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PREGUNTAS PARA EL PRIMER EXAMEN DE DERECHO PROCESAL LABORAL

Enviado por   •  29 de Mayo de 2018  •  5.561 Palabras (23 Páginas)  •  520 Visitas

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E. Lo que se pretenda, expresado con claridad y precisión. Las varias pretensiones se formularan por separado Constituye el petitum o pretensiones, es decir, lo que el demandante desea que le sea reconocido. Las pretensiones de la demanda deben ser elaboradas de manera clara y precisa, sin ambigüedad, que no presente duda en lo que se reclama. Deben individuales, expresar claramente el concepto reclamado, su cuantía, su naturaleza.

F. Los hechos y omisiones que sirvan de fundamento a las pretensiones, clasificados y enumerados. Las pretensiones de la demanda deben tener su fundamento en los hechos y omisiones, como resultado de la aplicación del principio de la lealtad procesal. El juez deberá ser más acucioso al admitir la demanda, ya que deberá quedar plenamente establecida la claridad de los hechos y omisiones, y la relación directa entre ellos y las pretensiones de la demanda. Si no, la manda deberá ser rechazada para su corrección.

G. La petición en forma individualizada y concreta de los medios de prueba Teniendo en cuenta la carga de la prueba, el actor debe formular una relación de los medios probatorios para demostrar la verdad de sus afirmaciones. Esta relación debe ser determinada y concreta, es decir, no basta con solicitar los testimonios de las personas que conocen los hechos sobre los cuales versará el proceso, sino que deben mencionarse sus nombres, residencia, lo que se pretende demostrar con sus declaraciones. De no hacerse esta determinación, aun cuando la demanda no debe ser rechazada, deberán denegarse las pruebas así solicitadas.

H. La cuantía, cuando su estimación sea necesaria para fijar la competencia Cuando la cuantía sea necesaria para determinar la clase de proceso que se va a tramitar, sea de única o de primera instancia, es necesario estimar las pretensiones de la demanda. No es necesario hacer una estimación concreta de cada pretensión. Basta con afirmar que el valor de ellas es superior o no a veinte (20) salarios mínimos legales mensuales. En los procesos de fuero sindical, suspensión, disolución y liquidación de sindicatos, y procesos ejecutivos, no es necesario establecerla, ya que en estos casos no es factor determinante de la competencia.

17-¿CUÁLES SON LOS ANEXOS OBLIGATORIOS DE LA DEMANDA LABORAL?

RTA:

ANEXOS DE LA DEMANDA El artículo 26 del C. P.L., regula lo relativo a los anexos de la demanda, y establece que la demanda deberá ir acompañada de los siguientes anexos: ∙ 1. El poder para actuar. ∙ 2. Las copias de la demanda para efecto del traslado, tantas cuantos sean los demandados. ∙ 3. Las pruebas documentales y las anticipadas que se encuentren en poder del demandante. ∙ 4. La prueba de la existencia y representación legal, si es una persona jurídica de derecho privado que actúa como demandante o demandado. ∙ 5. La prueba del agotamiento de la reclamación administrativa, si fuere el caso. (6. La prueba del agotamiento del requisito de procedibilidad de que trata la Ley 640 de 2001, cuando ella lo exija.) La sentencia C-893 de 2001 declaró la inexequibilidad de la conciliación prejudicial como requisito de procedibilidad en el proceso laboral. - El demandante está obligado a presentar junto con la demanda todas las pruebas que tenga en su poder, tales como su copia del contrato de trabajo, volantes mensuales de nómina, etc. - Establece la obligación de presentar la prueba de la existencia y representación legal cuando es una persona jurídica de derecho privado, y del agotamiento de la reclamación administrativa, cuando sea del caso, para evitar fallos inhibitorios.

18-¿CUÁLES SON LOS REQUISITOS DE LA CONTESTACIÓN A LA DEMANDA LABORAL?

RTA:

REQUISITOS DE LA CONTESTACIÓN DE LA DEMANDA. Art. 31 CPTSS Notificado el auto admisorio de la demanda, el demandado debe contestar la demanda dentro de los diez (10) días hábiles siguientes. Deberá contener los siguientes requisitos, de conformidad con el artículo 31 del Código Procesal del Trabajo: ∙ 1. El nombre del demandado, su domicilio y dirección; los de su representante o su apoderado en caso de no comparecer por sí mismo. ∙ 2. Un pronunciamiento expreso sobre las pretensiones. ∙ 3. Un pronunciamiento expreso y concreto sobre cada uno de los hechos de la demanda, indicando los que se admiten, los que se niegan y los que no le constan. ∙ 4. Los hechos, fundamentos y razones de derecho de su defensa. ∙ 5. La petición en forma individualizada y concreta de los medios de prueba, 6. Las excepciones que pretenda hacer valer debidamente fundamentadas

19-¿CUÁLES ANEXOS DEBEN ACOMPAÑARSE A LA CONTESTACIÓN DE LA DEMANDA LABORAL?

RTA:

La contestación de la demanda deberá ir acompañada de los siguientes anexos: a. El poder, si no obra en el expediente. b. Las pruebas documentales pedidas en la contestación de la demanda y los documentos relacionados en la demanda que se encuentren en su poder. c. Las pruebas anticipadas que se encuentren en su poder, y d. La prueba de su existencia y representación legal, si es una persona jurídica de derecho privado. La falta de contestación de la demanda dentro del término legal se tendrá como indicio grave en contra del demandado. Cuando la contestación de la demanda no reúna los requisitos aquí mencionados, o no esté acompañada de los anexos, el juez le señalará los defectos de que ella adolezca para que el demandado los subsane en el término de cinco (5) días; si no lo hiciere, se tendrá por no contestada en los términos del parágrafo anterior. No sólo por las consecuencias que implica el no contestar la demanda, sino también en desarrollo de la aplicación del principio de lealtad procesal, para con su contraparte, para el juez y su propio cliente, así como para hacer valer los medios de pruebas en que fundamenta su defensa, se debe contestar la demanda. El demandante tiene, por norma general, tres años para preparar y presentar su demanda, lo cual puede convertirse en seis si interrumpe la prescripción. El demandado tiene diez (10) días para contestarla, en los procesos ordinarios de primera instancia y cinco en los especiales de fuero sindical, lo cual, en mi opinión, desequilibra la balanza procesal. Es de anotar que la Ley 712 de 2011 amplió de seis (6) a diez (10) días el término para hacer dicha contestación en procesos ordinarios. La contestación de la demanda se dirigirá al juez que esté conociendo del proceso, se advertirá, cuando sea del caso, que se actúa en le presentación de otra persona, y se deberá acompañar el poder correspondiente. Al

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