La planificación y gestión del servicio de transporte de mercancías
Enviado por John0099 • 22 de Agosto de 2018 • 1.922 Palabras (8 Páginas) • 423 Visitas
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necesario visarlas cada dos años, para comprobación por parte de la Administración de que las condiciones con las cuales se entregaron siguen existiendo. Dará lugar a la expedición de una nueva tarjeta que sustituirá a la correspondiente al período inmediatamente anterior.
Requisitos:
• Cumplimiento de las obligaciones fiscales, exigidas por la legislación vigente.
o estar dado de alta en el censo de obligados tributarios,
o haber presentado las declaraciones por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas o de Sociedades y las declaraciones por el Impuesto el Valor Añadido
o no existir deudas con el Estado o la correspondiente Comunidad Autónoma en período ejecutivo en relación con estos tributos.
• Cumplimiento de las obligaciones laborales y sociales exigidos por la legislación vigente:
o estar inscrito en la Seguridad Social y, en su caso, si se trata de un empresario individual, afiliado y en alta en el régimen que corresponda,
o haber dado de alta en el régimen de la Seguridad Social que corresponda a los trabajadores que presten servicio en su empresa
o haber presentado los documentos de cotización y estar al corriente en el pago de las deudas correspondientes a las cuotas de la Seguridad Social.
• Disponer del número mínimo de vehículos que en cada caso corresponda con arreglo a lo establecido en la legislación vigente, en propiedad, usufructo o leasing, pero en ningún caso por cesión o préstamo.
• Disponer de un número de conductores provistos de permiso de conducción de clase adecuada, igual o superior al 80 por 100 del número de vehículos del que disponga la empresa, durante al menos, 6 meses completos de cada año natural redondeándose por defecto a la unidad el número de conductores resultante.
o Cuando la cifra resultante fuese inferior a uno la empresa deberá disponer de, al menos, un conductor.
o Los referidos conductores deberán figurar en la plantilla de la empresa en situación de alta en el régimen que corresponda de la Seguridad Social.
Las Empresas autorizadas a la realización de transporte, deberán realizar siempre la inscripción en el Registro General de Transportistas y de Empresas de Actividades Auxiliares y Complementarias del Transporte.
Estas autorizaciones son para la empresa, no para el personal conductor o transportista.
Características de las autorizaciones:
• Se expedirán tantas copias certificadas de la autorización como vehículos a los que se refiera la misma.
• En estas copias certificadas deberá figurar necesariamente el número de matrícula del vehículo al que concretamente se encuentre referida la autorización, pero no tiene por qué constar la MMA del vehículo.
• No tienen de plazo de validez, aunque se tienen que visar cada dos años.
Tipos de transporte que no necesitan autorización:
• Transportes privados complementarios que se realicen en vehículos de hasta 3,5 toneladas de masa máxima autorizada, inclusive.
• Transportes privados particulares definidos por la LOTT realizados en vehículos ligeros. Los transportes privados.
• Transporte público discrecional de mercancías realizado con vehículos de hasta 2 toneladas de peso máximo autorizado.
• Los transportes públicos o privados realizados en vehículos de menos de 3 ruedas.
• Transportes fúnebres realizados en vehículos especialmente acondicionados para ello.
• Transportes de basuras e inmundicias realizados en vehículos especialmente acondicionados para ello.
• Transportes de dinero, valores y mercancías preciosas, realizados en vehículos especialmente acondicionados para ello.
• Transportes de medicamentos, de aparatos y equipos médicos, y de otros artículos necesarios en casos de ayudas urgentes, y en particular de catástrofes naturales.
• Transportes que se realicen íntegramente en recintos cerrados dedicados a actividades distintas al transporte terrestre.
Vehículos que no necesitan autorización:
• Vehículo que lleve exclusivamente y de forma inseparable, maquinaria de sondeo de terrenos, constituyendo ésta el uso exclusivo del vehículo.
• Vehículos que lleven unidos de forma permanente, y siendo además el uso exclusivo del vehículo, grupos electrógenos.
• Vehículos que lleven unidos de forma permanente, y siendo además el uso exclusivo del vehículo, grúas de elevación.
• Vehículos oficiales que utilice la Administración. Pero no en todas las ocasiones es necesario contar con una autorización.
Tipos de autorizaciones:
• MDP-E: Autorización a empresa de transporte público de mercancías con cualquier clase de vehículo.
• MDL-E: Autorización a empresa de transporte público de mercancías con vehículos ligeros (vehículos cuya masa máxima autorizada no exceda de 6 Toneladas, o que, aun sobrepasando dicha cifra, tenga una capacidad de carga útil no superior a 3,5 Toneladas).
• MDSL-A: Autorización de transporte público de mercancías en vehículos de más de 2 Tm y hasta 3,5 Tm, con ámbito territorial en Andalucía.
Requisitos específicos para cada autorización
• Fotocopia de la/s autorización/es en vigor.
• Permiso de circulación de los vehículos, fichas de características técnicas e I.T.V en vigor.
• Acreditar la competencia profesional1.
• Acreditar el cumplimiento del requisito de honorabilidad2:
o Mediante declaración responsable, conforme al modelo disponible en la página web de la Consejería de Fomento y Vivienda.
• Acreditar el cumplimiento de la
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