REQUISITOS PARA LA APERTURA DE CUENTA DE INTEGRACION DE CAPITAL
Enviado por Albert • 2 de Enero de 2019 • 1.556 Palabras (7 Páginas) • 942 Visitas
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EL BANCO PICHINCHA facilitará al CLIENTE los datos necesarios para la declaración de los impuestos sobre lamenta de las Personas Físicas/ Sociedades y sobre el Patrimonio en lo que hace referencia a la cuenta administrada.
Quinta: Normas de conducta
Las partes acuerdan el sometimiento del presente contrato a las normas de conducta previstas con carácter general en la legislación del mercado de valores y en concreto las establecidas y aplicables en la Bolsa, en la medida en que estas sean de aplicación.
Sexta: Comisiones y régimen Económico aplicable
El BANCO PICHINCHA tendrá derecho a percibir las comisiones por los conceptos de Administración y de custodia que se devengarán mensualmente La Cartera se valorar a esos efectos, según lo previsto en el folleto informativo de tarifas de EL BANCO PICHINCHA.
El BANCO PICHINCHA hará efectivas las cantidades debidas con cargo a la cuenta de efecto del CLIENTE, asociada a la cuenta de valores.
En el caso de no tener liquidez en la cuenta el BANCO PICHINCHA lo pondrá en conocimiento del CLIENTE.
De no producirse el pago en una semana desde la recepción de la comunicación por parte del CLIENTE el BANCO PICHINCHA pondrá enajenar activos de la cartera para reembolsarse, siguiendo en defecto de instrucciones del CLIENTE el orden siguiente: Deuda Pública, renta fija nacional, renta variable nacional participaciones de Instituciones se Inversión Colectiva, opciones y futuros financieros, valores extranjeros de renta fija y valores extranjeros de renta variable
Séptima: Duración y Terminación
El presente contrato es de duración indefinida pudiendo cualquiera de las partes dar por finalizado el mismo, en todo momento de su vigencia, con un preaviso de 15 días.
Una vez finalizado el BANCO PICHINCHA seguirá las instrucciones del CLIENTE en lo concerniente al traspaso de los valores y efectivo.
Octava: Modificación
Cualquier modificación al presente contrato deberá proponerse por escrito y ser aceptada por la otra parte EL BANCO PICHINCHA informará al CLIENTE de cualquier modificación de las tarifas de comisiones y gastos repercutibles que puedan ser de aplicación a la relación contractual Dicha. Comunicación deberá ser escrita, pudiendo incorporarse a cualquier información periódica que deba suministrarle. EL CLIENTE dispondrá de un plazo de dos meses desde la recepción de la citada información para modificar o cancelar la relación contractual ç, sin que hasta que transcurra dicho plazo le sean de aplicación las tarifas modificadas. En el supuesto de que tales modificaciones implicarán un beneficio al CLIENTE, le serán aplicadas inmediatamente.
En el caso de otras modificaciones, las mismas no afectarán a la tramitación, liquidación y cancelación de las operaciones que se hubiesen concertado con anterioridad a la efectiva modificación, que seguirán rigiéndose por las condiciones a ellas aplicables de acuerdo con las estipulaciones del presente contrato.
Novena: Comunicaciones
Las comunicaciones entre las partes se realizarán por escrito dirigido a los domicilios de las partes que figuran en el encabezamiento del presente contrato.
CLIENTE BANCO PICHINCHA
Srta. Mayra Alejandra Zamora Cujilema
CI. 175036881-1
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BANCO PICHINCHA
[pic 7]
CERTIFICADO DE INTEGRACIÓN DE CAPITAL
Quito, 28 de octubre de 2015
Señores,
“BANCHETTI E DECORAZIONI VOLENTIERI CIA LTDA”
Por la presente tenemos bien a emitir, el CERTIFICADO DE INTEGRACIÓN DE CAPITAL por la suma de: $400,00 (cuatrocientos dólares) de la compañía “BANCHETTI E DECORAZIONI VOLENTIERI CIA LTDA”. el mismo que se ha depositado en la cuenta corriente N° 2201533511
De conformidad con lo establecido en la ley estos valores se podrán disponer después de treinte días de apertura.
N*
NOMBRE DE LOS SOCIOS
N* CEDULA
APORTES
1
MIGUEL ÁNGEL LÓPEZ TADAY
1724397623
50
2
GLADYS JEANNETH TAYUPANDA LAINES
1754111472
50
3
MARIO ALEJANDRO GARCÍA ERAZO
1719712869
50
4
ERICK ANDRÉS VINUEZA JIMÉNEZ
1725118358
50
5
CRISTIAN ALEJANDRO ORBE QUINGA
1723921852
50
6
PATRICIA ESTEFANIA SANTI TUQUEREZ
1004674444
50
7
MAYRA DIANA PACHACAMA LOACHAMÍN
1724217722
50
8
PATRICIO LEONARDO RAMOS MODUMBA
1726031758
50
A continuación se detalla el nombre, la CI, y el monto de aportación de cada uno de los socios:
[pic 8]
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