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LA nueva Presuncion de inexistencia de operaciones

Enviado por   •  2 de Enero de 2019  •  10.955 Palabras (44 Páginas)  •  356 Visitas

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PROCEDIMIENTO RELATIVO A LA PRESUNCIÓN DE INEXISTENCIA DE OPERACIONES. EL ARTÍCULO 69-B DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN QUE LO PREVÉ, NO CONTRAVIENE EL PRINCIPIO DE IRRETROACTIVIDAD DE LA LEY.

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Tesis: 2a./J. 135/2015 (10a.), Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, 2010276, Segunda Sala, Libro 23, Octubre de 2015, Tomo II, Pagina. 1742, Jurisprudencia (Constitucional)

PROCEDIMIENTO RELATIVO A LA PRESUNCIÓN DE INEXISTENCIA DE OPERACIONES. EL ARTÍCULO 69-B DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN QUE LO PREVÉ, NO CONTRAVIENE EL PRINCIPIO DE PRESUNCIÓN DE INOCENCIA.

Tesis: 2a./J. 134/2015 (10a.), Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, 2010277, Segunda Sala, Libro 23, Octubre de 2015, Tomo II, Pagina 1743, Jurisprudencia (Constitucional)

PROCEDIMIENTO RELATIVO A LA PRESUNCIÓN DE INEXISTENCIA DE OPERACIONES. EL ARTÍCULO 69-B DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN QUE LO PREVÉ, NO VIOLA EL DERECHO A LA LIBERTAD DE TRABAJO.

Tesis: 2a./J. 140/2015 (10a.), Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, 2010278, Segunda Sala, Libro 23, Octubre de 2015, Tomo II, Pagina 1745, Jurisprudencia (Constitucional)

PROCEDIMIENTO RELATIVO A LA PRESUNCIÓN DE INEXISTENCIA DE OPERACIONES. LOS DATOS DE LOS CONTRIBUYENTES A QUE HACE REFERENCIA EL ARTÍCULO 69-B DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN SON DE CARÁCTER PÚBLICO Y, POR ENDE, PUEDEN DARSE A CONOCER A TERCEROS.

Tesis: 2a./J. 88/2014 (10a.), Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, 2007347, Segunda Sala, Libro 10, Septiembre de 2014, Tomo I, Pagina 858, Jurisprudencia (Común)

SUSPENSIÓN EN EL JUICIO DE AMPARO. ES IMPROCEDENTE CONCEDERLA RESPECTO DE LOS EFECTOS Y CONSECUENCIAS DE LA APLICACIÓN DEL ARTÍCULO 69-B DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN.

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- Características que identifican a las empresas que facturan y deducen operaciones simuladas

Las características que hacen presumir al (asesor externo, o bien a la propia autoridad fiscal) que está en presencia de una Empresa que Deduce Operaciones Simuladas o una Empresa Facturadora de Operaciones Simuladas, es cuando se da combinación siguiente;

Empresa Facturadora de Operaciones Simulada (EFOS)

Empresa que Deduce Operaciones Simuladas (EDOS)

Comúnmente son Sociedades Mercantiles de reciente creación y que tienen un período de operación muy reducido.

Es decir, las operan durante uno o dos años con el fin de evitar ser localizadas y fiscalizadas.

En el domicilio manifestado ante el RFC;

- No se observa actividad económica

- No corresponde a la actividad señalada ante el RFC

- Son Casas Habitación

- O bien, el domicilio fiscal no cuenta con el tamaño, instalaciones o características necesarias para prestar los servicios que factura.

Estos contribuyentes si observan;

- Una actividad económica normal.

- Cuentan con la infraestructura, personal y mercancías.

Todos estos recursos materiales y humanos hacen posible el desarrollo de sus actividades.

En este tipo de empresas comúnmente no hay personal a la vista que esté realizando actividades productivas, es decir;

- No se encuentra en los domicilios ningún tipo de maquinaria

- Equipo de trasporte, (paneles o camiones)

- Equipo especializado,

- Equipo de cómputo,

- No se cuentan con bodegas para resguardo de inventarios,

- Ni se observa evidentemente ninguna actividad productiva real.

Cuenta con instalaciones, empleados, maquinaria, equipo, inventarios.

A manera de ejemplo podemos citar empresas que realizan actividades como;

- Industrias de trasformación

- Constructoras

- Restaurantes

- Servicios de comedores industriales

- Empresas de servicios de seguridad, etc.

Algunos de estos giros, requieren comúnmente de deducciones adicionales para compensar erogaciones no soportadas; Ej. Como la nómina de una constructora que registra salarios por debajo de los salarios reales, o empresas que requieren de acreditamientos de iva por que sus insumos son tasa 0%.

Otras características que presentan este tipo de empresas ficticias, son;

- En el mismo domicilio existen dos o más contribuyentes.

- Los contribuyentes domiciliados en el mismo inmueble suelen tener operaciones entre ellos (cliente -proveedor).

- Muchos de los proveedores de estas empresas ficticias no se encuentran localizados o simplemente no existen.

- Las empresas localizadas en el mismo domicilio pueden compartir socios o representantes legales.

Sus proveedores generalmente encuadran en varios de los supuestos que se enlistan en el presente recuadro como rasgos que se pueden identificar en las empresas que facturan operaciones simuladas.

Respecto del perfil fiscal de este tipo de empresas podemos comentar que;

- No presentan declaraciones

- Presentan declaraciones en ceros

- Declaran cantidades no representativas al volumen de operaciones que facturan.

- Tienen márgenes de utilidad mínimos

- Generalmente no declaran impuestos retenidos, ya que en la mayoría

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