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TAREA DEl DERECHO CIVIL ll

Enviado por   •  8 de Abril de 2018  •  1.607 Palabras (7 Páginas)  •  419 Visitas

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En los de adhesión, una de las parte fija las condiciones y la otra parte se adhiere a ellas.

En los contratos individuales: es cuando solo se obliga a la persona que haya dado su consentimiento, por si misma o por medio de sus representante,

Los contratos colectivos: es colectivo cuando se involucra otra persona sin que sea necesario su consentimiento.

3- Indique las reglas de formación de los diferentes contratos y dé un ejemplo de cada uno.

Los contratos se clasifican en: consensuales, solemne y reales.

Los contratos consensuales: son aquellos que se perfeccionan con el acuerdo de las partes, no requiere ninguna formalidad.

Los contratos solemnes: se requiere el consentimiento y algunas formalidades especiales para su perfección, como es la presencia de un notario.

Los contratos reales: son aquellos cuya perfección se necesita la entrega de la cosa que constituye su objeto.

4-Identifique los requisitos de validez de las convenciones.

Lo que determina que un contrato sea válido.

- El consentimiento de las partes que se obliga.

- Su capacidad para contratar.

- Un objeto cierto que forma la materia del compromiso.

- Una causa licita en la obligación.

5- Indique cuáles son los vicios del consentimiento;

No hay consentimiento válido, si ha sido dado por Error, arrancado por Violencia o sorprendido por Dolo, según el Art.1109 del Código Civil.

El vicio del Consentimiento es la ausencia de una voluntad sana con el objetivo de falsear, adulterar, anular dicha voluntad y alcanzar propósitos deseados lo cual compromete su eficacia. La voluntad queda excluida cuando el consentimiento en su forma exterior está viciado.

Los Vicios del Consentimiento son: el error, el dolo, la violencia, la lesión y la incapacidad.

Consentimiento.

Es el elemento volitivo, el querer interno, la voluntad que, manifestada bajo el consentimiento, produce efectos en derecho. La perfección del contrato exige que el consentimiento sea prestado libremente por todas las partes intervinientes. La voluntad se exterioriza por la concurrencia sucesiva de la oferta y de la aceptación, en relación a la cosa y la causa que han de constituir el contrato. Será nulo el consentimiento viciado, por haber sido prestado por error, con violencia o intimidación, o dolo.

Los vicios del consentimiento. La ausencia de vicios en el consentimiento es imprescindible para la validez y eficacia del contrato, a cuyo fin se requiere que la voluntad no esté presionada por factores externos que modifiquen la verdadera intención. Los más destacados vicios del consentimiento se encuentran (a) el error, (b) la violencia y (c) el dolo.

6- Cuáles son las condiciones para que un contrato sea nulo;

La nulidades la sanción establecida por la ley que alcanza a los actos que se han realizado con inobservancia de los requisitos exigidos por su validez. Los contratos que carecen de algunos de los requisitos de validez no son nulo, sino anulable, ya que hasta que juez no pronuncia su nulidad, este mantiene toda su fuerza jurídica.

7-Indique cuáles son los efectos de la nulidad relativa y los de la nulidad absoluta.

La nulidad absolutas son aquellas que están fundamentadas en los requisitos vinculados al orden público y las buenas costumbres, con ellas se persigue proteger a la sociedad.

Las nulidad sean absolutas o relativas causan los mismo efectos.

7.1) El vínculo obligatorio entre las partes contratantes.

En sentido subjetivo la obligación es el aspecto pasivo de un derecho de crédito, es decir: la deuda.

En sentido objetivo la obligación comprende tanto el derecho de crédito (aspecto activo) como la deuda (aspecto pasivo).

La obligación sería la relación entre un crédito y una deuda y es por ello que se habla de relación obligatoria y de vínculo obligatorio. Para que una obligación sea tal y no otro tipo de deber se exige, por tanto, la existencia de un deudor y un acreedor

7.2) La autonomía de voluntad establecida en el artículo 1134 del Código Civil.

Las convecciones legalmente formadas tiene fuerzas de ley para aquellos que las han hechos.

No pueden ser revocadas, sino por su mutuo consentimiento, o por las causas que estén autorizadas por la ley.

Deben llevarse a ejecución de buena fe.

7.3) Efectos de los contratos frente a los terceros (Artículo 1165 del Código Civil)

Los contratos no producen efecto sino respecto de las partes contratantes, no perjudican a terceros ni le aprovechan, sino en el caso previsto en el artículo 1121.

7.4) Excepción establecida en el artículo 1121 del Código Civil: Estipulación a favor de terceros.

Igual mente se puede estipular en beneficio de un tercero, cuando tal es la condición de una estipulación que se hace por si mismo, o de una donación que se hace a otro, el que ha hecho el pacto, no puede revocarle si el tercero ha declarado que quiere aprovecharse del.

7.5) Acción oblicua y acción paulina establecidas en los artículos 1166 y 1167, respectivamente.

Sin embargo, los acreedores pueden ejercitar todos los derechos y acciones correspondiente a sus deudor, con excepción de los exclusivamente peculiares a las persona.

7.6) La fecha cierta de los contratos.

Se comprende que el tiempo en que los actos jurídicos se verifican, es una circunstancia capital por las consecuencias que puede promover en la esfera jurídica la concurrencia o conflicto de derechos. De ahí la necesidad de la fecha cierta, que es la constancia

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