OBLIGACIONES Y DERECHOS DE LOS COMERCIANTES REGULADOS EN EL CÓDIGO DE COMERCIO
Enviado por JULIO LISANDRO MENDEZ VELASQUEZ • 20 de Agosto de 2021 • Apuntes • 328 Palabras (2 Páginas) • 419 Visitas
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Legislación Mercantil
Lic. José Miguel de León Mendóza
2019
OBLIGACIONES Y DERECHOS DE LOS COMERCIANTES REGULADOS EN EL CÓDIGO DE COMERCIO
OBLIGACIONES DE LOS COMERCIANTES
- El comerciante individual que tenga un capital de dos mil quetzales o más, es obligatoria su inscripción en el Registro Mercantil y para todas las sociedades mercantiles es obligatoria su inscripción. La inscripción deberá solicitarse dentro del mes de la apertura del establecimiento o de haberse constituido la sociedad mercantil. Art. 334, 335, 33, 352, 356 del Código de Comercio.
- Contratar con cualquiera que solicite sus productos o servicios, observando igualdad de trato entre las diversas categorías de consumidores lo que implica la prohibición de ejercer monopolio. Art. 361 del Código de Comercio.
- No debe ejercer la competencia desleal. La actuación del comerciante debe ser de buena fe, al contratar y obligarse. Artículos 362, 363, 365, 366, 367 del Código de Comercio.
- Llevar contabilidad en forma organizada de acuerdo con el principio de partida doble y usando principios de contabilidad generalmente aceptados. Artículos 368 al 381 del Código de Comercio.
- Debe conservar en forma ordenada y organizada durante no menos de cinco años los documentos de su empresa. Art. 382 y 383 del Código de Comercio.
- El comerciante deberá colocar en lugar visible de su establecimiento, la patente que le extiende el Registro Mercantil. Art. 344 del Código de Comercio.
- Los comerciantes sociales o jurídicos deben llevar los libros de actas para consignar los acuerdos de la asamblea o junta general. Art. 153 del Código de Comercio.
DERECHOS DE LOS COMERCIANTES
- Ser titular de su empresa y consecuentemente organizarla y dirigirla para llevar a cabo su actividad lucrativa. Art. 655 del Código de Comercio.
- Disponer de los signos distintivos de su empresa y del cambio de local del establecimiento principal. Art. 665 y 668 del Código de Comercio
- Cesar en su actividad mercantil cuando no le produzca ganancias. Art. 667 Código de Comercio
- Inscribirse en Cámaras o Asociaciones Gremiales. Art. 357 y 358 del Código de Comercio.
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