Derecho Civil. En el caso planteado la permuta de inmuebles entre Juan Torres y Diego Garcia
Enviado por Stella • 27 de Noviembre de 2018 • 1.642 Palabras (7 Páginas) • 424 Visitas
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B) Lopez no puede dejar sin efecto la facultad que tiene su vecino de usar el agua a través de un acueducto, ya que la servidumbre de acueducto es el derecho real de hacer entrar agua en un inmueble propio, viniendo de fundos ajenos.
En este caso su cecino la utiliza para su cultivo, por lo que la servidumbre no tiene agua suficiente para el cultivo o cuando sea un establecimiento industrial o cuando el necesitado de agua sea un pueblo.
C) en el momento que la hipoteca recae sobre el inmueble de López, automáticamente se extinguen las servidumbres que había sobre el, ya que se trata de servidumbres de transito.
En el caso de servidumbre de uso y habitación no están comprendidas dentro del objeto de la hipoteca.
D) La servidumbre de transito puede ser temporaria, ya que se extingue cuando ya no cumple con su fin, que es el de permitir en forma exclusiva la salida a la vía pública.
Es decir que si se construye una salida paralela, la servidumbre puede extinguirse.
Por el contrario, la servidumbre de acueducto, si pueden establecerse como perpetuas cuando el fundo que pide la servidumbre no tiene agua suficiente para el cultivo.
- A) Marcelo Herrera en este caso es tercer poseedor ya que no asume la deuda. El acreedor hipotecario (por su derecho de persecución) va a ir contra el inmueble hipotecado que tenga el tercero (Marcelo Herrera) poseedor, el cual solo responderá hasta el valor del inmueble.
B) En este caso Manuel Cravero deja de ser el deudor, ya que Marcelo Herrera cuando compra el inmueble es aceptado por el acreedor hipotecario explresamente como deudor.
C) Afirmativamente Marcelo Herrera esta obligado al pago de la deuda al acreedor hipotecario, quien va a ir contra el inmueble hipotecado, el cual solo responderá hasta el valor del inmueble, pero no por mas porque no es el deudor.
D) En este caso, si se hace caso de la deuda y se convierte en deudor, responderá con todo su patrimonio Marcelo Herrera. Para este cambio de deudor se necesita el consentimiento del acreedor hipotecario.
- 1) La declaratoria de herederos es muy importante en un juicio sucesorio, ya que es el pronunciamiento judicial mediante el cual se reconoce a determinadas personas el carácter de heredero del causante.
Al juicio sucesorio deberá preceder siempre la declaratoria de herederos, la cual confiere la posesión de la herencia, la cual la tiene el heredero desde la muerte del causante por ley.
2) El orden de los descendientes comprende al de los hijos y descendientes del causante. Los hijos del autor de la sucesión lo heredan por derecho propio y en partes iguales, y en el caso de los nietos del causante se da el derecho de representación correspondiéndoles la misma parte de la herencia a la cual el padre habría sucedido.
Olimpia Gauna 33,3% - Hermano 33,3% - Tres nietos 11,1% cada uno.
3) El código civil establece que toda persona capaz de manifestar su voluntad, tiene la facultad de disponer de sus bienes por testamento, que es el acto escrito celebrado de acuerdo a la ley, por el cual una persona dispone de todo o parte de sus bienes para después de la muerte.
En este caso se trata de un testamento ológrafo, ya que fue redactado, fechado y firmado de puño y letra del testador.
El amigo del causante es heredero según lo establecido por la legítima hereditaria por la porción disponible, que es la porción del patrimonio del causante que este puede disponer sin afectar la legítima impuesta por la ley.
4) La legítima hereditaria no afecta la disposición de voluntad dejada en el testamento, mientras cumpla en cuanto al patrimonio con la porción legítima, que es al porción del patrimonio del causante que este no puede afectar.
5) Los bienes que le han dejado sus padres a Olimpia son bienes inmuebles, y el esposo no tiene derechos sobre estos bienes, ya que se trata de bienes heredados y no de bienes gananciales o bienes obtenidos durante la sociedad conyugal.
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