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GRUPOS DE INCOTERMS.

Enviado por   •  27 de Mayo de 2018  •  2.583 Palabras (11 Páginas)  •  418 Visitas

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Es importante mencionar que, el Incoterm CIP complementa el CPT, que es casi una versión extendida del CFR. Y es que las condiciones y la modalidad (marítima) son las mismas, sólo que el vendedor también tiene que procurar un seguro marítimo a beneficio del comprador por pérdida o daño de las mercancías durante el transporte. Donde las obligaciones del vendedor constan de contratar un seguro de transporte según lo pactado con el comprador en el contrato. Éste tiene que permitir al comprador o a cualquier persona con interés asegurable sobre las mercancías, reclamar directamente al asegurador, facilitando al comprador la póliza de seguro o prueba de la cobertura válida, esta cobertura, además, cubre desde la entrega de la mercancía en origen hasta la entrega en el lugar convenido en el destino. Las obligaciones del comprador coinciden con las del incoterm.

Incoterm FCA, significa que el vendedor entrega la mercancía previamente despachada de exportación al transportista elegido (transitario, naviera, aerolínea, etc.) por el comprador en lugar convenido. Este punto condiciona las obligaciones de carga y descarga de la mercancía. En este sentido, si la entrega se lleva a cabo en las instalaciones del vendedor, es éste quien asume el coste de la carga en el medio de transporte, mientras que si se realiza en cualquier otro sitio, el vendedor no es responsable. Las Obligaciones del vendedor para este grupo generalmente son: Suministrar mercancía y factura comercial según contrato, Obtener licencias, autorizaciones y similares, Despachar de exportación la mercancía, Correr con el riesgo de pérdida o daño hasta la entrega de la mercancía y Pagar gastos de la mercancía hasta su entrega, incluyendo despacho de exportación y otras dispendios exigibles a este respecto. Y las Obligaciones del comprador son: Pagar el precio de la mercancía según contrato, Despachar de importación la mercancía, pagando los impuestos y derechos respectivos y obteniendo las licencias y similares que sean menester, Contratar y pagar el transporte de la mercancía desde el lugar de entrega convenido, así como los costes desde ese punto, Aceptar la entrega de la mercancía y Cubrir los riesgos de daño y pérdida desde la entrega por parte del vendedor.

Se señala el grupo Incoterm FAS cuando el vendedor hace la entrega cuando la mercancía queda colocada al lado del buque en el puerto de embarque acordado. Es decir, el comprador se encarga del coste y riesgo desde ese punto. Hasta ahí, el vendedor corre con los gastos, incluido el despacho aduanero de exportación. En cuanto a las obligaciones del vendedor son similares al FCA cambiando solo en unos aspectos del comprador que son: Recibir la mercancía a su entrega por parte del vendedor, corriendo con gastos y riesgos desde ese instante y pagar gastos adicionales, por ejemplo, derivados de retrasos en la llegada del buque designado por el comprador a puerto de embarque o porque éste no admite carga antes del tiempo acordado.

Cabe destacar que el incoterm DAP (“Delivered At Place” o “Entregada en Lugar Convenido”) supone que el vendedor despacha las mercancías de exportación y las entrega cuando las pone a disposición del comprador en un lugar acordado, pero antes de descargarla. Cuyas obligaciones del vendedor son: Suministro la mercancía y la factura o equivalente, de conformidad con el contrato, Despachar de exportación la mercancía, solicitando y consiguiendo los permisos requeridos y pagando los impuestos y derechos necesarios, Contratar y pagar el transporte de la mercancía hasta el lugar de destino acordado, Entregar la mercancía al comprador sin descargarla, Soportar riesgos de pérdida o daño hasta su entrega, al igual que los costes relacionados con la mercancía hasta ese punto.

A su vez el comprador tiene como obligación: Pagar el precio de la mercancía, según lo acordado con el vendedor en el contrato de compraventa, Obtener las licencia de importación y otros documentos para llevar a cabo el despacho de importación, trámite del que además debe responsabilizarse y cubrir los costes, Recibir la entrega de la mercancía, Cubrir riesgo de pérdida o daño de la mercancía desde su entrega, fecha acordada o desde la fecha de finalización del periodo de entrega acordado, Pagar los gastos relativos a las mercancías su entrega por parte del vendedor, además de los costes de descarga en destino y por ultimo Asistir al vendedor para conseguir cualquier documento que necesite el vendedor para el transporte y exportación de la mercancía.

Incoterm DAT es una novedad de los Incoterms 2010 (la última actualización realizada por la ICC) y reemplaza al incoterm DEQ. Éste indica la entrega de la mercancía de vendedor a comprador se lleva a cabo en la terminal de destino designada, ya sea en el puerto o en el lugar acordado. Por terminal entendemos cualquier lugar, desde un muelle o un almacén hasta una terminal de carga aérea, ferroviaria o un depósito de contenedores (“container yard”). Asimismo, el vendedor soporta el riesgo vinculado al traslado y descarga de las mercancías en destino, además de despacharla de exportación.

El incoterm mencionado anteriormente menciona ciertas obligaciones como: Suministrar la mercancía y la factura comercial, Despachar la exportación, Contratar y pagar el transporte hasta la terminal designada en puerto o lugar de destino establecido, Descargar y entregar la mercancía y Soportar los riesgos de pérdida o daño hasta la entrega, responsabilizándose de los costes hasta ese momento. Las Obligaciones del comprador son : Pagar la mercancía según lo pactado en el contrato de compraventa, Despachar de importación la mercancía, obtener los permisos necesarios para ello y pagar los derechos e impuestos que procedan, Recibir la entrega de las mercancías y Cubrir los riesgos y costes desde su entrega en destino.

Incoterm FOB (Franco a Bordo) allí encontramos un incoterm mediante el cual el vendedor hace la entrega de la mercancía despachada de exportación a bordo del buque, que estará atracado en el puerto de embarque convenido. Asimismo, el comprador soporta todos los costes y riesgos de daño o pérdida desde ese lugar. Las Obligaciones son: Suministrar mercancía y factura según contrato, Despachar las mercancías de exportación, Entregar la mercancía a bordo del buque elegido por el comprador en el puerto convenido, Responsabilizarse de riesgos y costes relacionados con la mercancía hasta la entrega en el buque y Prestar ayuda al comprador a expensas de éste para obtener documentos necesarios para la importación o contratar un seguro.

Como enfoque se tienen las Obligaciones del comprador ya que, dentro de estas encontramos similitud con otras pero esta soportar el riesgo de

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