Sistema que reconoce derechos de libertad y propiedad, propio de regímenes democráticos
Enviado por Christopher • 5 de Abril de 2018 • 1.341 Palabras (6 Páginas) • 472 Visitas
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O el cumplimiento de los contratos
Más daños y perjuicios
El deudor tiene que indemnizar cuando dinero perdí por su demora
La mora se paga con mora
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- conmutativo: es oneroso, las partes tendrán un beneficio. No sea aleatorio
- aleatorio: contrato de riesgo interno, depende del azar,es la contraprestación que no se sabe, ejemplo: siembras una hectárea y estimas que ganes 100 dólares pero puede ser o no
,
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- Principal : el contrato es principal cuando solo se necesita de este
- Accesorio: no puede subsistir sin el cumplimiento del contrato principal. Ejemplo : Hipoteca
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- consensuales : con el mero consentimiento de las partes de perfecciona el contrato
- solemnes: está sujeto a formalidades para su plena validez. Ejemplo: promesa de compra y venta tiene que hacerse en escrituras públicas.
- reales : es necesaria la tradición de la cosa (la entrega de la cosa) para el perfeccionamiento del contrato (1459 cc)
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- Adhesión: contrato preestablecido y nosotros nos adherimos. Ejemplo: martinizing .
- Pre estipulado/libre negociación: es un contrato en el que todas sus clausulas han sido aceptadas por las partes.
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- Relativos: contrato sindical, representación por gremio, no va a afectar a personas que están fuera de la intervención del contrato (facultad)
- Colectivos: que ni directa o indirecta intervinieron y generan efectos. ejemplo: si eres un profesor y se estipula que a los profesores les van a subir el sueldo. Surgen derechos y obligaciones si eres parte de ese grupo.
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- Ejecución instantánea: la prestación puede ser cumplida de manera instantánea
- Ejecución sucesiva: cuando el contrato supone prestaciones sucesivas durante un tiempo. ejemplo: arriendo, de trabajo
Requisitos de declaración de voluntad:
1461cc
- Legalmente capaz
- Consentimiento
- Objeto licito
- Causa licita
Clausula resolutoria tacita
VICIOS DEL CONSENTIMIENTO
Error: discrepancia entre ese algo y la realidad.
Filosóficamente el error difiere de la ignorancia, el error tiene una oposición con la realidad. En la legislación no se hace esta diferenciación. A la dos se las considera como errores en la ley.
1467 CC
Error: error de derecho: sobre un punto de derecho no vicia el consentimiento, por el hecho de que hay una presunción de la ley, la intención de las partes era clara y los efectos jurídicos que conllevaba y que no se haya indicado a que tipo de contrato se sometieron y los artículos no es algo esencial. Se tiene que ver con claridad el espíritu de las partes. Ambas partes consintieron. Siempre y cuando no hay transgresión de la ley. (1468 cc)
Ejemplo: hace un contrato con un menor de edad.
La presunción de derecho no admite prueba en contrario
Error de hecho (1469 cc): cuando recae sobre la especie o el acto del contrato que se celebra o sobre la identidad especifica.
Error de hecho(1470 cc): calidad esencial de objeto es diversa.
La presunción de hecho si admite la prueba en contrario
- Art 2197: repetición de pago, que se te devuelva lo pagado. El único supuesto para que se vicie es que ni siquiera exista una obligación natural.
- Obligación natural las que no son exigibles pero se deben cumplir por buena fe. Cuando prescribe el contrato pero igual me pagan eso es una obligación natural porque no hay manera deexigir, los bienes inmuebles prescriben en 5 a;os
- Obligación civil: es exigible.
- No todo error de hecho vicia la voluntad, solo cuando es determinante para la formación de la voluntad.(1469 cc)
- Error dirimente: por las características por las cuales yo adquiero. Objeto o persona especifica.
- Características:
- error acerca de la naturaleza del negocio( donación y venta )
- art 1698, 1699
- efectos: puede ser nulidad absoluta: objeto o causa ilícita o formalidad o incapacidad absoluta
- declarada por un juez
- puede ser relativa:
- error acerca de la identidad de la cosa (compraste plata y era broce)
- Error indiferente: no es sustancial para la voluntad. La características del nuevo celular no es sustancial
- Art 1471:
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