Tipos de Contrato y registro en linea de actas de finiquito
Enviado por Christopher • 25 de Noviembre de 2018 • 2.068 Palabras (9 Páginas) • 542 Visitas
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en el plazo máximo de 30 días contados a partir del inicio de la relación laboral. El registro se lo puede hacer en la página web del Ministerio de Relaciones Laborales, siguiendo los requisitos establecidos y cargando los siguientes documentos:
1. Escanear y subir al sistema el nombramiento o poder del representante legal.
2. Escanear y subir al sistema RUC o Cédula de Ciudadanía del representante legal o apoderado y papeleta de votación actualizada (escaneado en la misma hoja)
3. Tres copias de los contratos, anexando el extracto del contrato (único documento habilitante para la legalización, que emite el sistema una vez aprobado el contrato por el inspector), con las firmas del trabajador y empleador
4. Copia del pasaporte adjunto al contrato (en el caso de extranjeros)
5. Copia del carnet del CONADIS, en que caso de ser discapacitado
6. Copia del examen médico de aptitud, para contratos de adolescentes.
7. Comprobante de pago de multa por atraso de registro de contratos (si fuera el caso) Para los correctos ingresos de los datos propuestos, si el empleador ya está registrado en el “Sistema de Actas de Finiquito y Registro de Contratos en línea” deberá utilizar la misma clave, caso contrario deberá obtener una clave siguiendo los siguientes pasos:
1. Tener creada y activa una dirección de correo electrónico (yahoo, hotmail, gmail, entre otras).
2. Ingresar al portal web del Ministerio de Relaciones Laborales www.relacioneslaborales.gob.ec, dar clic en SERVICIOS EN LÍNEA y luego dar clic en SISTEMA DE CONTRATOS
3. Escoger la opción “Ingresar al sistema”
En caso de que de una nueva empresa o empleador debe realizar los siguientes procesos:
Al ingresar a esta opción se despliega una pantalla de registro de datos, el registro es mandatorio. Los campos que deben llenarse son: RUC o Cédula de Identidad, sector al que pertenece, actividad económica, razón social, nombre, dirección, representante legal, teléfono, correo electrónico primario, correo electrónico secundario, documentos habilitantes para revisión de contratos.
Una vez registrados todos los datos, dar clic en “GRABAR”, si están los datos registrados clic en “CONTINUAR” Una vez ingresado los datos se realizan los siguientes pasos:
Aquí el usuario ingresa los datos del trabajador y datos del contrato que se va a enviar a revisión.
Para el registro individual de los contratos de trabajo, de forma obligatoria se debe llenar los siguientes campos: Tipo de Registro, ciudad en la que presta servicios el trabajador, número de contratos a registrar
En tipo de registro, se encuentran las siguientes opciones a escoger: contrato individual, contrato obrero, servicio público, contrato obrero empresa privada, adendum de contrato, subrogación de obligaciones patronales.
Para todos los registros, la opción de JORNADA LABORAL ESPECIAL, debe activar el empleador o la empresa para adjuntar la resolución aprobada por el Ministerio de Relaciones Laborales.
Dependiendo el tipo de contrato que se vaya a escoger, el usuario debe completar la información como son: número de contratos a registrar, registrar datos del empleado o Trabajador, información adicional y dar clic en REGISTRAR.
Si fuese el caso que se escoja en tipo de contrato: CONTRATO PARA ADOLESCENTES, se despliega una pantalla donde especifica la documentación habilitante para la legalización de contratos para adolescentes. Además se visualizan los links que informan al usuario, sobre las actividades prohibidas para adolescentes.
Dar clic en el recuadro de información en el que se acepta haber leído y estar de acuerdo en el contenido de la información indicada. Registrar la fecha de inicio de labores del trabajador
Registrar la fecha de terminación del contrato
Subir el contrato en formato PDF para enviar a revisión a un inspector de trabajo., dando clic en examinar.
Dar clic en registrar contrato para grabar la información que haya registrado el usuario
Se genera un comprobante de registro que servirá al usuario para seguimiento y constancia del registro de contrato.
debe imprimirse el comprobante ya que la información que contiene es el número de guía, número de contrato y nombre del inspector asignado.
Las observaciones serán enviadas vía email a los usuarios para que realicen correcciones que sean necesarias
Para efectuar los cambios solicitados en las observaciones, el usuario debe ingresar al sistema, para realizar los cambios que solicita el inspector de trabajo. En la opción OBSERVACIONES puede verificar el historial de los cambios que ha solicitado el inspector a cargo.
Una vez realizado los cambios, dar clic en SUBIR CONTRATO, y se envía el archivo con las modificaciones realizadas al inspector de trabajo
Una vez aprobados los cambios solicitados en las Observaciones, se notificará vía email al usuario con la fecha y hora de turno para el registro de contrato y número de inspector de trabajo que atenderá el registro.
Una vez recibido la notificación para legalización vía email, el usuario debe generar el extracto e imprimir un turno.
EL EXTRACTO ES EL RESUMEN DEL REGISTRO, QUE DEBE ESTAR SUSCRITO POR LAS PARTES PARA REGISTRO POR PARTE DEL INSPECTOR DE TRABAJO. Dar clic para escoger contrato que requiere impresión de turno para legalización.
Para generar la hoja de turno, clic en la opción: IMPRIMIR TURNOS SELECCIONADOS si el contrato es registrado posterior a los 30 días, se graba un dólar de multa por mes de retraso. El pago de la multa se lo realizara en el Banco de Guayaquil 6142516 cuenta corriente, código 170499, el comprobante de pago es documentación habilitante, que debe ser presentando ante el inspector. Es importante tener en cuanta como empleador que tanto en el Contrato de Trabajo como en el Acta de Finiquito, si no se cumple con el plazo señalado para el registro, se notifica al empleador con una providencia preventiva de sanción para que en el término de 5 días ejerza su derecho a la defensa, vencido el término se emitirá una resolución sancionatoria de USD $200,00 por cada contrato o acta que incurra
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