LA EXPERIENCIA EN LO JURÍDICO
Enviado por Helena • 11 de Septiembre de 2018 • 37.891 Palabras (152 Páginas) • 277 Visitas
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Estas 3 teorías (como norma, como ordenamiento, como relación), no son incompatibles, ni se excluyen entre sí, sino que se completan y complementan, por lo que deben unirse para lograr una visión integral del fenómeno jurídico.
El fenómeno jurídico, desde un punto de vista filosófico, es el aspecto que las cosas ofrecen ante nuestros sentidos, a partir de la experiencia que tenemos de él. Se denomina fenómeno jurídico, al derecho tal cual como lo percibimos en nuestras experiencias jurídicas.
DERECHO SUBJETIVO
El derecho, en sentido subjetivo, es el derecho-facultad. Es la prerrogativa, la facultad con que cuenta un individuo para reclamar el cumplimiento de las normas jurídicas, y que considera le favorecen y tutela. Este derecho pertenece al sujeto.
De las normas jurídicas, no sólo surgen deberes sino también derechos. Frente al deudor siempre hay un acreedor. El primero debe pagar; el segundo, tiene derecho a exigir el pago.
La pretensión o facultad del acreedor para exigir el pago es derecho subjetivo. Está en la persona, es del ciudadano (es su derecho), particular.
Ej.: El acreedor Juan recurre a los Tribunales para exigir que se le pague, aquí ejerce su facultad (derecho subjetivo), pero invoca una norma legal (derecho objetivo). Juan dirá al Juez interviniente: “Pedro no me ha pagado la deuda al vencimiento del plazo otorgado. Por consiguiente, señor Juez, de conformidad a la norma jurídica que impone la obligación de pagar (norma que invocó), pido se condene a Pedro al pago de la deuda”. Es decir, al ejercer Juan la facultad que tiene como acreedor (derecho subjetivo) invoca la norma legal (derecho objetivo).
DERECHO COMO CIENCIA
El derecho como ciencia surge del estudio racional del objeto del derecho, el derecho como normatividad.
El derecho se define como ciencia porque constituye un conjunto de conocimientos ordenados, sistematizados, de carácter racional, fáctico, que tienen implicancias jurídicas. Se rigen por principios.
La expresión “Ciencia del derecho” es utilizada en 3 sentidos:
- Amplísimo: Comprende todas las disciplinas jurídicas, incluyendo la filosofía.
- Amplia: Abarca todas las ciencias jurídicas, es decir todas aquellas disciplinas científicas que tiene por objeto el derecho. Ej.: Sociología jurídica, psicología jurídica, la historia del derecho, etc., quedando excluida la filosofía.
- Estricto: Es la acepción más corriente. Se denomina ciencia jurídica a la llamada “dogmática jurídica”.
El derecho como normatividad, puede aparecer como objeto, que se somete a un estudio racional, del cual surge la ciencia del derecho. En este caso vemos como reciben el mismo nombre tanto el objeto estudiado (derecho), como la ciencia que lo estudia (Derecho). Ej.:
a) La historia de nuestra patria, fue profundamente marcada por la Revolución de Mayo. (Objeto estudiado)
b) La historia determinó la existencia del pueblo Hitita que habitó en el Asia Menor. (Ciencia)
c) La geografía de Córdoba es accidentada. (Objeto estudiado)
d) La geografía cordobesa está desactualizada. (Ciencia que lo estudia)
Ej.:
a) La carrera de derecho es fácil. (Ciencia)
b) El derecho se presume conocido por todos. (Normatividad)
c) El derecho de un país debe servir para su organización. (Ciencia)
d) El derecho debe lograr interpretar lo que el legislador quiso al dictar una ley. (Ciencia)
Dogma: Proposición que se asienta por firme y cierta y como principio innegable/ Fundamento o puntos capitales de todo sistema, ciencia, doctrina o religión.
Diferencia entre la aceptación racional y la aceptación dogmática de una norma.
1. La racional se da en el sentido de que una persona llega a tal aceptación por conveniencia o resignación, pero la misma no es obligatoria pero sí el mejor camino. Al que se llega por medio del razonamiento.
2. La dogmática en cambio es el camino al que se obliga a seguir ya que éste se encuentra preescrito y no hay otra alternativa porque es el fundamento o punto capital de un sistema
Se la clasifica a las ciencias jurídicas como dogmática porque su estudio abarca la interpretación de leyes que son obligatorias para todo ciudadano y estas mismas leyes son los fundamentos para que una sociedad viva en armonía, sin llegar al conflicto.
DOGMÁTICA JURÍDICA
El derecho es una ciencia que estudia la interpretación, integración y sistematización de un ordenamiento jurídico determinado, para su aplicación.
A la dogmática jurídica le interesa estudiar objetos que son, en sí mismos, concretos individuales, bien singulares; no le interesa “el” derecho como objeto concreto-típico, sino un determinado derecho positivo: un determinado derecho elaborado por los hombres, impuesto por la autoridad social de sus respectivas sociedades. Las ciencias pueden ser generalizantes o individualizantes; la dogmática jurídica o ciencia del derecho, es una ciencia individualizante, pues estudia un ordenamiento jurídico determinado y, dentro de ese ordenamiento, estudia también las normas genéricas e individuales que lo integran y caracterizan.
DOGMÁTICA JURÍDICA: ACTIVIDADES
- Interpretar: Desentrañar el verdadero sentido y alcance de la ley. Descubrir qué manda la norma; para esto, hay que saber por qué y para qué lo manda.
Ej.: Una inundación. A raíz de la inundación y para establecer el orden en la zona inundada, la norma (supongamos) que establece la ley marcial[1]. En función de que se establece un control de autoridad totalmente fuera de lo común: fue con motivo de la situación extraordinaria (una emergencia) que es la inundación, y para conseguir obviar los desórdenes y el pillaje (Hurto, latrocinio, rapiña); entonces la medida extraordinaria, que es la ley marcial, se tiene que interpretar en función del por qué, y del para qué.
El alcance es a quién se manda.
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