Trabajo de materia cívica: La comunicación en R.Dю
Enviado por tolero • 12 de Julio de 2018 • 944 Palabras (4 Páginas) • 268 Visitas
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el Reglamento 824 hace tiempo que también amerita su actualización, porque el mismo se refiere, sobre todo, a los espectáculos públicos.
Los abogados y periodistas que hay en el Congreso Nacional no deben de desaprovechar la oportunidad de someter proyectos sobre los aspectos de referencia y contribuir así a dotar a los comunicadores sociales de un adecuado y actualizado marco legal.
LEY DE ACCESO A LA INFORMACIÓN:
Según el Artículo 1 de la Ley de Acceso a la información, Toda persona tiene derecho a solicitar y a recibir información completa, veraz, adecuada y oportuna, de cualquier órgano del Estado Dominicano, y de todas las sociedades anónimas, compañías anónimas o compañías por acciones con participación estatal. Este derecho de información comprende el derecho de acceder a las informaciones contenidas en actas y expedientes de la administración pública, así como a estar informada periódicamente, cuando lo requiera, de las actividades que desarrollan entidades y personas que cumplen funciones públicas, siempre y cuando este acceso no afecte la seguridad nacional, el orden público, la salud o la moral públicas o el derecho a la privacidad e intimidad de un tercero o el derecho a la reputación de los demás.
También comprende la libertad de buscar, solicitar, recibir y difundir informaciones pertenecientes a la administración del Estado y de formular consultas a las entidades y personas que cumplen funciones públicas, teniendo derecho a obtener copia de los documentos que recopilen información sobre el ejercicio de las actividades de su competencia, con las únicas limitaciones, restricciones y condiciones establecidas en la presente ley. Esta herramienta legal permite a cualquier persona a solicitar informaciones completas, veraz, adecuada y oportuna de cualquier órgano del Estado Dominicano, y de todas las sociedades anónimas, compañías anónimas o compañías con participación estatal, teniendo derechos para obtener copias de las documentaciones requeridas, con algunas excepciones como es normal.
En la República Dominicana hay que ir creando precedentes para poder garantizarle un mejor bienestar a la presente y futuras generaciones y por suerte tenemos un marco legal que nos ampara y nos da la fortaleza necesaria, para reclamar esas informaciones que nos permitan en un momento dado desenmascarar a los funcionarios ó funcionarias que incurran en acciones de corrupción en el desempeño de sus funciones.
Conclusión
Podemos decir que la forma en la que los diferentes países le dan información al pueblo puede verse afectado de una forma positiva o negativa dependiendo de cómo lo hagan, pero cada uno tiene derecho al acceso de información mientras no sea perjudicial para la nación.
Bibliografía:
-Significados.com
-Livio/directorio de comunicación.com
-Mediosdecomunicación.com
-ComercioExterior.ub.do
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