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La planificación y gestión del servicio de transporte de mercancías

Enviado por   •  22 de Agosto de 2018  •  1.922 Palabras (8 Páginas)  •  422 Visitas

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necesario visarlas cada dos años, para comprobación por parte de la Administración de que las condiciones con las cuales se entregaron siguen existiendo. Dará lugar a la expedición de una nueva tarjeta que sustituirá a la correspondiente al período inmediatamente anterior.

Requisitos:

• Cumplimiento de las obligaciones fiscales, exigidas por la legislación vigente.

o estar dado de alta en el censo de obligados tributarios,

o haber presentado las declaraciones por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas o de Sociedades y las declaraciones por el Impuesto el Valor Añadido

o no existir deudas con el Estado o la correspondiente Comunidad Autónoma en período ejecutivo en relación con estos tributos.

• Cumplimiento de las obligaciones laborales y sociales exigidos por la legislación vigente:

o estar inscrito en la Seguridad Social y, en su caso, si se trata de un empresario individual, afiliado y en alta en el régimen que corresponda,

o haber dado de alta en el régimen de la Seguridad Social que corresponda a los trabajadores que presten servicio en su empresa

o haber presentado los documentos de cotización y estar al corriente en el pago de las deudas correspondientes a las cuotas de la Seguridad Social.

• Disponer del número mínimo de vehículos que en cada caso corresponda con arreglo a lo establecido en la legislación vigente, en propiedad, usufructo o leasing, pero en ningún caso por cesión o préstamo.

• Disponer de un número de conductores provistos de permiso de conducción de clase adecuada, igual o superior al 80 por 100 del número de vehículos del que disponga la empresa, durante al menos, 6 meses completos de cada año natural redondeándose por defecto a la unidad el número de conductores resultante.

o Cuando la cifra resultante fuese inferior a uno la empresa deberá disponer de, al menos, un conductor.

o Los referidos conductores deberán figurar en la plantilla de la empresa en situación de alta en el régimen que corresponda de la Seguridad Social.

Las Empresas autorizadas a la realización de transporte, deberán realizar siempre la inscripción en el Registro General de Transportistas y de Empresas de Actividades Auxiliares y Complementarias del Transporte.

Estas autorizaciones son para la empresa, no para el personal conductor o transportista.

Características de las autorizaciones:

• Se expedirán tantas copias certificadas de la autorización como vehículos a los que se refiera la misma.

• En estas copias certificadas deberá figurar necesariamente el número de matrícula del vehículo al que concretamente se encuentre referida la autorización, pero no tiene por qué constar la MMA del vehículo.

• No tienen de plazo de validez, aunque se tienen que visar cada dos años.

Tipos de transporte que no necesitan autorización:

• Transportes privados complementarios que se realicen en vehículos de hasta 3,5 toneladas de masa máxima autorizada, inclusive.

• Transportes privados particulares definidos por la LOTT realizados en vehículos ligeros. Los transportes privados.

• Transporte público discrecional de mercancías realizado con vehículos de hasta 2 toneladas de peso máximo autorizado.

• Los transportes públicos o privados realizados en vehículos de menos de 3 ruedas.

• Transportes fúnebres realizados en vehículos especialmente acondicionados para ello.

• Transportes de basuras e inmundicias realizados en vehículos especialmente acondicionados para ello.

• Transportes de dinero, valores y mercancías preciosas, realizados en vehículos especialmente acondicionados para ello.

• Transportes de medicamentos, de aparatos y equipos médicos, y de otros artículos necesarios en casos de ayudas urgentes, y en particular de catástrofes naturales.

• Transportes que se realicen íntegramente en recintos cerrados dedicados a actividades distintas al transporte terrestre.

Vehículos que no necesitan autorización:

• Vehículo que lleve exclusivamente y de forma inseparable, maquinaria de sondeo de terrenos, constituyendo ésta el uso exclusivo del vehículo.

• Vehículos que lleven unidos de forma permanente, y siendo además el uso exclusivo del vehículo, grupos electrógenos.

• Vehículos que lleven unidos de forma permanente, y siendo además el uso exclusivo del vehículo, grúas de elevación.

• Vehículos oficiales que utilice la Administración. Pero no en todas las ocasiones es necesario contar con una autorización.

Tipos de autorizaciones:

• MDP-E: Autorización a empresa de transporte público de mercancías con cualquier clase de vehículo.

• MDL-E: Autorización a empresa de transporte público de mercancías con vehículos ligeros (vehículos cuya masa máxima autorizada no exceda de 6 Toneladas, o que, aun sobrepasando dicha cifra, tenga una capacidad de carga útil no superior a 3,5 Toneladas).

• MDSL-A: Autorización de transporte público de mercancías en vehículos de más de 2 Tm y hasta 3,5 Tm, con ámbito territorial en Andalucía.

Requisitos específicos para cada autorización

• Fotocopia de la/s autorización/es en vigor.

• Permiso de circulación de los vehículos, fichas de características técnicas e I.T.V en vigor.

• Acreditar la competencia profesional1.

• Acreditar el cumplimiento del requisito de honorabilidad2:

o Mediante declaración responsable, conforme al modelo disponible en la página web de la Consejería de Fomento y Vivienda.

• Acreditar el cumplimiento de la

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