Teorias del derecho de accion
Enviado por Jerry • 13 de Diciembre de 2018 • 1.534 Palabras (7 Páginas) • 315 Visitas
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Eduardo Couture, con su teoría el derecho de acción como poder jurídico abstracto, concibe la acción, como el poder jurídico que tiene toda persona a acudir a los órganos jurisdiccionales para reclamarles la satisfacción de una pretensión.
Es diferente a los anteriores porque para ellos es un derecho y para Eduardo Couture es un poder. Sobre el particular podemos afirmar que el derecho como norma de conducta, se impone mediante mandatos y prohibiciones, y en eso consiste su naturaleza imperativa, luego no coexiste derechos potestativos, la gran variedad de sindicado dificulta la comprensión del concepto del derecho de acción desde el punto de vista el derecho procesal.
Para Devis Echandia “la acción es el derecho público, cívico, subjetivo, en abstracto y autónomo, que tiene toda persona (natural o jurídica) para obtener la aplicación de la jurisdicción del estado a un caso concreto mediante una providencia judicial (sentencia), a través de un proceso o para pedir que se inicie una investigación para el proceso (P. 188).
Para Ramírez Arcila, estudioso del tema, acoge lo expuesto por su maestro Devis, aunque no ofrece una definición conceptual concreta, pero nota “en cuanto a la acción, no se discute que se relaciona con un ejercicio o manifestación del poder que tiene todo sujeto de derecho de dirigirse a los órganos jurisdiccionales, para que procesalmente se le resuelvan sus pretensiones (P. 396).
Explicado lo anterior, para nosotros, al seguir muy de cerca las definiciones de los maestros Hernando Devis Echandia, consideramos que las características del derecho de acción es de un derecho público, subjetivo, y autónomo el cual tiene toda persona como ya he dicho antes natural o jurídica de acudir a una autoridad (juez) para presentar una pretensión o que se inició proceso investigativo y así obtener la satisfacción de un derecho, que a su juicio, se considera vulnerado. De aquí que en los términos ACCIÓN PROCESAL y JURISDICCIÓN se complementan.
Características de la acción:
En los párrafos anteriores, comentamos en las características del derecho de acción es que es abstracto público y autónomo, explicaremos estas características:
Es un derecho abstracto porque está en la cabeza y cualquier persona y se ejerce mediante la declaración de la voluntad. Ejemplo: una acción presentada ante el juez para el pago de derechos alimentar.
Es un derecho público porque emana del estado, que se encamina a producir efectos jurídicos la actuación de la ley. Un ejemplo puede ser una acción popular para determinar los perjuicios que pueda ocasionar al fin del párrafo por la contaminación del medio ambiente.
Y es un derecho autónomo dado que sirve de instrumento para satisfacer un derecho, pero no queda subsumido en el, por la independencia que tienen con el derecho material. Inicialmente se entendía que el derecho de acción se ejercía cuando estaba y por eso se llegó a pensar que un derecho material mismo, pero luego de una en la larga evolución normativa se con mucho que este derecho es independiente del actor, lo cual supone que el su ejercicio no requiere siempre tener la razón. Ejemplo: una acción de responsabilidad extracontractual, con el fin de resarcir los perjuicios de una las contrapartes de negocio jurídico.
Y como última característica adicional del derecho de acción diremos que se ejerce frente al juez o a quien está revestido de jurisdicción dado que el fin del derecho de acción es obtener una decisión jurisdiccional y el juez que es el receptor de la acción, porque a través de este se pone en marcha la jurisdicción y es quien está llamado a resolver la controversia.
Naturaleza jurídica del derecho de acción:
La naturaleza jurídica al derecho de acción es puramente legal, por cuanto está consagrada en los códigos de las diferentes áreas del derecho, y constitucional, porque figura con este fundamento de garantizador, amparada en el derecho de petición.
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