido por una serie de principios como lo es el de legalidad ya mencionado anteriormente los que vienen a funcionar de acuerdo al límite del mismo.
Este poder que se le ha otorgado al estado se lo ha dado principalmente a autoridades competentes las cuales con la debida autorización tienen el derecho de actuar de manera determinada de acuerdo al ordenamiento jurídico también en ciertos casos es atribuido por la ciudadanía mediante un pacto social de las cuales seden sus facultades para que actúen como representantes propios.
También nos da a conocer que es un poder público en donde se pueden ejercer funciones estatales que protegen los bienes jurídicos tanto de las personas como los entes jurídicos que se encuentran en poderío del estado constitucional de derechos y justicia.
Lo más importante es que el estado actúa siempre en voluntad de las personas y no de manera coercitiva no habrá nepotismo ni abuso de poder todo será en principio de las personas a favor de ellas de las cuales las que más favorezcan a la ciudadanía buscando el bien colectivo.
Cotarelo,J.(2008) Nos menciona que :
Para Muñoz Conde y García Arán, el tema de la legitimidad del Derecho Penal o de la legitimidad del Estado para utilizarlo en el establecimiento o mantenimiento de su sistema no es, una cuestión superflua, pero en cierto modo, está más allá del Derecho Penal propiamente dicho” , pues consideran que tal aspecto no puede ser desconectado del sistema político, social, económico y jurídico, y en tal sentido argumentan: “La legitimidad del Derecho Penal o del poder punitivo del Estado proviene pues, del modelo fijado en la Constitución y de los pactos o tratados internacionales como la Declaración de Derechos Humanos, que el Derecho Penal debe respetar y garantizar en su ejercicio
Cotarelo,J.(2008) Nos menciona que :
Concluyen planteando que: “El poder punitivo no puede configurarse como un derecho subjetivo. Es un poder que el derecho objetivo concede para su propia realización, y como poder, correspondiente a un órgano investido de “autoritas”, debe definirse más exactamente como potestad. Ello no implica, obviamente, que se trate de un poder ilimitado. Al contrario, en la propia idea de poder de realización del derecho objetivo reside un fundamento profundamente limitativo que el pensamiento del ius puniendi no puede proporcionar.
Referencias bibliográficas
- Constitución de la República del Ecuador 2008.
- Vaello, E. (2006). Introducción al Derecho Penal. Universidad de Alicante
- Albán, E. (2012). Manual de Derecho Penal Ecuatoriano (Tomo 1: Parte General)
- Recuperado de 30 de mayo de 2016 de
- Cotarelo,J.(2008) Recuperado de 30 de mayo de 2016 de http://www.eumed.net/libros-gratis/2011b/945/EL%20EJERCICIO%20DEL%20IUS%20PUNIENDI%20DEL%20ESTADO.htm
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