TRIBUTACION CORPORATIVA IMPUESTO A LA RENTA Y DISTRIBUCION DE DIVIDENDOS DE UNA EMPRESA IMPORTADORA
Enviado por Albert • 12 de Noviembre de 2018 • 1.118 Palabras (5 Páginas) • 466 Visitas
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- Ley De Régimen Tributario Art 37 párrafo 7 donde indica: “Cuando una sociedad otorgue a sus socios, accionistas, participes o beneficiarios, préstamos de dinero, o a alguna de sus partes relacionadas préstamos no comerciales, esta operación se considerará como pago de dividendos anticipados y, por consiguiente, la sociedad deberá efectuar la retención correspondiente a la tarifa prevista para sociedades sobre el monto de la operación.”
Se recomienda asesorar al “Accionista 3” para solicitar su ruc y liquidar los valores recibidos por honorarios de administración, debe declarar oportunamente sus ingresos considerando que tiene movimientos bancarios y podría ser objeto atención de la administración tributaria, debido a su tiempo de residencia en el país.
Respecto al Impuesto a la salida de divisas cancelado por el pago de las importaciones de materia prima, revisamos y dichos productos constan en el listado emitido por el SRI para poder considerar el ISD como Crédito Tributario para el pago del Impuesto a la Renta, según lo indica Suplemento del Registro Oficial No. 713 del año 2012.
Se recomienda reclasificar los valores, con lo cual la Utilidad de Ejercicio del año 2016 ascendería a $130 mil. Mostramos a continuación:
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DISTRIBUCION DE DIVIDENDOS
En la distribución de dividendos se considerará aspectos como residencia de los accionistas de la empresa XYZ y el cálculo de la retención en los casos que aplique.
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- Ley De Régimen Tributario Art. 9 numeral 1 indica que serán exentos: “Los dividendos y utilidades, calculados después del pago del impuesto a la renta, distribuidos por sociedades nacionales o extranjeras residentes en el Ecuador, a favor de otras sociedades nacionales o extranjeras, no domiciliadas en paraísos fiscales o jurisdicciones de menor imposición o de personas naturales no residentes en el Ecuador. Esta exención no aplica si el beneficiario efectivo, en los términos definidos en el reglamento, es una persona natural residente en Ecuador.”
Con base en los expuesto, no se procederá a realizar la retención sobre los dividendos de los “Accionistas 1 y 2”, sin embargo, el dividendo del “Accionista 3” será objeto de retención por tratarse de una persona natural residente en el Ecuador ya que lleva más de un año en territorio ecuatoriano.
Según los cálculos realizados el “Accionista 3” no se le efectúa retención ya que el crédito tributario aplicable es igual al impuesto a la renta causado por la distribución del dividendo. Se muestra:
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