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Auditoria Fiscal INFONAVIT

Enviado por   •  8 de Enero de 2019  •  1.958 Palabras (8 Páginas)  •  339 Visitas

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9. los patrones que hubiesen presentado al INFONAVIT el aviso para dictaminarse, podrán desistir de concluir su dictamen, comunicándolo al INFONAVIT a través del sistema, dentro de los tres meses posteriores a la presentación del aviso.

Lineamientos de Contadores Públicos:

El contador público que desee dictaminar para efectos del INFONAVIT, podrá obtener su registro presentando su solicitud a través del sistema, atendiendo a lo siguiente:

- El contador público que se encuentre registrado ante la administración general de auditoría fiscal federal de la secretaria de hacienda y crédito público, deberá anexar a la solicitud el documento en que conste su registro ante dicha autoridad, así como la constancia de cumplimiento de la norma de educación profesional continua, vigente.

- Aquellos contadores públicos que no se encuentren registrados ante la administración general de auditoría fiscal federal, podrán obtener su registro para dictaminar para efectos del INFONAVIT, anexando a su solicitud los documentos requeridos por el propio sistema.

- En todos los casos, el contador público deberá informar al INFONAVIT a través del sistema, cualquier cambio en los datos proporcionados en su solicitud de registro, en un plazo de quince días naturales, contados a partir de la fecha en que ocurran dichos cambios; del mismo modo, deberá presentar dentro de los tres primeros meses de cada año, constancia de cumplimiento de la norma de educación continua y acreditar que es socio activo de un colegio o asociación profesional.

- Toda la documentación relacionada con el registro de contadores públicos deberá presentarse en forma digitalizada y adjunta a la solicitud de registro correspondiente a través del sistema.

- El INFONAVIT, entregara a los contadores públicos autorizados, en forma personalizada, la constancia de registro correspondiente, su firma electrónica, así como su clave de usuario y password para el acceso al sistema, en las áreas de fiscalización de las delegaciones regionales del INFONAVIT en cada entidad, o en la gerencia de fiscalización del distrito federal, según corresponda.

- Los contadores públicos que ya cuenten con autorización para dictaminar el cumplimiento de obligaciones ante INFONAVIT, deberán acudir por su firma electronica, clave de usuario y password para acceso al sistema, presentando identificación oficial y su constancia de registro ante las áreas de fiscalización de la delegación regional del INFONAVIT, o en la gerencia de fiscalización del distrito federal, según el lugar en donde hayan tramitado su registro.

Son impedimentos para que el contador público autorizado pueda dictaminar respecto

Del cumplimiento de las obligaciones que la ley del INFONAVIT y sus reglamentos imponen a los patrones y demás sujetos obligados, los siguientes:

- Ser cónyuge, pariente por consanguinidad en línea recta sin limitación de grado, colateral dentro del cuarto grado o por afinidad, del propietario o socio principal de la empresa o de algún director, administrador o funcionario que tenga intervención en la administración.

- Prestar o haber prestado sus servicios durante el año anterior en forma subordinada al patrón o alguna empresa filial, subsidiaria o que este vinculada económica o administrativamente con el propio patrón, cualquiera que sea la forma como se le designe y se le retribuyan sus servicios. el comisario de la sociedad no se considera impedido para dictaminar salvo que concurra otra causa de las que se mencionan en el reglamento y en el presente instructivo.

- Tener, o haber tenido durante el ejercicio que comprenda la dictaminación alguna injerencia o vinculación económica en los negocios del patrón.

- Ser agente o corredor de bolsa de valores que se encuentre activo en su ejercicio profesional.

- Estar vinculado con el patrón de tal manera que le impida independencia o imparcialidad de criterios, o bien que los resultados de su dictamen determinen sus emolumentos.

- Estar prestando sus servicios al INFONAVIT o a otra autoridad fiscal competente para determinar contribuciones federales o locales, o

- Estar en una situación análoga a las mencionadas, que pueda afectar su imparcialidad.

En todos los casos, el contador público autorizado que presente aviso para dictaminar ante el INFONAVIT, deberá declarar dentro de dicho documento, bajo protesta de decir verdad, que no se encuentra en ninguno de los supuestos antes señalados.

- ¿Qué deben de contener los instructivos que lleva anexo el dictamen de Infonavit?

ANEXO I

INSTRUCCIONES

- Datos generales. Con base en la escritura constitutiva, sus modificaciones, cédulas de autodeterminación y demás documentos oficiales.

- Conciliación del total de percepciones de los trabajadores contra la base de aportación anual Como resultado de la revisión a la conciliación de registros contables contra importes pagados a los trabajadores por conceptos de percepciones, determinar la base de aportación manifestando las partidas que no forman parte de la misma.

- Aclaraciones a la variación en la base de aportación determinada.

- Notas relevantes.

ANEXO II

INSTRUCCIONES

- Análisis de pagos a personas físicas.

- Análisis del entero de descuentos para la amortización de créditos y determinación de omisiones.

- Notas relevantes.

ANEXO I BIS.

INSTRUCCIONES

1. Razón social, datos generales del patrón y registro federal de contribuyentes.

2. Cada fila será capturada por NRP (número de registro patronal) y atendiendo al tipo de pago, señalar con una “N” o con una “C” en la columna que corresponda si se trata de pago normal/complementario o con una “D” derivado de dictamen.

3. Cuando el patrón cuente con un solo registro patronal, también es requisito la presentación de este anexo.

4. Al final de cada columna deberán asentarse los totales

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