TALLER COLABORATIVO
Enviado por Albert • 5 de Abril de 2018 • 2.810 Palabras (12 Páginas) • 425 Visitas
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Hernández Doris (2008) dice lo siguiente:
“Para la constitución de 1886, el Estado debía atender los servicios básicos de defensa de la soberanía nacional, el mantenimiento del orden público, administración de la justicia y la regulación incipiente del comercio exterior, entre otras. En cuanto a la rama ejecutiva del poder público, ésta se remitía únicamente a la conservación de su aparato central para sus relaciones con los departamentos y municipios. Vale la pena anotar, que para esta época, dicha Constitución promovió la concepción de un Estado fuerte: unitario y centralista bajo la concepción teórica del “Estado liberal”. (p.5)
Durante la puesta en marcha de la reforma constitucional de 1936, el ámbito de la rama ejecutiva tuvo una expansión considerable, tanto a nivel central como a nivel descentralizado, gracias al surgimiento del “Estado providencia” que fue impulsado desde el gobierno nacional. La reforma constitucional de 1968 terminó por convertir al Estado colombiano en una entidad centralista e intervencionista, interesado principalmente en desarrollar un mercado interno con fines y propósitos de tipo redistributivo, enmarcado dentro de un fuerte presidencialismo con primacía del Ejecutivo sobre las demás ramas del poder. (Hernández Doris, 2008, p 6).
La Constitución de 1991, tuvo como innovación incluir y priorizar los principios y derechos fundamentales, imprescindibles para la consolidación de la nueva democracia participativa y construcción de una sociedad civil activa; precisó los ámbitos de actuación de las ramas del poder público y definió las competencias de cada una de las nuevas estructuras orgánicas: Corte Constitucional, Consejo Superior de la Judicatura, Fiscalía, Defensoría del Pueblo, Superintendencias y una novedosa propuesta de ordenamiento territorial, que por diversas razones no ha tenido desarrollo legal en el Congreso de la República. (Hernández Doris, 2008, p.6)
Con base en el derecho constitucional, el Estado Colombiano evaluó que debido a la diversidad de funciones que debía desempeñar se realizó la división de poderes a saber las tres ramas Legislativa, Ejecutiva y la Judicial; como se ilustra en la Tabla 1.
Tabla 1. División de poderes.
LEGISLATIVA
EJECUTIVA
JUDICIAL
Congreso de la República, Senado de la República
Cámara de Representantes.
Asamblea Departamental
Sector central (organismos)
• Presidencia de la República
• Vicepresidencia de la República
• Ministerios
• Departamentos administrativos
• Superintendencias (sin personería jurídica)
• Unidades administrativas especiales (sin personería jurídica)
Sector descentralizado (entidades)
• Establecimientos públicos
• Empresas industriales y comerciales de Estado
• Superintendencias (con personería jurídica)
Sector central (organismos)
• Presidencia de la República
• Vicepresidencia de la República
• Ministerios
• Departamentos administrativos
• Superintendencias (sin personería jurídica)
• Unidades administrativas especiales (sin personería jurídica)
Sector descentralizado (entidades)
• Establecimientos públicos
• Empresas industriales y comerciales de Estado
• Superintendencias (con personería jurídica)
• Unidades administrativas especiales (con personería jurídica)
• Empresas sociales del Estado
• Empresas oficiales de servicios públicos domiciliarios
• Institutos científicos y tecnológicos
• Las sociedades públicas
• Las sociedades de economía mixta
• Entidades territoriales
Altas Cortes
Fiscalía General de la República
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CAPÍTULO II
DERECHOS DE SEGUNDA GENERACIÓN
2.1. Definición:
Los derechos de segunda generación, especifican aquellas pretensiones de las personas y de los pueblos consistentes en la obtención de prestaciones de cosas o de actividades (económico-social), frente a personas y grupos que detentan el poder del Estado y frente a grupos sociales dominantes. (Iepala, 2016)
2.2. Los derechos de segunda generación:
En la Constitución colombiana tales derechos se hallan consignados en el capítulo 2 del mismo título II, denominado "De los derechos sociales, económicos y culturales". (Univalle, 2016)
Estos Derechos de segunda generación (de los derechos sociales, económicos y culturales son los siguientes:
- Toda persona tiene derecho a la seguridad social y a obtener la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales. (Univalle, 2016)
- Toda persona tiene derecho al trabajo en condiciones equitativas y satisfactorias. (Univalle, 2016)
- Toda persona tiene derecho a formar sindicatos para la defensa de sus intereses (libertad sindical). (Univalle, 2016)
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