LOS RECURSOS IMPUGNATIVOS Y NULIDAD DE OFICIO.
Enviado por Mikki • 19 de Abril de 2018 • 4.449 Palabras (18 Páginas) • 294 Visitas
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This work aims at understanding by students in the fourth cycle, section M, at the Private University of Tacna, as this issue will be widely used during and after the race. Because this will be a concise, clear and meaningful explanation.
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INTRODUCCION
Mediante el presente trabajo abarcaremos todo lo relacionado a la aplicación de la norma en el espacio. Primero daremos una introducción dando a conocer que es recurso, clases de recursos impugnatorios que existen, y por ultimo hablaremos también de la nulidad de oficio, luego haremos demostraciones del tema a tratar con ejemplos para un mejor entendimiento.
Para un mejor conocimiento, podemos decir que los recursos son medios que pueden considerarse como un remedio contra la actuación de la administración. Los recursos son medios legales que el ordenamiento jurídico pone a disposición de los administrados para que la Administración rectifique o deje sin efectos los actos administrativos materia de la impugnación. En realidad los recursos constituyen una garantía para la protección de los derechos de los administrados..
Cabe recalcar que el tema que daremos a conocer es un tema que estará presente cuando nos desempeñemos como abogados y es por ello que profundizaremos en cada concepto que lo compone, y estudiaremos el significado que este tiene en el Derecho.
CAPITULO I
PLANTEAMIENTO - DEFINICIONES
- ¿Qué son los recursos?:
1.1.1 Etimología:
El término RECURSO viene del latín jurídico RECURSUS-US de igual significado. En el lenguaje común de la época clásica significa solamente «RETROCESO», del verbo RECURRO. ERE, que significaba: CORRER HACIA ATRÁS, O DE VUELTA».
En la acepción de la REAL ACADEMIA DE LA LENGUA, es ACCIÓN Y EFECTO DE RECURRIR. Memorial o petición por escrito.
RECURRIR:
Es, en SENTIDO GENERAL, acudir ante una autoridad o juez con una petición o demanda para que sea resuelta; es también acogerse al favor de alguien o emplear medios no comunes para el logro de una finalidad. En lenguaje forense, RECURRIR es entablar RECURSO contra alguna resolución, significando la expresión «RECURSUS RRIR, o más precisamente la ACCIÓN POR MEDIO DE LA CUAL SE RECLAMA DE LAS RESOLUCIONES DICTADAS POR LA AUTORIDAD.
En sentido amplio, RECURSO ES EL MEDIO, EL ACUDIMIENTO A PERSONAS O COSAS PARA LA SOLUCIÓN DE UNA CASO DIFÍCIL.
1.1.2 Diccionario Manual de la Lengua Española
- Ayuda o medio al que se puede recurrir para conseguir un fin o satisfacer una necesidad
- Reclamación mediante escrito contra una resolución judicial o administrativa:
Interpuso un recurso de apelación en el juzgado de primera instancia.
- Bienes, riquezas o medios de vida: no dispongo de recursos suficientes para comprar un piso.
- Conjunto de elementos que se poseen para afrontar una situación, para resolver una necesidad o para poner enpráctica un proyecto o empresa: recursos humanos; recursos forestales.[1]
1.1.3 Sentido Jurídico:
- A los medios impugnatorios que se utilizan con la finalidad de conseguir un nuevo examen de la resolución, sea por el mismo órgano que la expidió o por el superior.
Persiguen siempre la anulación o la corrección de una resolución.
El RECURSO abre en el proceso o procedimiento un NUEVO CURSO, que sigue un sentido inverso del alcanzado en la solución recurrida ya que mediante el recurso se toma como punto de partida dicha resolución para remontarse hacia los actos procesales que la hubieran originado.
- A la acción que concede la ley al interesado en un juicio o en otro procedimiento para reclamar contra las resoluciones, o de la autoridad que las dicto, o ante alguna otra.
- A todos los medios o remedios de protección al alcance del administrado para impugnar los actos o hechos administrativos que lo lesionan, y en general, para defender sus derechos frente a la ADMINISTRACION PUBLICA.
- A los actos por el qque una persona (natural o jurídica) que se considera lesiona por una decisión, medida u omisión de las autoridades, recurre ante una autoridad.
En el lenguaje forense RECURSO significa, pues, ACCION POR MEDIO DE LA CUAL SE RECLAMA DE LAS RESOLUCIONES DICTADAS POR LA AUTORIDAD ADMINISTRATIVA O AUTORIDAD JUDICIAL.
- El acudir ante una autoridad pública para que una resolución o sentencia judicial sea modificada o dejada sin efecto, es RECURSO en tanto y en cuanto se deduce en relación con una decisión de un órgano público.
Es el medio técnico de impugnación y subsanación de errores de que eventualmente puede adolecer una resolución judicial o administrativa, dirigido a provocar la revisión de la misma, ya sea por el juez que la dicto o por otro de superior jerarquía.
- Al escrito o exposición en el cual el litigante ejercita el derecho de impugnación correspondiente y formula el peticionario de revisión por el órgano competente, de la decisión judicial.
- A la acción, pretensión, petición dirigida a un órgano judicial.
Debemos señalar que la ADMINISTRACIÓN PÚBLICA no tiene necesidad de acudir a los TRIBUNALES para que se reconozca y definan sus derechos Los ORDENAMIENTOS JURÍDICOS regulan, como presupuesto del procedimiento, unos medios de impugnación ante la propia ADMINISTRACIÓN, que son LOS RECURSOS. En la vía administrativa se denominan RECURSOS ADMINISTRATIVOS.[2]
1.2 ¿Que son los recursos Administrativos?
Es el medio que utiliza un particular o una comunidad para sustentar el derecho que invocan reconocer. Equivale a una denuncia en el ámbito administrativo como reproche o impugnación a un determinado comportamiento de un funcionario público. A través de este instrumento procesal se busca restablecer la legalidad y, además, armonizar los derechos subjetivos con el interés público.
DROMI define a los recursos como «actos de los administrados mediante los cuales se pide a la administración la revocación
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