Juicio de nulidad responsabilidades administrativas
Enviado por John0099 • 3 de Enero de 2019 • 12.460 Palabras (50 Páginas) • 421 Visitas
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Asimismo, y de conformidad con lo establecido en los artículos 15 y 28 fracciones IX y XI de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, la suspensión de la ejecución de la resolución por los perjuicios que me causa, toda vez que me ocasiona perjuicios de difícil reparación al desacreditarme como mando superior de la Institución a la que pertenecí y como servidor público; siendo que la resolución impugnada NO ES una RESOLUCIÓN FIRME, por lo que el daño, en caso de no otorgarme la suspensión solicitada, es IRREPARABLE, en los términos que he expuesto; además de que el suscrito, a partir del de de dos mil , no me desempeño en la Administración Pública, por lo que no soy servidor público y en consecuencia, no se configura lesión al orden público ni al interés social.
- Pruebas:
Las que se señalan en el apartado correspondiente de este escrito.
- Conceptos de impugnación:
Los que se señalan en el apartado correspondiente de este escrito.
- Nombre y domicilio del tercero perjudicado:
No existe.
- Peticiones:
H E C H O S
1. Mediante citatorio OIC/PFP/AR/3223/2006 de fecha catorce de diciembre de dos mil seis, fui citado a comparecer a la Audiencia de Ley, que tuvo verificativo el diez de enero del año en curso, en las oficinas del Órgano Interno de Control en la Policía Federal Preventiva; resultado de supuestas imputaciones hechas al suscrito, consistentes en que: “derivado de la compra de 170 equipos transreceptores de Radiocomunicación en la banda VHF, para motopatrullas (Radios Móviles Analógicos), para su instalación y puesta en operación, se advirtió que en el momento de la entrega-recepción de los mismos, firmó de conformidad las Actas Circunstanciadas de fecha 26 y 29 de diciembre del 2003, en las cuales indebidamente convino, "que los equipos no instalados quedarán en resguardo de la COMPAÑÍA E & E SERVICE S.A. DE C.V. HASTA QUE PERSONAL DE LA COORDINACIÓN DE SERVICIOS ' TÉCNICOS DE LA PFP LOS RECIBA COMPLETAMENTE INSTALADOS Y OPERANDO.", dejando en resguardo de la empresa E & E Service S,A. de C.V., 91 equipos (Radios Móviles Analógicos), siendo que los equipos eran propiedad de la Policía Federal Preventiva y por lo tanto debían permanecer a resguardo de la Institución para garantizar un correcto control, manejo y conservación de los bienes.
Por otra parte, con relación a la declaración 1.5 del contrato número SSP/PFP/CNS/221/2003, celebrado entre la Policía Federal Preventiva y la empresa E & E Service S.A. de C.V., para la Adquisición, Instalación y Puesta en Operación de 170 equipos Transreceptores de Radiocomunicación en la banda VHF, para Motopatrullas (Radios Móviles Analógicos), omitió como Área Solicitante nombrar a un representante, quien en el ámbito de su competencia sería el encargado de administrar y vigilar el cumplimiento de las obligaciones de contrato en mención.
Asimismo, presuntamente firmó de recibido 64 equipos Transreceptores de Radiocomunicación para su pago al proveedor, no obstante que no fueron recibidos instalados ni puestos en operación, generándose un pago improcedente por $2,055,019.46, en contravención de lo dispuesto en la cláusula tercera del contrato, SSP/PFP/CNS/221/2003.”
2. El diez de enero de dos mil siete, el suscrito acudió ante el Órgano de Control Interno de referencia, para el desahogo de la audiencia de ley señalada en el punto inmediato anterior, audiencia en la cual se ofrecieron las pruebas pertinentes para desvirtuar la inexistente imputación y se hicieron valer los alegatos correspondientes.
3. A pesar de las pruebas y argumentos vertidos por el suscrito al momento del desahogo de la Audiencia de Ley, con fecha veintisiete de febrero de dos mil siete, el suscrito fue notificado de la resolución de fecha veintiuno de febrero de dos mil siete, dictada en el expediente ER-326/2006 por el Titular del Área de Responsabilidades del Órgano de Control Interno en la Policía Federal Preventiva, imponiéndome una sanción consistente en inhabilitación por un año para desempeñar cualquier empleo, cargo o comisión en la Administración Pública, ya que en mi carácter de integrante de la Policía Federal Preventiva, supuestamente infringí con mi conducta lo dispuesto por los artículos 8, fracciones I y XXIV de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, en relación con lo dispuesto en el artículo 12 fracciones I y IX de la Ley de la Policía Federal Preventiva; y 135, fracción II del Reglamento de la Policía Federal Preventiva. (Anexo 2)
Con la finalidad de acreditar las irregularidades contenidas en el procedimiento y en la propia resolución que se impugna, a continuación se señalan los conceptos de impugnación que resultan procedentes, por las flagrantes violaciones cometidas por la Autoridad demandada al momento de emitir la resolución impugnada.
PRIMER CONCEPTO DE IMPUGNACIÓN
La resolución que se impugna emana de un acto y un proceso ilegal y viciado de origen en virtud de que EL CITATORIO QUE DIO ORIGEN AL PROCEDIMIENTO cuya resolución se impugna, carece de validez y lógica jurídica, toda vez que NO SATISFACE EL REQUISITO DE LA DEBIDA FUNDAMENTACIÓN Y MOTIVACIÓN LEGAL, ya que de conformidad a lo establecido en el artículo 21 fracción I, segundo párrafo de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, en el citatorio deberá expresarse los actos u omisiones que se le imputen al servidor público y en el caso en particular se establece que supuestamente convine, indebidamente, que 91 equipos (Radios Móviles Analógicos), propiedad de la Policía Federal Preventiva que debían permanecer a resguardo de la Institución para garantizar un correcto control, manejo y conservación de los bienes quedaran en resguardo de la empresa E & E Service S.A. de C.V.; asimismo, que de la declaración 1.5 del contrato SSP/PFP/CNS/221/2003, entre la Policía Federal Preventiva y E & E Service S.A. de C.V., omití nombrar un representante encargado de administrar y vigilar el contrato, y que firmé de recibido 64 equipos Transreceptores de Radiocomunicación para su pago sin que fueran instalados ni puestos en operación, generándose un pago improcedente por $2,055,019.46, en contravención de lo dispuesto en la cláusula tercera del contrato; pretendiendo acreditar su acusación con las
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