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PARCAL CIVIL I UBP

Enviado por   •  19 de Abril de 2018  •  1.914 Palabras (8 Páginas)  •  251 Visitas

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C). No existe responsabilidad alguna por parte de los progenitores del niño Juan Sosias de 11 años, ya que el niño Carlos Andrade de 10 años, se encontraba jugando con el antes mencionado al momento de prestar su nuevo regalo de cumpleaños el arco y la flecha y del cual fuera herido por Juan Sosias, en ese momento se encontraba presente la madre de Carlos Andrade, quien como progenitora del menor debe de velar por la seguridad e integridad de su hijo, y al ser la persona a cargo mas adulta entre los niños, le corresponde la responsabilidad de los cuidados de los menores y a todo efecto la de no causal de daño alguno, de esta manera no existe dolo alguno.

D). Los daños sufridos por Carlos Andrade el menor de 10 años de edad fueron, a pesar del cuidado intensivo por parte de los profesionales actuantes en medicina el niño pierde la visión de su ojo izquierdo. Lo que constituye una lesión física con una incapacidad permanente antes enunciada.

Repuesta 05:

Caso: Beatriz Shery de casado, referente a un accidente sufrido por el ascensor de un edificio.

- Dentro del nuevo CCyC, el tipo de cosa que es un ascensor es COSA RIESGOSA.

- SI el Sr. Moises Cohen, es RESPONSABLE. ARTÍCULO 1757.- CCyC, Hecho de las cosas y actividades riesgosas. Toda persona responde por el daño causado por el riesgo o vicio de las cosas, o de las actividades que sean riesgosas o peligrosas por su naturaleza, por los medios empleados o por las circunstancias de su realización. La responsabilidad es objetiva. No son eximentes la autorización administrativa para el uso de la cosa o la realización de la actividad, ni el cumplimiento de las técnicas de prevención.

- El argumento brindado por el Sr. Moisés Cohen, NO lo EXIME de ninguna responsabilidad, ya que como propietario del edifico le cabe toda la responsabilidad.

- El servicio técnico SI tiene responsabilidad DIRECTA, ya que corresponde los controles técnico y revisión general ya que es una COSA RIESGOSA. A la Municipalidad SI le corresponde la responsabilidad ya que este mismo debe realizar los controles correspondientes y de las instalaciones como así mismo tener los planos aprobados del ascensor colocado con su matriculado y responsable del servicio de mantenimiento a fin de controlar los servicios técnicos y de perfeccionamientos realizados.

- Los daños sufridos por la Sra. Beatriz Shery de casado, constituye a lesiones graves físicas antes enunciada por el escrito, lo que corresponde indemnización regulada por parte del propietario del edificio hacia la parte damnificada.

NOTA EN ESTE PARCIAL SAQUE LA NOTA: 06.

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