ÉTICA SOBRE EL EJERCICIO DE LA ABOGACÍA Trabajo Especial para debatir en clase
Enviado por Albert • 6 de Enero de 2019 • 6.814 Palabras (28 Páginas) • 407 Visitas
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En cambio, otros autores reconocen la existencia de dicha distinción más no la justifican, señalando al respecto, que ésta obedece a la necesidad de distinguir entre perspectivas diversas del comportamiento humano, es decir, la moral se referiría a la práctica del bien mientras que la ética designaría al fundamento teórico de esa práctica, sin embargo, aun cuando dicha distinción sea legítima, la diferencia entre la práctica y la pauta que orienta a la práctica no justifica que ambos términos se contrapongan entre sí como si fueran opuestos independientes.
Particularmente, preferimos adoptar una posición intermedia ya que ciertamente ética y moral se refieren a lo mismo, y no deben ser usados como términos contrapuestos o independientes cuando se refieren éstos al plano individual o a los actos realizados por una persona.
Moral y Derecho
La norma moral se hace jurídica una vez que es sancionada como ley llevando aparejada consigo una amenaza de sanción en caso de incumplimiento. Ello diferencia a la moral del derecho, pues, la primera no se vale de sanción alguna para imponerse, mientras que a éste último lo único que le importa es la obediencia de las leyes, sin entrar en consideraciones sobre los motivos de la obediencia de las personas. En este orden de ideas, Ripert ha señalado lo siguiente:
En realidad no hay entre la regla moral y la regla jurídica ninguna diferencia de dominio, de naturaleza ni de objeto. Ni puede haberla, porque el derecho debe realizar la justicia y la idea de lo justo es una idea moral. Hay sí una diferencia de carácter. La regla moral se hace regla jurídica gracias a un impulso más enérgico y a una sanción externa necesaria para que alcance su fin…Cuando la regla jurídica ha sido dictada y sancionada por el legislador, se separa de la regla moral que le sirve de fundamento en el sentido de que el derecho, al identificarse con el orden jurídico establecido, se basta así mismo: dicta la regla e impone la sanción, y se contenta con la obediencia de la ley sin pedir cuenta de los motivos de esta obediencia. Esta distinción entre el derecho y la moral es condición esencial de la libertad política. Permite despojar a la autoridad de carácter sagrado sin para ello alentar a los súbditos a desconocerla...El derecho no exige sino una cosa, la obediencia a las leyes; las razones de la obediencia continúan siendo el secreto de las almas. La autoridad pública garantiza la sanción, mas no pide cuenta de los motivos de la sumisión….Ahora bien, si consideramos la elaboración del orden jurídico positivo, las cosas cambian y la separación absoluta entre el derecho y la moral se hace imposible de realizar….De este modo que la moral es un factor esencial del derecho.21
Por su parte, Kelsen afirma que no siempre las conductas prescritas por el derecho lo son igualmente por la moral, y en tal sentido, concluye señalando que el derecho positivo y la moral son dos órdenes normativos distintos, haciendo énfasis precisamente sobre dicha distinción cuando señala:
Gracias a esta distinción resulta posible pronunciar un juicio moral sobre un orden jurídico considerado en su conjunto o sobre cualquiera de las normas que lo constituyen. Mediante este juicio puede comprobarse la conformidad u oposición entre la norma moral y tal norma jurídica, es decir, que desde el punto de vista de la moral la norma jurídica es buena o mala, justa o injusta.22
Otros autores enfocan la mencionada distinción con base a la unilateralidad o bilateralidad de la norma. Así, las normas morales son unilaterales mientras que las normas jurídicas son bilaterales. La diferencia radica en que en las normas éticas no hay nadie capaz de obligar al sujeto a cumplirlas; distinto de las normas jurídicas donde se impone al sujeto un deber de cumplimiento y una sanción en caso de desobediencia a la ley, habiendo una autoridad facultada para reclamarle la observancia de lo prescrito. 23
Hay sin embargo, otros autores que reconocen la diferencia entre moral y derecho, pero que critican esta distinción:
El problema de esta escisión entre la moral y el derecho es que obliga a establecer como criterio de justicia la mera legalidad, y encomienda a la fuerza coactiva del Estado el establecimiento del dominio de la ley sobre los hombres. ¿Por qué? Porque desde ese planteamiento no hay nada en el ser del hombre que haga que el cumplimiento de una ley sea algo natural para él... Caemos en una especie de dualismo…La moral pasa a ser un código extraño a la vida social, que no hace más que estorbar, como una voz de la conciencia que no ha sido invitada a la fiesta de lo público. 24
No compartimos dicha posición. Consideramos muy necesaria la diferencia que existe entre el derecho y la moral. No podríamos concebir la idea de que se estableciera una pena para castigar los deseos impuros (no materializados ni llevados a la práctica) de los ciudadanos, o que por ejemplo, se impusiera una sanción a todos aquellos que tuvieran sentimientos de envidia, odio e ira. De distinta manera, esa separación entre moral y derecho es la que nos permite, como bien señalaba Kelsen anteriormente, examinar una ley desde el punto de vista moral y catalogarla como justa o injusta, o igualmente como moral o inmoral. En virtud de lo anterior, coincidimos con Gómez Pérez, quien sostiene que la legalidad debería coincidir con la moralidad en aquellos aspectos de la moralidad que son de derecho natural, sin embargo, como bien señala el autor, la ley positiva no puede tener como fin realizar la moralidad en todas sus dimensiones, porque los actos internos o estrictamente personales no caen bajo el imperio de la ley humana.25 En descargo de Yepes Stork, hemos de señalar que su inquietud no deja de ser válida en ciertos aspectos. Muchas veces, una ley no es violada por el temor a la sanción que puede ser impuesta al infractor o al castigo al que estaría sometido quien cometiera tal o cual delito. No se debe cometer homicidio únicamente por el hecho de que éste sea sancionado con prisión, sino porque en sí es un acto vil y deplorable que contraría los principios más básicos de la moral y de la naturaleza humana. Lamentablemente, hoy en día son más quienes obedecen las leyes debido al poder coercitivo de éstas, que por el firme convencimiento de no obrar indebidamente; la moral ha quedado en cierto modo relegada. El Derecho, como decía Carnelutti, es una combinación de fuerza y justicia; y de ahí que en su emblema se encuentre la espada al lado de la balanza.26 Ahora bien, ¿Todo acto ilegal es al mismo tiempo inmoral? Por supuesto que no. El tener deseos impuros que incitan al adulterio o deseos violentos
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