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Que por medio del presente escrito, en forma conjunta o separadamente

Enviado por   •  4 de Marzo de 2018  •  773 Palabras (4 Páginas)  •  561 Visitas

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correspondientes a todo el tiempo que el actor estuvo al servicio de los demandados

Reclamamos de la codemandada persona moral denominada INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL, el pago y cumplimiento de las siguientes prestaciones:

).- El reconocimiento del riesgo de trabajo que sufrió nuestro poderdante en las circunstancias relatadas en los hechos de la demanda.

).- La calificación definitiva del riesgo de trabajo que sufrió nuestro poderdante en las circunstancias relatadas en los hechos de la demanda.

).- De conformidad con lo que dispone el artículo 491 de la Ley federal del Trabajo, se reclama, el pago de sus salarios íntegros del actor, hasta en tanto no se le declare una incapacidad permanente que le corresponda, o hasta en tanto, el instituto de seguridad social codemandado asuma su responsabilidad legal de proporcionar al actor el pago de la pensión definitiva por riesgo de trabajo, lo anterior con motivo del riesgo de trabajo sufrido por el actor, el cual le ocasionó una incapacidad temporal.

).- Como consecuencia de la anterior pretensión, el pago de la pensión definitiva por riesgo de trabajo en términos de lo que dispone la Ley del Seguro Social en su artículo 58 fracción II, en relación con el artículo 493 de la Ley Federal del Trabajo, aplicada supletoriamente a la Ley del Seguro Social, en el sentido que le corresponde una incapacidad permanente total, tomando en consideración la importancia de la profesión de ayudante general y la posibilidad de desempeñar una categoría similar, susceptible de producirle los mismos ingresos, situación que debe ser atendida por la Junta, ya que la patronal, no le ha proporcionado un salario acorde a sus incapacidades físicas que le proporcione sustento y no se ha preocupado por la reeducación profesional del trabajador

).- De conformidad con lo que dispone el artículo 56 de la Ley del Seguro Social, que se obligue a otorgar el derecho con motivo del riesgo de trabajo del actor, las prestaciones en especie a que tiene derecho el actor, tal como son, la Asistencia médica y quirúrgica; Rehabilitación; Hospitalización, Medicamentos y material de curación, los aparatos de prótesis y ortopedia que han sido y serán necesarios durante todo el tiempo en que el actor se encuentre incapacitado para laborar.

Las anteriores reclamaciones, se fundan y se motivan en las siguientes consideraciones de hechos y preceptos de derecho

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