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ORIGEN DEL DERECHO CIVIL.

Enviado por   •  23 de Marzo de 2018  •  9.371 Palabras (38 Páginas)  •  440 Visitas

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4. DERECHO CIVIL Y SU CAMPO DE APLICACIÓN

La vida social se rige por una gran cantidad de reglas, tendentes a organizar pacíficamente la convivencia y la consecución de los fines humanos, que en buena medida se integran en el ordenamiento jurídico. El objeto de estas reglas jurídicas es la regulación de los comportamientos y las situaciones en que pueden encontrarse los miembros de la sociedad, los seres humanos. Siendo tan enorme la variedad de comportamientos y situaciones en que pueden encontrarse los individuos, es natural que el ordenamiento jurídico sea extraordinariamente variado y complejo. La forma más elemental de estructuración es la que atiende a la tipicidad social de las situaciones y conflictos que requieren regulación; situaciones y conflictos que, además, se pueden agrupar en razón de los principios básicos que inspiran sus soluciones.

El derecho civil esta fundamentado sobre tres pilares fundamentales de aplicación de las normas que lo rigen como lo es, la Personalidad, la Familia y el Patrimonio.

En lo referente a la Personalidad las normas regulan a la persona en sí, no a la relación con los demás; así también la existencia y capacidad de la persona física o individual y de las personas jurídicas.

La familia, su normativa se refiere a la organización de ésta, los derechos y obligaciones que conlleva el parentesco, el matrimonio, la paternidad, y filiación matrimonial, la adopción, la patria potestad, la tutela, los alimentos entre parientes y el patrimonio familiar.

En cuanto al patrimonio, las normas conciernen a los derechos reales, los derechos personales, los derechos sucesorios por causa de muerte, etc.

El ámbito de Derecho Civil Guatemalteco, comprende los siguientes campos:

a. Derecho de la personalidad

b. Persona Individual o física

c. Existencia

d. Duración

e. Atributos: Nombre, estado y capacidad

f. Domicilio

g. Ausencia

h. Persona Jurídica Colectiva

i. Los mismos caracteres de la persona individual, con excepción de la ausencia

j. Derecho de la familia

k. Matrimonio

l. Unión de hecho

m. Patria Potestad

n. Parentesco

ñ. Alimentos

o. Filiación

p. Adopción

q. Tutela

r. Patrimonio Familiar

s. Derecho Registral Civil

t. Derecho Patrimonial

u. Los Bienes y demás derechos reales

v. La sucesión Hereditaria: Testamentaria e Integral o Legal

w. Registro de la Propiedad

x. Derecho de Obligaciones

y. Obligaciones

z. Contratos en particular.

Como se puede observar la Código Civil tiene una normativa bastante general en cuanto a la relación que se dá entre las personas.

5. FINALIDAD DEL CONCEPTO DE DERECHO

El hombre contribuye al mantenimiento del orden social, de la convivencia pacifica y ordenada, porque en é existe la convicción de que con ello garantiza su propia existencia y desarrollo y de su familia, porque es un ser racional, dotado de inteligencia y voluntad, y sobre todo, de libre albedrío; porque está convencido de que si atenta contra la vida social o individual, se coloca al margen de ella, la socava y destruye.

Su propia naturaleza y sentido social, lo obligan a contribuir al mantenimiento de una vida social ordenada, pacifica, armoniosa y fecunda.

Esa vida, le impone deberes jurídicos y morales, incluso deberes de grupo o círculos sociales, a cuyo mantenimiento y observancia está obligado, ya sea por convicción propia o dictárselo así su conciencia, o por temor a las sanciones que impone el quebrantamiento de normas jurídicas, principalmente, al reclamo interior que conlleva el no cumplimiento o infracción de una norma moral o religiosa.

Partiendo de lo anterior podemos decir que, el Derecho, nace como necesidad impuesta por el orden que toda sociedad requiere, a manera de limitación de las actividades del individuo y se impone como el medio más eficaz de asegurar la coexistencia y evitar la anarquía.

La normativa jurídica comprende pluralidad de manifestaciones de la vida social, en ella hay muchos acontecimientos que son regulados por normas de naturaleza diferente al campo de las jurídicas.

Podemos indicar también que en una comunicad organizada, hay evidentemente un ordenamiento jurídico que garantiza la convivencia pacífica de la sociedad.

Etimológicamente, la palabra «derecho» deriva de la voz latina «directus», que significa lo derecho, lo recto, lo rígido. Sin embargo, para mencionar la realidad que nosotros llamamos derecho, los romanos empleaban la voz «ius».

La palabra derecho puede tomarse en tres acepciones distintas. En primer lugar, designa el conjunto de normas o reglas que rigen la actividad humana en la sociedad, cuya inobservancia está sancionada: Derecho objetivo. En segundo lugar, designa esta palabra las facultades pertenecientes al individuo, un poder del individuo: Derecho subjetivo. En tercer lugar, el derecho como equivalente a justicia, como portador del valor justicia.

6. ORIGEN HISTÓRICO DEL DERECHO CIVIL

Como se explico el surgimiento del Derecho Civil se dio en el ceno de la cultura Romana, cuando se empezó a normar las relaciones entre los individuos y fue a través del IUS Civile y el IUS Gentium las primeras manifestaciones del derecho. Con el transcurrir de los años este tipo de regulaciones se mantuvo con ciertas variantes hasta nuestros días, en la época de Justiniano

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