GESTIONAR TRAMITACIÓN DE MARCAS, BASÁNDOSE EN DOCTRINA, NORMATIVA Y JURISPRUDENCIA APLICABLE EN LA MATERIA
Enviado por Helena • 9 de Abril de 2018 • 3.202 Palabras (13 Páginas) • 385 Visitas
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pretendían constituirse en marca, no han sido otorgados porque ya existen marcas idénticas o similares registradas previamente en el Servicio Nacional de Propiedad Intelectual de Bolivia - SENAPI, cuestiones que han promovido Oposiciones que impiden el registro marcario; Denegación de registro por parte del SENAPI; Nulidad de marca por aspectos de fondo o de forma; Cancelación de registro marcario por falta de uso; Infracción de los derechos marcarios de otro titular, de modo que se justifica plenamente impartir dentro de la asignatura de Propiedad Intelectual, la competencia de la referencia en la que se promoverán e integrarán los conocimientos teóricos, normativos y jurisprudenciales para llevarlos a la práctica, pues el titular de una marca, pudo haber hecho una seria inversión económica para posicionar la marca en el mercado, y podría verse obligado a retirar la marca y productos o servicios del mercado, de no haberse realizado una adecuada gestión.
Por otro lado, el hecho de que el Servicio Nacional de Propiedad Intelectual de Bolivia SENAPI, se esté institucionalizando en los últimos años, hace que muchas veces los funcionarios de esta institución, no cuenten con los conocimientos debidos en cuanto al tema de Propiedad Intelectual, por lo que es aún más importante que el futuro abogado que se está formando pueda realizar una gestión de trámites marcarios adecuada, éste podrá ser el guía de los funcionarios del SENAPI, de forma que debe tener conocimiento y dominio de la normativa, doctrina y jurisprudencia que puede aplicarse en la materia.
En orden a ello, se hace sumamente importante introducir en el mercado laboral, a estudiantes, que hayan desarrollado adecuadamente la competencia planteada en el presente trabajo.
3.2 Contexto Disciplinar.
Así como lo hace el Derecho constantemente, la asignatura de Propiedad Intelectual ha ido evolucionando de forma periódica con el paso de los años, por lo que distintos estudiosos del Derecho Mercantil o Comercial se han dedicado a desarrollarla apoyándose en distintas normativas y fallos de los Tribunales competentes, es así que se ha logrado determinar que la Propiedad Intelectual se refiere a las creaciones de la mente: invenciones, obras literarias y artísticas, así como símbolos, nombres e imágenes utilizadas en el comercio , y que además ésta se divide en dos categorías: Propiedad industrial, y Derecho de autor.
En ese orden, juristas como Carlos Fernández-Novóa, José Manuel Otero Lastres y José Manuel Botana Agra, han escrito importantísimas obras como el Manual de Propiedad Industrial, libro que –para los fines de la competencia que se ha planteado- permite estudiar de forma detallada a las Marcas desde el punto de vista conceptual, así como parte del ordenamiento jurídico español, la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual y la Unión Europea, de modo que se ha constituido Doctrina muy importante y útil en la materia.
En el ámbito normativo, la asignatura de Propiedad Intelectual ha cobrado mayor relevancia en nuestro ordenamiento jurídico, debido a la inclusión de artículos referidos a la materia en el texto de la Constitución Política del Estado de 2009, mismos en los que se protege a la Propiedad Intelectual plasmada en los conocimientos y saberes tradicionales de las naciones y pueblos indígenas originarios campesinos; protección de conocimientos de la medicina tradicional, y en general varios aspectos referentes a la Propiedad Intelectual. Si bien Bolivia cuenta con normativa propia referida a Marcas y Patentes, no debe olvidarse que esta normativa ha quedado bastante obsoleta por el hecho de que se trata de normas que han sido promulgadas en los años 1916 y 1918 respectivamente.
Ahora bien, debe tomarse muy en cuenta que Bolivia es País Miembro de la Comunidad Andina y debido a temas de Derecho Comunitario, Bloque de constitucionalidad (incluido en la Constitución Política del Estado), firma del Tratado de Creación del Tribunal de Justicia de la CAN y Jurisprudencia Andina desarrollada en la materia, tiene la obligación de aplicar la normativa comunitaria andina de forma preferente y directa a la normativa nacional, por lo que en nuestro Estado en materia de marcas se aplica la Decisión 486 Régimen común sobre Propiedad Industrial.
Al mismo tiempo, y debido a que la normativa comunitaria andina lo permite, el SENAPI ha emitido el Reglamento de Procedimiento Interno de Propiedad Industrial y Observancia del Servicio Nacional de Propiedad Intelectual (SENAPI), que desde 2008 ha establecido ciertos mecanismos que han coadyuvado en la tramitación de solicitudes de Propiedad Industrial en Bolivia, norma que establece sus distintos alcances en base a la Ley de 2341, Ley de Procedimiento Administrativo y su Reglamento que regula los aspectos procedimentales que se aplican en materia administrativa en Bolivia y que no son regulados por la Decisión 486 de la CAN.
Adicionalmente, existe el tema de la Jurisprudencia, muy útil a la hora de fundamentar Oposiciones y Recurrir ciertos actos en Bolivia –aunque no de forma masiva- se emplea la Jurisprudencia que emite el Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina, cuyas Interpretaciones Prejudiciales establecen parámetros que los órganos nacionales de los Países Miembros de la Comunidad Andina deben seguir a la hora de analizar un conflicto marcario. Gracias a este útil instrumento es que se han establecido principios fundamentales como las Reglas de cotejo marcario, Conexitud competitiva, Identidad y/o Similitud de signos distintivos, papel del Consumidor medio, entre otros importantes aspectos.
El fin de la competencia que se pretende desarrollar quiere inducir al alumno a emplear de forma adecuada los distintos fallos emitidos por el citado Tribunal, en cada caso concreto.
3.3 Contexto Profesional.
Funciones y tareas que deben realizar los profesionales.
Los profesionales que vayan a desempeñar sus actividades dentro del área de Propiedad Intelectual deberán ser capaces de gestionar la tramitación de marcas, aplicando adecuadamente la Doctrina, Normativa y Jurisprudencia desarrollada en la materia.
Deben elaborar la estrategia a seguir en la gestión de marcas, mediante la identificación de los elementos que le interesen a un cliente en relación a una marca, así como la elaboración de un informe en el que se le haga saber al cliente todos los pasos a seguir previamente a la solicitud de registro de un signo como marca.
Por otro lado, deben gestionar una marca aplicando los conocimientos doctrinales, normativos y jurisprudenciales de la materia, para ello realizarán diversas actividades entre las que destacan la redacción de memoriales de
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