PROCESAL CIVIL II ¿Cómo se clasifican los procesos civiles?
Enviado por Sandra75 • 31 de Octubre de 2018 • 9.465 Palabras (38 Páginas) • 426 Visitas
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A. Objeto del proceso se busca es que una persona se le declare dueña de un bien por haber operado la prescripción adquisitiva de dominio es decir, cuando ha ejercido la prescripción material con ánimo de señor y dueño por el término que la ley establece.
B. Juez competente dependiendo de la cuantía, juez civil municipal o el juez civil del circuito (art 26 #3 cgp), del lugar donde se encuentre el bien se aplica el fuero (fuero real).
C. Anexos de la demanda además de los anexos generales, se deberá
1. Poder
2. Pruebas extraprocesales
Especiales
1. Certificado de libertad y tradición para determinar quiénes son los titulares del derecho real; si el bien hace parte de uno de mayor extensión se deberá aportar el certificado de este último.
D. Legitimación
1. El poseedor como sujeto activo, el CC define la posesión como la tenencia de una cosa determinada con ánimo de señor y dueño.
Tiene unos elementos
Objetivo aprehensión material del bien (corpus)
Subjetivo psicológico seria el animus o la intención de hacerse dueño del bien, como pagar los servicios públicos, hacer mejoras
Existen dos tipos de posesión
Posesión regular para alegar esta la ley exige una serie de requisitos justo título (se califica como uno de los medios idóneos reconocidos por la ley para adquirir la propiedad ejemplo contrato de compraventa) y la buena fe (se define cuando se tiene la plena convicción de haber adquirido el viene de su legítimo dueño excepto de fraude o de cualquier otro vicio).
La posesión regular da origen a la prescripción ordinaria la cual requiere para alegarla además de justo título y buena fe el término de la posesión que sería de 5 años para bienes inmuebles y 3 años para bienes muebles.
Posesión irregular da origen a la prescripción extraordinaria la cual no requiere para alegarla ni justo título ni buena fe pero si una posesión ejercida de una manera quieta, pacífica y sin ningún tipo de interrupción por el término de 10 años en un bien mueble (ley 791/2002).
2. El acreedor en ejercicio de la acción oblicua: se legitima para iniciar el proceso de pertenencia frente a la fiducia del deudor, por el temor de que sus bienes sean embargados una vez que ingresen a su patrimonio.
3. El comunero excluyente se legitima con exclusión del resto de comuneros siempre que desarrolle actos de explotación económica.
4. El propietario cuando se trate de sanear la propiedad (cgp)
5. No se pueden adquirir por prescripción los bienes de uso público a igual que los bienes fiscales y los terrenos baldíos son imprescriptibles.
6. Contenido del auto admisorio de la demanda
Notificación a las personas conocidas
El emplazamiento a las personas indeterminadas
La inscripción de la demanda en el folio de la matricula inmobiliaria
Si se trata de bienes inmuebles se deberá comunicar a la superintendencia de notaria y registro, al incoder, Agustín codacci, a la unidad administrativa especial de restitución de tierras.
Lo puede hacer oficiosamente el juez.
7. El demandante deberá colocar una valla en un lugar en la vía publica principal con un área no inferior a 1 metro cuadrado, el tamaño de las letra no podrá ser inferior a 7cm de alto por 6 cm de ancho lo cual deberá contener:
La designación del juez que adelanta el proceso
El nombre del demandante
El nombre del demandado
El número de la radicación del proceso
La especificación de que se trata de un proceso de pertenencia
La identificación del bien
El emplazamiento a todas aquellas personas que se crean con derecho a intervenir en el proceso
Cuando se trate de bienes sujetos a régimen de propiedad horizontal en vez de la valla se deberá colocar un aviso en la entrada principal del bien.
8. Se le deberá tomar fotografía a la valla para ser aportada al proceso, inscrita la demanda se deberá solicitar al juez que oficie al CSJ a fin de ordenar la inclusión en el registro nacional de personas emplazadas para los procesos de pertenencias por el término de un mes.
9. Inspección judicial en los procesos de pertenencia es obligatoria la práctica de una diligencia de inspección judicial para evitar estar incurso en la causal de nulidad procesal del que trata el numeral 5 del Art 133 cgp y además para verificar los actos posesorios, identificar al bien por sus linderos y tener la certeza de que el bien se puede adquirir por el fenómeno de la prescripción adquisitiva de dominio. En ella se recepcionará los testimonios, se llevara a cabo el dictamen pericial y de ser posible se dictara la sentencia.
10. Una vez inscrita la sentencia en la oficina de instrumentos públicos esta surtirá efectos erga omnes.
Este proceso también puede surtir efectos a personas determinadas.
Proceso De Entrega Material Por El Tradente Al Adquiriente
1. Elementos de los negocios jurídicos
A. Elementos de la esencia son aquellos que se requieren para que el contrato nazca a la vida jurídica ejemplo en la compraventa son de la esencia la cosa y el precio.
B. Elementos de la naturaleza del contrato se entiende incorporada al contrato por ministerio de la ley, no requiere de cláusula que así lo indique ejemplo la obligación que tiene el vendedor de salir al saneamiento de la cosa vendida.
Esto se tiene incorporado al contrato: vendedor-entregar la cosa-salir al saneamiento (vicios redhibitorios (vicios oculto de la cosa)) y (evicción (se presenta cuando el bien está siendo objeto de persecución por parte de tercero ejemplo la medida de embargo y secuestro))
Comprador-precio
C. Elementos accidentales son aquellos que se incorporan
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