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LA JORNADA LABORAL. ANÁLISIS

Enviado por   •  21 de Mayo de 2018  •  1.589 Palabras (7 Páginas)  •  389 Visitas

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Por último, el artículo 172 tiene que ver con la llamada, Jornada Parcial de Trabajo, el cual reza, literalmente que “Cuando la relación de trabajo se haya convenido a tiempo parcial, el salario que corresponda al trabajador o trabajadora se considerará satisfecho cuando se de cumplimiento a la alícuota respectiva, salvo acuerdo entre las partes más favorable al trabajador o trabajadora”. Revisando algunos autores, entre ellos Cruz (2015), afirma que “la jornada de trabajo puede ser convenida, solo desde el inicio de la relación laboral para un lapso parcial de lo que correspondería para la jornada legal o máxima” (p. 349), esta es llamada parcial porque su duración es inferior o menor a la practicada por otros trabajadores de la misma institución que realizan actividades iguales o semejantes.

Esto encuentra basamento en el artículo 3 del Reglamento de Ley del Trabajo, Trabajadores y Trabajadoras sobre el tiempo de trabajo. De allí que el tiempo a cancelar en este tipo de jornada podría ser reducido en la misma proporción de la jornada laboral. A pesar de esta distinción, revisando la Ley y su Reglamento, los trabajadores a tiempo parcial tienen los mismos derechos que el resto de los trabajadores que realizan actividades similares.

CONCLUSIÓN

La reducción de la jornada semanal de trabajo es la reforma más importante de las contenidas en la nueva Ley Orgánica del Trabajo, las Trabajadoras y los Trabajadores (LOTTT). Esta reforma abarca tres aspectos esenciales: la duración máxima de la jornada, el descanso durante la jornada diaria y el establecimiento de dos días de descanso en la semana. En este análisis se agrega la jornada parcial. Así pues, desde el punto de vista legal laboral se considera que el legislador vino a llenar algunos vacíos legales que tenían relación con las condiciones del trabajador en su ambiente laboral, a pesar que incide en el desenvolvimiento normal o tradicional de lo que era la vida empresarial privada en el país.

Se ha podido ver con este análisis, que el aumento de los días de descanso permite garantizar las previsiones contenidas en la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo, sin embargo, la experiencia ha demostrado que la aplicación ha traído algunas consecuencias, sobre todo para el sector privado, en primer lugar se ha forzado a que algunas entidades de trabajo hayan decidido no abrir el establecimiento los días sábados y domingos, trayendo como resultado la disminución en la prestación de servicios a los usuarios e implementar horarios rotativos de trabajo que permitan garantizar el descanso dos días continuos.

También es importante lo referido al descanso obligatorio durante la jornada diaria, puesto que es una disposición también novedosa, ya que obliga a interrumpir las labores efectivas de trabajo durante una hora con fines de descanso y alimentación del trabajador, en lugar de la ½ hora que se viene disfrutando actualmente. Al respecto, la ley apoya que la continuidad de las labores no puede exceder de 5 horas sin que se haga efectivo el disfrute del tiempo de descanso. Dicho descanso podrá cumplirse dentro o fuera del centro de trabajo a voluntad del trabajador.

Son muchos los elementos que fueron insertados en esta nueva Ley del Trabajo, los Trabajadores y Trabajadoras, sobre todo, que el legislador, más que legislar en materia laboral, quiso introducir en la relación laboral la justicia social, evidenciar que el trabajo es un hecho social que no puede regirse sólo desde la perspectiva individual y anteponiendo el beneficio económico al colectivo laboral.

REFERENCIAS

Cruz, J. (2015). Compendio de Derecho del Trabajo. 2ª edición. Madrid. Tecnos

Constitución Nacional de Venezuela (1999). Publicaciones en Línea de la Asamblea Nacional. Caracas.

Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras (Gaceta Oficial N° 6.076 Extraordinario del 7 de mayo de 2012) (Documento en Línea)

Montoya, A. (2015). Derecho del Trabajo. 36ª edición. Madrid. Tecnos.

Reglamento Parcial de la Ley Orgánica del Trabajo, Trabajadores y Trabajadoras. Gaceta Nº 40.167. 16 de mayo de 2013. (Documento en Línea.

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