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DERECHO ROMANO PROCESAL CIVIL.

Enviado por   •  21 de Abril de 2018  •  1.112 Palabras (5 Páginas)  •  455 Visitas

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- Institutio iudicis

- Demonstratio, que es la breve indicación de la causa del pleito

- Intentio, que es la pretensión del actor

- Adjudicatio, que era la autorización que atribuyese derechos de propiedad e impusiese obligaciones a las partes.

159-178

Los mencionados anteriormente se designan como los elementos principales y además de estos encontramos algunos elementos accesorios: A) Exceptio (restricción de la facultad de condenar, otorgada al juez, replicatio, duplicatio. B) praescriptiones, dentro de ésta hay dos derivados: Praescriptiones pro actore que eran advertencias de diversa índole y las Prescriptiones pro reo, que eran advertencias previas añadidas a la fórmula a petición del demandado.

EL PROCEDIMIENTO IN IURE

La notificación (in ius vocatio) era, en el sistema formulario, un acto privado a cargo del actor; éste debía invitar al demandado a que le acompañara ante el magistrado. Aquél debía obedecer inmediatamente o pedir que se pospusiera la comparecencia algunos días, en cuyo caso debía dar un fiador (vindex) para garantizar su puntual asistencia el día convenido.

LITIS CONTESTATIO

Es la aceptación de la fórmula por el actor y el demandado:

- El momento de la Litis contestatio determinaba el valor de las prestaciones reclamadas

- Convertía en permanente una acción temporal

- Hacías transmisibles por herencia las acciones personalísimas, como la acción por lesiones al honor

- El poseedor de la buena fe no tenía derecho ya a los frutos, desde la Litis contestatio

- El poseedor de mala fe respondía desde este momento, del caso fortuito

- El demandado corría el riesgo de una condena por el doble del valor del objeto del pleito

- La Litis contestatio convierte el objeto material del litigio en una reslitigiosa

- La Litis contestatio tenía un efecto novatorio

Las pruebas que reconocía el derecho romano:

- Documentos públicos y privados

- Testigos

- Juramento

- Declaración de una parte

- Peritaje

- La fama pública

- Inspección judicial

- Presunciones humanas o legales

Y después de la sentencia las partes podían adoptar, respecto a la sentencia las siguientes actitudes: 1.- Acatarla, para lo cual se les concedía generalmente un plazo de 30 días. 2.- Exponerse a una ejecución forzosa. 3.- Impugnar la sentencia. 4.- Que el vencido negara la existencia de la sentencia como tal. 5.- Una persona perjudicada por una sentencia injusta podía acatar la sentencia, para luego ir en contra del juez y reclamar una indemnización.

Los rasgos particulares del sistema extraordinario eran la notificación, que todo el proceso se desarrolla ante un funcionario, la condemnatio que podía contener la orden de que el vencido debía entregar el objeto del litigio y la appellatio que suspendía el efecto de la sentencia y el abuso de ese recurso era castigado severamente.

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