La jornada laboral.
Enviado por Rimma • 2 de Marzo de 2018 • 8.347 Palabras (34 Páginas) • 589 Visitas
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- LAS 8 HORAS DIARIAS Y LAS 40 HORAS SEMANALES
La reivindicación tradicional de 8 horas de trabajo, 8 horas de ocio y 8 horas de sueño se alcanzó en numerosos países en la década de 1970 a 1980. Se pasó de semanas laborales de más de 60 horas semanales a semanas de 48 horas semanales (6 días con jornada de 8 horas) y a 40 horas semanales (5 días con jornadas de 8 horas). Desde la década de 1980, a pesar del aumento de la productividad y el incremento del desempleo la jornada laboral se ha mantenido o ha crecido si se consideran las unidades familiares donde se ha pasado de 1 trabajador a 2 trabajadores (habitualmente los dos miembros de la pareja o matrimonio).
- LAS PROPUESTAS PENDIENTES: 30 HORAS Y LAS 35 HORAS SEMANALES
Los intentos fracasados de implantación, en la década de 1970, de la semana laboral de 30 horas por las feministas suecas y, en los décadas de 1980 y 1990, de la semana laboral de 35 horas en Francia reflejan el estancamiento de la reducción del tiempo de trabajo e incluso, en la primera década del siglo XXI, el incremento del tiempo de trabajo. Desde posiciones neoliberales se demanda el aumento del tiempo de trabajo como condición para la prosperidad -incluso cuando no resuelva el problema del desempleo; desde posiciones sindicales se demanda una reducción de la jornada de trabajo, el reparto del mismo y la consideración del tiempo trabajado total por el conjunto de la sociedad o comunidad.
3. LA CONQUISTA DE LAS 8 HORAS DE TRABAJO EN EL PERÚ
A continuación presentamos una breve cronología sobre la lucha por las 8 horas de trabajo desarrollada por los obreros del Perú. Debemos recordar que la clase obrera a inicios del siglo XX tenían una ideología anarquista, aun no llegaban a nuestro país las ideas marxistas que en la actualidad dominan organizaciones de trabajadores (CGTP).
Entre los principales momentos de la lucha por las 8 horas de trabajo tenemos:
- 1896: Durante el segundo gobierno del presidente Nicolás de Piérola se realizó en Lima el primer Congreso Provincial Obrero, en dicha reunión los obreros reclamaban el establecimiento de las 10 horas de trabajo y el descanso los días domingos.
- 1904: Los panaderos se organizan en el Sindicato “La Estrella del Perú” y junto a los obreros portuarios del Callao reclaman por la jornada laboral de 8 horas. En
el plano académico se hizo presente la preocupación por la clase obrera con la tesis de Luis Miro Quesada de la Guerra, la que se tituló “La cuestión obrera en el Perú”. En el congreso, el diputado Matías Manzanilla presento un amplio proyecto de legislación laboral (las leyes propuestas por Manzanilla se
relacionaban con indemnizaciones a los trabajadores, descanso obligatorio, contrato laboral, etc.)
- 1905: Durante el primer gobierno de José Pardo y Barreda, el movimiento obrero del Perú establece que el primero de mayo sea la fecha de celebración del día del trabajo.
- 1911: El gobierno de Leguía promulgó la ley de accidentes de trabajo, además se realiza el primer paro nacional en el Perú, el cual fue dirigido por los obreros de Vitarte. Entre los pedidos más importantes de los obreros destacaban el aumento de los jornales y las ocho horas de trabajo.
- 1912: Se produce una gran huelga de los trabajadores de las haciendas azucareras del valle de Chicama (Casa Grande, Roma, Chiclín y Cartavio) en La Libertad.
- 1913: El gobierno de Guillermo Billinghurst estableció la jornada laboral de 8 horas para los trabajadores del muelle y Dársena del Callao, además reglamentó las huelgas.
- 1919: Durante el segundo gobierno de José Pardo y Barreda los obreros consiguieron la ley general de 8 horas de trabajo luego de incesantes huelgas. El mediador entre el Estado y la clase trabajadora fue el dirigente estudiantil Víctor Raúl Haya de la Torre, el futuro fundador del APRA.
4. CLASES DE JORNADA DE TRABAJO
Usualmente, la doctrina diferencia la jornada en base a los siguientes aspectos:
4.1 EN FUNCIÓN A SU DURACIÓN
- Jornada máxima legal.- Es un límite máximo que no puede ser transgredido unilateralmente por el empleador, ni mediante un contrato individual de
trabajo o convenio colectivo. En nuestro ordenamiento, la jornada máxima legal es de 8 horas diarias o 48 horas semanales.
- Jornada mínima legal.- Aquella que permite a los trabajadores tener acceso a los derechos laborales que les otorgan una mayor protección. En nuestra legislación se exige una jornada de 4 horas diarias, o de 4 horas obtenidas de dividir la jornada semanal del trabajador entre 6 o 5 días (dependiendo de la cantidad de días trabajados en cada semana), para tener derecho a beneficios tales como la Compensación por Tiempo de Servicios, vacaciones y protección contra el despido arbitrario.
- Jornada ordinaria.- Establecida por el empleador en ejercicio de su facultad directriz, con carácter general y permanente.
- Jornada extraordinaria.- Se presenta cuando la duración de la jornada se prolonga por circunstancias excepcionales más allá de sus límites legales “... por su propia naturaleza es siempre absolutamente voluntaria para ambas partes: ni el trabajador puede ser obligado por el empleador a trabajar en sobretiempo, ni puede el trabajador exigir que se le proporcione trabajo más allá de la jornada normal”.
- Jornada emergente.- El trabajo se prolonga más allá del límite ordinario de trabajo, por causas o circunstancias de siniestro o riesgo inminente en que peligre la vida del trabajador, de sus compañeros de trabajo, del empleador o la propia existencia de la empresa.
4.2 EN FUNCIÓN DEL SUJETO
- Jornada común.- Aplicable a los hombres y mujeres mayores de edad.
- Jornada especial.- Aplicable a las madres, a los menores y a los incapacitados.
4.3 EN FUNCIÓN DE LA MODALIDAD
- Jornada continua.- Se desarrolla a partir de la hora establecida para el inicio de las labores hasta la hora de salida, con un intervalo para el refrigerio.
- Jornada discontinua.- Aquella en la cual se produce una interrupción para que el trabajador pueda disponer libremente de
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