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El exportador deberá solicitar ante la Asociación Mexicana de la Cadena Productiva del Café

Enviado por   •  21 de Diciembre de 2017  •  782 Palabras (4 Páginas)  •  629 Visitas

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Europeo.

Líneas navieras:

10. Procedimiento para emisión de certificado de origen de AMECAFE

1. Los certificados se expedirán en un original y por lo menos dos copias. AMECAFE podrá emitir, para régimen interno, cuantas copias estime conveniente o necesario ---- los originales de los certificados se imprimirán en papel blanco de pulpa química y llevarán claramente marcada la palabra “ORIGINAL” --- la primera copia de los Certificados de Origen llevará claramente marcadas las palabras “PRIMERA COPIA: para utilización por la OIC de Londres” y se imprimirá en papel verde --- toda copia adicional llevará claramente marcadas las palabras “COPIA: para régimen interno solamente” y se podrá consignar en la misma las instrucciones adicionales que AMECAFE estime conveniente.

2. La vigencia del Certificado estará determinada por la fecha de exportación plasmada en el mismo.

3. El exportador deberá solicitar a AMECAFE la emisión del Certificado de Origen, a través del SICN, requisando los campos contenidos en la pantalla “Captura de Lotes”, indicando el número de Aviso de Venta al cual corresponde la exportación, el nombre y Número de Patente del Agente Aduanal que efectuará el despacho del café objeto de exportación, el número de lote y cantidad de café que ampara, el país de trasbordo del café (en caso de aplicar), tipo de envase, medio de transporte, kilos propios y las Otras Marcas que en su caso vayan incluidas en los sacos o envases.

4. Una vez capturada en el SICN la información requerida para la emisión del Certificado de Origen, el SICN validará la información y asignará el Número de Serie que corresponde a dicho Certificado, número que será impreso en el Certificado de Origen.

5. El exportador indicará al Agente Aduanal en Número de Aviso de Venta que corresponde al Lote de café que está enviando a la aduana y para el cual está girando las instrucciones de despacho.

6. Cuando el Agente Aduanal tenga la certeza de que el café ha ingresado a la aduana y que en efecto está a punto de efectuarse la exportación, deberá ingresar en el SICN, el Número de Pedimento Aduanal al amparo del cual se efectuará la exportación del café, con lo cual el SICN generará la impresión del Certificado de Origen.

12. Agente Aduanal que está facultado para tramitar certificados de exportación de café

Eduardo Martínez Beltrán

Patente: 3159

Agencia: MB Corporativo Aduanal SC

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