Informe de supervisión. Situaciones Detectadas en Seguridad Industrial
Enviado por Ninoka • 2 de Agosto de 2018 • 1.607 Palabras (7 Páginas) • 478 Visitas
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Todos los locales o lugares de trabajo deberán contar con vías de evacuación horizontales y/o verticales que, además de cumplir con las exigencias de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcción, dispongan de salidas en número, capacidad y ubicación y con la identificación apropiada para permitir la segura, rápida y expedita salida de todos sus ocupantes hacia zonas de seguridad. Las puertas de salida no deberán abrirse en contra del sentido de evacuación y sus accesos deberán conservarse señalizados y libres de obstrucciones. Estas salidas podrán mantenerse entornadas, pero no cerradas con llave, candado u otro medio que impida su fácil apertura.
Las dependencias de los establecimientos públicos o privados deberán contar con señalización visible y permanente en las zonas de peligro, indicando el agente y/o condición de riesgo, así como las vías de escape y zonas de seguridad ante emergencias. Además, deberá indicarse claramente por medio de señalización visible y permanente la necesidad de uso de elementos de protección personal específicos cuando sea necesario.
Los símbolos y palabras que se utilicen en la señalización, deberán estar de acuerdo con la normativa nacional vigente, y a falta de ella con la que determinen las normas chilenas oficiales y aparecer en el idioma oficial del país y, en caso necesario cuando haya trabajadores de otro idioma, además en el de ellos (art. 37 D.S. 594).
g) Todo lugar de trabajo en que exista algún riesgo de incendio, ya sea por la estructura del edificio o por la naturaleza del trabajo que se realiza, deberá contar con extintores de incendio, del tipo adecuado a los materiales combustibles o inflamables que en él existan o se manipulen.
El número total de extintores dependerá de la superficie a proteger de acuerdo a lo señalado en el artículo 46°.
Los extintores deberán cumplir con los requisitos y características que establece el decreto supremo Nº 369, de 1996, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, o el que lo reemplace, y en lo no previsto por éste por las normas chilenas oficiales. Además, deberán estar certificados por un laboratorio acreditado de acuerdo a lo estipulado en dicho reglamento (art. 45 D.S. 594).
h) Los extintores se ubicarán en sitios de fácil acceso y clara identificación, libres de cualquier obstáculo, y estarán en condiciones de funcionamiento máximo. Se colocarán a una altura máxima de 1,30 metros, medidos desde el suelo hasta la base del extintor y estarán debidamente señalizados (art. 47 D.S. 594).
i) Todo el personal que se desempeña en un lugar de trabajo deberá ser instruido y entrenado sobre la manera de usar los extintores en caso de emergencia (art. 48 D.S. 594).
j) Los extintores que precisen estar situados a la intemperie deberán colocarse en un nicho o gabinete que permita su retiro expedito, y podrá tener una puerta de vidrio simple, fácil de romper en caso de emergencia (art. 49 D.S. 594).
k) Confirmar asistencia a curso de capacitación Monitor de Prevención de Riesgos, en el cual se debe incorporar la participación del Gerente de la empresa y Asistente. Este curso es sin ningún costo para la empresa y brinda los conocimientos básicos que debe mantener y establecer con respecto a la prevención de riesgos y de cómo actuar frente a un accidente.
Anexo 1:
Considerando que los metros cuadrados de las dependencias visitadas se desconocen, se recomienda calcular la cantidad de extintores de acuerdo a la siguiente tabla, correspondiente al artículo 46 del Decreto Supremo 594.
Superficie de cubrimiento máxima por extintor. (metros cuadrados)
Potencial de extinción mínimo.
Distancia máxima de traslado. (metros de distancia)
150
4A
9
225
6A
11
375
10A
13
420
20A
15
El número mínimo de extintores deberá determinarse dividiendo la superficie a proteger (metros cuadrados de la instalación) por la superficie de cubrimiento máxima del extintor, indicada en la tabla precedente y aproximando el valor resultante al entero superior. Este número de extintores deberá distribuirse en la superficie a proteger, de modo tal que desde cualquier punto, el recorrido hasta el equipo más cercano, no supere la distancia máxima de traslado (tercera fila de la tabla precedente la cual se mide en metros). Si la distancia máxima de traslado es superada, se debe considerar el aumento de la cantidad de extintores, los cuales permitan disminuir la distancia de traslado.
Asimismo, se recomienda adquirís extintor portátil de contenido CO2 (dióxido de carbono), el cual se dispondrá en área cercana al centro de red.
En aquellos lugares donde el extintor quede expuesto a las condiciones climáticas, se deberá proteger mediante la instalación de gabinetes, los cuales deben poseer una puerta de material fácilmente accesible, que permita el fácil acceso en caso de un inicio de un fuego. A continuación se muestra una imagen de muestra.
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