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Planilla de Sueldos y Salarios Personal permanentes

Enviado por   •  27 de Mayo de 2018  •  1.740 Palabras (7 Páginas)  •  588 Visitas

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Diurno 5:00 a.m. – 7:00 p.m.

Nocturno 7:00 p.m. – 5:00 a.m.

Mixta: Diurna – Nocturna, no menos de 3 horas; máximo de 7 horas por día y 42 por semana.

Ejemplo

Hora extra Normal

Salario promedio diario se divide entre 8 horas y se multiplica por el 25%

Hora extra Nocturna

Salario promedio diario se divide entre 8 horas y se multiplica por el 50%

Hora Extra Mixta

El valor que resultare de la hora nocturna calculada al 50% se multiplica por el 75%

Vacaciones

El Articulo 346 detalla según tabla tipificada en Código de trabajo los tiempos que el empleado vaya acumulado según la antigüedad que el empleado vaya acumulando en la empresa

Después de 1 año 10 días

Después de 2 años 12 días

Después de 3 años 15 días

Después de 4 años en adelante 20 días

Impuesto sobre la Renta Tabla y Decreto

Decreto 20-2016 reformando el artículo 22 de la Ley del impuesto sobre la Renta con relación a la revalorización de las escalas contenidas en el mencionado artículo, para determinar la base exenta con el propósito de beneficiar a los asalariados y pequeños empresarios.

Artículo 22: El impuesto que establece esta ley se cobrara a las personas naturales o jurídicas domiciliadas en el país de acuerdo a las disposiciones siguientes;

a) ……y

b) Las personas naturales domiciliadas en Honduras pagaran para el ejercicio fiscal del 2016, de conformidad a la escala de tasas progresivas siguientes

de L. 0.01 a L. 141,000 Exento

de L. 141,000.01 a L. 215,000 15%

de L. 215,000.01 a L. 500,000 20%

de L. 500,000.01 en adelante 25%

Esta escala de tasas progresivas será ajustada automáticamente de forma anual a partir del año 2017 y se efectuara aplicando la variación interanual del índice de precios al Consumidor (IPC), publicado por el Banco Central del año inmediato anterior, asi mismo estos valores se ajustaran en los artículos de la presente Ley que haga referencia a los mismos.

IHSS techo y porcentaje - RAP

El decreto Legislativo No. 56-2015, Articulo 13 Financiamiento del Régimen de Previsión Social, numeral 1 que literalmente dice: La tasa total de contribución patronal e individual, debe ser determinada en la Ley del Seguro Social, tomando como base por primera vez, la Contribución Patronal e Individual del tres por ciento (3%) de la Ley del Régimen de Aportes Privados (RAP) contenida en el Decreto 107- 2013, el tres por ciento (3%) contribuido al Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM), establecido en la Ley del Seguro Social, contenida en el Decreto Legislativo No.140 del 19 de Mayo de 1959 y sus reformas. Más el aporte solidario del Estado del cero punto cinco por ciento (0.5%), según lo dispuesto en el Artículo 45 de la presente Ley

INFOP

El artículo 22 dice que las instituciones autónomas excepto la Universidad Autónoma de Honduras aportaran mensualmente a favor el instituto el uno por ciento (1%) del monto de los sueldos y salarios devengados

Décimo cuarto

El Decreto No. 135-94

Todo Respaldado como marco legal (Leyes), articulo 34 que literalmente dice: “Establecese como un derecho a todos los empleados y trabajadores el pago del décimo cuarto mes de salario el que se hará efectivo en el mes de junio de cada año, en la misma modalidad y condiciones con que se hace efectivo el décimo tercer mes en concepto de aguinaldo

Marco Legal

El marco legal utilizado para elaborar el siguiente instrumento fueron los siguientes:

- Código de Trabajo Articulo 320 que habla sobre el tiempo extraordinario y el cálculo de las horas extra; Articulo 346 que explica las vacaciones que gozan los empleados según la antigüedad que tengan estos en sus trabajos.

- Ley del Impuesto sobre la Renta, Decreto 20 – 2016 que reforma el artículo No. 22 a la tabla del impuesto sobre la renta

- Decreto Legislativo No. 56-2015, Ley Marco de Protección Laboral donde se enmarcan los nuevos porcentajes a pagar de los empleados y patronos para el fortalecimiento del IHSS y la entrada al plan de pensiones y cesantías.

- Artículo 22 de la Ley del INFOP donde las instituciones autónomas deben aportar el 1% para el Instituto de Formación Profesional INFOP.

- Decreto 135-94 de la Ley de Reestructuración de los mecanismos de ingresos y la reducción del gasto del sector público, El Fomento de la Producción y la Compensación Social en su artículo 34 donde todas las instituciones Publico y Privadas deberán pagar el Décimo Cuarto mes de salario todos los meses de Julio de todos los años.

Conclusiones

- Es importante tener el conocimiento de todo lo relacionado con la elaboración de una planilla, cabe mencionar que sin el conocimiento y actualización de las leyes laborales y de pagos especiales no podríamos realizan un buen esquema de pagos en las empresas.

- El Flujo de la información para este tipo de tareas es importante tomando en cuenta que el encargado de estructurar una planilla debe estar atento a todo cambio que se vaya dando en las leyes y así evitar reparos posteriores para las empresas.

- Las Leyes son fundamentales para la elaboración de estos trabajos y el papel que juegan las modificaciones a las leyes, unas para beneficiar al trabajador o tras por pura política y recaudación de nuevos tributos para el estado.

Bibliografía

www.definicion.de

Código de Trabajo

Ley del Impuesto

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